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Pesa a críticas y señalamientos, publican Ley de Seguridad Pública

Por Redaccion

A pesar de los señalamientos y críticas realizados por legisladoras, legisladores y organismos de la sociedad civil a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública porque contiene disposiciones «violatorias» de los derechos humanos y de la Constitución, ésta fue publicada hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Ley de Seguridad Pública, aprobada en el Congreso de la Unión el pasado día 9 de diciembre y firmada por Felipe Calderón, define las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios en el combate a la criminalidad, además de que formaliza la regulación de las estructuras de prevención y combate del delito, señala un comunicado del Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos).

Entre los señalamientos realizados por las y los legisladores están los externados por el senador Ricardo Monreal, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), pues la nueva norma contiene disposiciones «violatorias» de los derechos humanos, mismas que se contraponen con la miscelánea penal, pues se asigna a los agentes policíacos facultades que competen al Ministerio Público.

Además, señaló el senador, la participación de las fuerzas armadas en el Consejo Nacional de Seguridad Pública, un órgano civil, se violenta la Constitución.

LA LEY

La ley establece que el Consejo Nacional de Seguridad Pública será encabezado por el presidente de la República, lo que antes hacía el titular de la Secretaría de Gobernación (Segob).

Forman parte del Consejo: el titular de la Segob; los secretarios de Seguridad Pública federal, Defensa Nacional y Marina; el Procurador General de la República; los Gobernadores; el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, y el Secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Representantes de la sociedad civil sólo podrán ser «invitados» por integrantes del Consejo para que expongan experiencias y conocimientos que contribuyan a los fines en la materia, ordena la nueva Ley.

ATRIBUCIONES DEL CONSEJO

Dice la Ley que son atribuciones del Consejo: promover la aplicación de políticas en materia de atención a víctimas del delito, la homologación y desarrollo de los modelos ministerial, policial y pericial en las instituciones de seguridad pública, así como evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas en la materia.

Respecto al Secretariado ejecutivo del Sistema, plantea que tendrá autonomía técnica de gestión y presupuestal, y para el ejercicio de sus funciones contará con los centros nacionales de Información, de Prevención del Delito y de Participación Ciudadana, así como de Certificación y Acreditación.

Se crea el Centro Nacional de Información, el cual se encargará de diseñar, administrar y resguardar la integridad de las bases de datos criminalísticos y de personal, así como de homologar, bajo criterios técnicos, las bases de datos del sistema.

También se regula el Sistema Único de Información Criminal, que incluye la base nacional de datos sobre probables responsables de delitos, indiciados, procesados o sentenciados, la que, además, es de consulta obligatoria en las actividades de seguridad pública. Incluye los antecedentes criminales, medios de identificación, recursos y modos de operación de los delincuentes, entre otros.

La nueva Ley incorpora también los centros nacionales de Acreditación y Control de Confianza y de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, así como las bases del Servicio Profesional de Carrera Ministerial, Pericial y Policial, como parte de los instrumentos con que se pretende garantizar la confiabilidad de los integrantes de los cuerpos policíacos y el desarrollo de acciones específicas encaminadas a reducir la criminalidad en los tres niveles de gobierno, concluye Cencos.

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