Inicio Pornografía y prostitución sufren 80 mil niñas y niños en México

Pornografía y prostitución sufren 80 mil niñas y niños en México

Por Narce Santibáñez Alejandre

La Explotación Sexual Comercial Infantil (ESCI) es un delito, una forma de explotación, como los trabajos forzados y la esclavitud, pero México no posee estadísticas consolidadas sobre ese daño contra la niñez y la adolescencia, pues carece de información básica, oportuna y desagregada según sexo, edad, grupo étnico, ubicación geográfica y discapacidad, denuncia Patricia Carmona, integrante de La Red por los Derechos de la Infancia.

En nuestro país sólo hay estimaciones, señala Carmona, a causa de la complejidad del tema, pero son imprecisas y constituyen parte del problema.

De acuerdo con el estudio Violencia contra la niñez, presentado por el investigador Paulo Sérgio Pinheiro a Naciones Unidas en 2006, parte de la dificultad para obtener una cifra se deriva de que ocurre en la clandestinidad, la ilegalidad y el sub registro.

Elrelator especial de la ONU contra la Venta de Niños, la Explotación Sexual y la Pornografía Infantil, Juan Miguel Petit, dice que cerca de 80 mil niñas y niños en México son víctimas del abuso con fines de pornografía y prostitución forzosa.

El informe 2007 del Departamento de Estado de Estados Unidos sobre la trata en el mundo dice que cada año alrededor de 20 mil personas, la mayoría mujeres y menores de edad, son víctimas de este crimen en nuestro país.

La ausencia de cifras concretas no implica la ausencia del problema. «A donde se va a investigar, empiezan a aparecer casos», explica Carlos Iván García, quien ha liderado investigaciones como coordinador de prevención del Abuso Sexual y la Explotación Sexual Infantil de Save The Children-Reino Unido.

García explica: «Se han identificado líneas de continuidad entre el Abuso Sexual y la Explotación Sexual, lo cual no quiere decir que todas las niñas o niños abusados sexualmente posteriormente son víctimas de explotación sexual; pero si se ha identificado que los niños o niñas explotados generalmente iniciaron su vida sexual de manera abusiva».

La Encuesta Nacional sobre Violencia contra las Mujeres 2003 mostró que la incidencia de abuso sexual contra niñas menores de 15 años llega alcanzar casi 8 por ciento.

De acuerdo con cifras oficiales, en México 4 por ciento de las denuncias por maltrato hacia la infancia son por abuso sexual. El DIF revela en su sitio electrónico que entre 1997 y 2003 se registraron 53 mil violaciones sexuales de menores de edad: un promedio de siete mil 600 casos por año, lo que significa 21 violaciones sexuales diarias contra menores de 18 años.

VULNERAN SUS DERECHOS

«La Explotación Sexual Comercial es un modo muy grave de vulnerar los derechos humanos de la niñez y la adolescencia. Atenta contra su integridad, su dignidad, su desarrollo, afectándose severamente múltiples derechos, por ejemplo su derecho a la protección contra todas las formas de violencia, a la salud y a la educación, su derecho a vivir con una familia y a la justicia y, a veces incluso, su derecho a la vida. A la vez que es un acto delictivo, es una forma de explotación económica asimilable a los trabajos forzados y a la esclavitud», revela Pinheiro.

Niñas y niños involucrados en la explotación sexual se ven expuestos al consumo de alcohol y sustancias psicoactivas, a embarazos no deseados, así como a infecciones de transmisión sexual.

POSIBLES CAUSAS

Carlos Iván García determinó que en todas las modalidades de explotación sexual puede haber factores de riesgo como: violencia familiar, condiciones críticas ligadas a la pobreza, hacinamiento, machismo, sexismo, estructuras que subordinan a las mujeres desde una concepción cultural.

En más de la mitad de las ciudades que estudió Piñeyro, niñas y niños atribuyen estar vinculados a la explotación sexual por la presencia de un amigo o conocido que hace de intermediario.

El mismo informe destaca que el uso generalizado de celulares puede facilitar el contacto con niñas y niños. Muchas veces el aparato es entregado por el intermediario (explotador o proxeneta) con el fin de mantener un contacto con sus víctimas.

LEGISLACIÓN

En 2007 se reformó el Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en materia de explotación sexual infantil.

La reforma establece hasta 30 años de cárcel para servidores públicos, ministros de culto religioso y padres de familia que abusen o exploten sexualmente a las y los niños. Así mismo, las reformas protegen a menores de 18 años, así como a las personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho.

Angélica de la Peña, integrante de la Red de Investigadoras por la Vida y Libertad de las Mujeres, señaló que se quitaron conceptos peyorativos como menores incapaces y se definieron delitos inscritos en el libre desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes y de quienes no tienen capacidad para comprender el significado, el hecho, o no tienen capacidad para resistirlo.

También se definieron tipos penales de pornografía, turismo sexual infantil y lenocinio, y se corrigió el término de prostitución, pues las niñas y los niños no son prostitutos, recalcó De la Peña y comentó que hace falta reformar otros términos discriminatorios como estupro.

Es necesario que el Código Penal Federal sea uniforme e integral en las 32 entidades, pues sólo cinco estados lo han adoptado: Michoacán, Quintana Roo, Guerrero, Baja California y Jalisco, indicó.

ONU, RECOMENDACIONES

En 2006, el Comité de los Derechos del Niño recomendó a México realizar un estudio amplio para determinar las causas, naturaleza y magnitud de la trata de niñas y niños practicada con diversas finalidades, en particular la Explotación Sexual Comercial.

Así mismo, que enmiende el Código Penal y adopte medidas más enérgicas para prevenir y combatir la trata de menores de edad y la explotación sexual.

También aplicar programas apropiados para asistir y reintegrar a la niñez víctima de Explotación Sexual y/o de trata, como indica la Declaración y Programa de Acción y en el Compromiso Mundial, aprobados en los Congresos Mundiales contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños en 1996 y 2001.
07/NSA/GG

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