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Pospone PRD la Ley de Convivencia

Por Lourdes Godínez Leal

Por tercer año consecutivo la Ley de Sociedades de Convivencia pasa a la congeladora de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), al posponer su discusión en lo particular hasta el próximo periodo ordinario de sesiones.

En una reunión a puerta cerrada sostenida el día de ayer entre diputados perredistas, para dirimir sus diferencias en torno a esta Ley, trascendió que el diputado del sol azteca René Bejarano -quien en días anteriores había solicitado un emplazamiento de la discusión argumentando sus facultades otorgadas por el artículo 41- fue quien decidió congelar la iniciativa.

Hasta ahora, el principal argumento por el que la iniciativa fue «atorada» tiene relación con el artículo sexto de dicha ley, que se equipara con el concubinato y que a decir de los perredistas podría fomentar que tuvieran acceso a la adopción.

La ex asambleísta Enoé Uranga, principal impulsora de esta yey, quien se encontraba afuera del recinto legislativo junto con integrantes de algunas organizaciones civiles, expresó a Cimacnoticias que mientras exista un dictamen la batalla no está perdida.

Uranga Muñoz lamentó el conservadurismo de algunos perredistas que inclusive en campaña se comprometieron a impulsar la ley y ahora no hicieron nada por defenderla, y recordó que en agosto de este año, el PRD -que en las elecciones del seis de julio obtuvo la mayoría en el recinto legislativo- emitió un desplegado en el que reconocía «errores del pasado» y, aún más, advirtió que agendaría la Ley de Sociedades de Convivencia para la próxima legislatura.

Por ahora, dijo, continuarán presionando para que en el próximo periodo ordinario de sesiones se discuta y se apruebe la ley y para que el PRD cumpla con lo dicho.

La Ley de Sociedades de Convivencia fue propuesta en abril de 2001 por la entonces diputada Enoé Uranga, quien estableció que esta Ley no legaliza las uniones de gays y lesbianas, sino que pretende «garantizar los derechos por la vía de la legitimación, de aquellas uniones que surgen de las relaciones afectivas a las que el derecho mexicano no reconoce aún consecuencias jurídicas».

«Es un acto jurídico entre dos personas del mismo o de distinto sexo que hayan decidido vivir en un hogar común y que aspiren a proteger su patrimonio (alimentos, casa, gastos médicos), sucesión y tutela legítimas».

03/LGL/GMT

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