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Propone Rosario Ibarra reforma constitucional en derechos humanos

Por Redaccion

Convencida de la necesidad de cambios profundos en este momento crítico del país, cuando hay «grandes resistencias autoritarias y la inercia de un viejo sistema», la senadora Rosario Ibarra de Piedra presentó el pasado 11 de octubre, ante el pleno de la Cámara de Senadores, una iniciativa de reforma constitucional en derechos humanos.

La transformación de las instituciones, dijo la luchadora social, solamente se logrará con el crecimiento de la participación directa de la sociedad en la lucha y la movilización políticas, pues los pactos y negociaciones desde el poder y con el poder estarán siempre limitados si no se apoyan en la movilización y exigencia social.

Cambio esencial, incluso para crear mejores condiciones para el reclamo de mayores y profundos cambios, dijo, es elevar al nivel constitucional, en forma explícita, el reconocimiento y por tanto protección, defensa e impulso de los derechos humanos.

Recordó que desde hace meses la propuesta se trabaja mediante consulta, discusión y estudio en foros públicos, con las y los asesores y con senadoras y senadores integrantes de la Comisión de Derechos Humanos, con la correspondiente de la Cámara de Diputados, con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, con académicos y ONG interesadas en la defensa de los derechos humanos.

Esto, dijo, es parte de lo que «se pretende sea una reforma del Estado». Y a pesar de «la presión de los tiempos políticos de nuevas negociaciones y acuerdos políticos», señaló Ibarra de Piedra» presentó la iniciativa, pues «si se ha abierto la puerta para un debate de esta naturaleza no me parece justo dejar fuera el esfuerzo previo de consulta, reflexión y propuestas que hemos escuchado y conocido en estos meses».

REFORMA Y TRATADOS INTERNACIONALES

Dijo la senadora que la iniciativa recoge «muchas de las propuestas presentadas en la intención de una reforma integral sobre los derechos humanos» y propone reformar desde el artículo primero y la denominación del primer capítulo constitucional para sustituir el concepto, heredado desde la Constitución de 1857, de garantías individuales por el de derechos humanos.

La iniciativa también señala que las normas protectoras de las personas contenidas en los tratados internacionales tendrán jerarquía constitucional y prevalecerán sobre el derecho interno en la medida que confieran una mayor protección a las personas en el goce y ejercicio de sus derechos humanos.

Se busca realizar de manera plena los derechos humanos, no sólo los que establezca la Constitución, sino incluso los que se reconozcan y establezcan en los tratados internacionales signados por el Estado mexicano.

«En virtud de la importancia sustantiva de los derechos humanos propongo la obligatoriedad expresa de los mismos no sólo a las autoridad del Estado, sino a cualquier persona, incluso particulares, sin que sea necesario algún procedimiento que así lo declare por una autoridad determinada».

Por tanto, las normas de derechos humanos serán de aplicación y exigencia directa e inmediata. Asimismo, se propone la adición en el apartado B del artículo 20 constitucional, relativo a los derechos de la víctima u ofendido del delito, de un párrafo segundo para la fracción V, donde se establezcan como imprescriptibles los delitos de genocidio, desaparición forzada de personas y tortura.

GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

Se propone modificar también lo que en doctrina constitucional mexicana se conoce como suspensión de garantías constitucionales, ya sustituido por la categoría de derechos humanos, para que sean las dos terceras partes del Congreso y no la mayoría simple del mismo, las que aprueben la referida suspensión.

Se propone modificar el artículo 33 para establecer a favor de la persona extranjera la facultad de interponer los medios de defensa que establecen esta Constitución y las leyes respectivas, quitando la facultad arbitraria a disposición del Ejecutivo de expulsión de extranjeros.

Se propone igualmente los derechos humanos como parámetro de la política exterior que desarrolle el Titular del Ejecutivo, así como fortalecer y ampliar la procedencia del instrumento de tutela por antonomasia de los derechos humanos: el Juicio de Amparo.

También se propone hacer más asequible la acción de inconstitucionalidad a las minorías parlamentarias legitimadas para promover tal medio de control de la constitucionalidad. Se propone una adición al artículo 133 con la finalidad de hacer congruente el texto del artículo 1o que se propone con la jerarquía normativa adoptada por nuestra Constitución.

FUERO DE GUERRA

Finalmente, propone suprimir el fuero de guerra, el cual, bajo su actual estructuración ha permitido que cualquier delito que pueda definir la legislación común se convierta en militar por el hecho de haber sido cometido por un miembro de las fuerzas armadas, permitiendo que el fuero de guerra se convierta en un privilegio y en un sistema punitivo parcial, en detrimento de la igualdad ante la ley y del principio de división de poderes que establece que las penas sólo las puede imponer el juez ordinario, según el artículo 21 constitucional.

Así como con la sustitución del concepto de garantías individuales por el de derechos humanos ?dijo ante el pleno la senadora Ibarra– proponemos superar la herencia de la Constitución de 1857, también completamos la recogida en aquella Constitución al suprimir los fueros de la Iglesia pero haber mantenido el fuero militar.

SIGUIENTES PASOS

De esta manera, con dicha reforma «se daría un primer paso en la defensa y respeto a los derechos humanos», aunque otros pasos son inmediatamente necesarios, también en el terreno legislativo, y deberán someterse pronto a la consideración de esta Soberanía.

Entre ellos y en primer lugar, la aprobación de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

La necesidad de una ley precisamente contra la Desaparición Forzada de Personas «cuyo dictamen acordamos recientemente en Comisiones Unidas posponer para dar más tiempo a consultas y discusiones».

La reforma a la ley sobre la Comisión Nacional de Derechos Humanos, otra institución «que a mi juicio», dijo Ibarra, está igualmente en crisis de credibilidad como en otro nivel lo comprobamos en cuanto al Instituto Federal Electoral.

Finalmente, «se va imponiendo la necesidad de una Ley de Amnistía que haga frente al saldo terrible que va dejando el curso autoritario, represivo y de militarización que sufrimos en la actualidad».

En la asamblea constitutiva del Frente Nacional Contra la Represión celebrada el pasado 2 de octubre ?recordó la luchadora social– se dieron datos que sostienen que hay en la actualidad más presos políticos que en el año de 1969, es decir en plena euforia represiva del diazordacismo, además del regreso de los métodos generalizados por Echeverría de la práctica de la desaparición forzada de militantes de oposición política.

Probablemente la solución a estos casos de represión y violaciones a derechos humanos no puede tener otra vía que la aprobación de una nueva ley de amnistía, finalizó la senadora.

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