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Protocolos para atención del aborto terapéutico

Por Julia Vicuña Yacarine

Por primera vez en el gobierno aprista, el Congreso de la República abordó el aborto terapéutico y la urgencia de contar con protocolos que aseguren un servicio adecuado en los hospitales del sector salud a mujeres que lo necesiten porque sus vidas están en riesgo.

Fue con motivo de la realización del foro Aborto Terapéutico en el Perú: Un derecho de las mujeres, organizado por la Mesa de Mujeres Parlamentarias en la primera semana de agosto.

La congresista aprista Hilda Guevara, presidenta de la Mesa de Mujeres Parlamentarias, sostuvo que es responsabilidad del Ministerio de Salud (MINSA) aprobar el protocolo de aborto terapéutico y recordó que se encuentra en manos del MINSA convocar una Comisión de Alto Nivel para salvar las vidas de las mujeres con embarazos de riesgo.

Dicha Comisión debería estar integrada por la Oficina Panamericana de Salud, Organización Mundial de la Salud; los ministerios de la Mujer y Justicia; colegios Médico, de Obstetras y Psicólogos y organizaciones de la sociedad civil, precisó.

No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar un mal grave y permanente, señaló Guevara, obstetra de profesión que cuenta con una larga carrera en el sector público.

Explicó que de contarse con un protocolo, como parte de una política pública de salud de alcance nacional, podría disminuirse considerablemente el índice de muertes maternas debido a complicaciones derivadas de la gestación.

Si tengo un cardiopatía y por descuido no me he informado que no debo embarazarme y me encuentro en ese estado, seguramente analizaré qué es lo que tengo que hacer y decidiré de acuerdo a mis principios. Es algo sumamente difícil y por eso tenemos que insistir en seguir abordando este tema, afirmó Guevara.

Al pedido de la congresista Guevara, de contar con protocolos, se sumó el presidente del Congreso, Javier Velásquez Quesquén, quien señaló que son necesarios para cumplir con el mandato constitucional de asegurar una vida digna a las mujeres.

En Perú, desde el año 1924 el aborto terapéutico es la única interrupción legal del embarazo de acuerdo al Código Penal, sin embargo, las mujeres tienen serias restricciones e impedimentos para que se les preste el servicio cuando lo requieren para salvaguardar su vida o evitar en su salud un daño grave y permanente.

Debido a la falta de información entre el personal de salud y las usuarias sobre la legalidad de este tipo de aborto, no se práctica. Otro obstáculo es la ausencia de un procedimiento normativo que regule su aplicación y dé seguridad a la actuación del cuerpo médico.

De acuerdo al estudio El aborto clandestino en el Perú. Revisión de Delicia Ferrando, cada año en el país se realizan 376 mil abortos y constituye la tercera causa de muerte materna.

Este estudio revela que el 30 por ciento de peruanas sexualmente activas no desea salir embarazada, frente a esta contingencia algunas optan por tener un hijo no deseado y otras por interrumpir el embarazo, señala.

Según el MINSA, el protocolo debe ser resultado de una ley y no de un procedimiento normativo. Este argumento ha sido rebatido jurídicamente por diferentes instituciones, entre ellas la Defensoría del Pueblo, que ha cursado dos oficios al sector instándolo a cumplir la ley y emitir los procedimientos que hagan posible el acceso al aborto terapéutico en las mejores condiciones.

En su Primer reporte sobre el cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres, la Defensoría del Pueblo indicó que la aprobación de un protocolo para garantizar el acceso al aborto terapéutico es una tarea pendiente del MINSA que debe ser atendida de manera inmediata, de conformidad con los instrumentos internacionales y la legislación interna.

Por su parte, la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología ha planteado que la normatividad vigente, además de garantizar el acceso al aborto legal debe ofrecer salidas a las mujeres que resulten embarazadas por violencia sexual, o a aquellas que gestan fetos con malformaciones incompatibles con la vida.

De acuerdo con especialistas, la vida de una mujer que sufre de insuficiencia renal crónica, cardiopatía congénita o adquirida, insuficiencia hepática crónica, neoplasia maligna del aparato gastrointestinal, insuficiencia respiratoria, diabetes mellitus avanzada, entre otras enfermedades, puede estar en peligro si se embaraza.

Es responsabilidad de los profesionales de la salud advertir a las mujeres sobre los riesgos de un embazo bajo esas condiciones, ellas tienen derecho a decidir con base a una información amplia y orientadora sobre los riesgos de sus gestaciones, señalan.

08/JV/CV

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