Inicio Publican Ley de Acceso de las mujeres a vida libre de violencia

Publican Ley de Acceso de las mujeres a vida libre de violencia

Por Gladis Torres Ruiz

Hoy fue publicado el decreto que expide la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Distrito Federal, la cual entrará en vigor a partir del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, y desde esa fecha el jefe de Gobierno del Distrito Federal (GDF) tendrá 60 días para emitir su reglamento.

El decreto de la Ley, aprobada el pasado 13 de diciembre del 2007 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, donde señala que con esta Ley se busca garantizar el respeto a la dignidad humana de las mujeres, su libertad, autonomía, fomentar la no discriminación y la equidad de género

La Ley de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el DF, propuesta por el Gobierno local, contempla (a diferencia de la Ley General en la materia) un capítulo específico para garantizar en el presupuesto anual las partidas y recursos necesarios para cumplir con las obligaciones derivadas de la norma.

El decreto de Ley retoma los derechos que establecen las convenciones internacionales, fundamentalmente la Convención de Belem Do Pará, además de que se establece un modelo único de atención a las mujeres del DF.

Además de que crea un Sistema integral de atención a la violencia de que son objeto las mujeres, y en el que se vinculan instituciones del ámbito local, como el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del DF (DIF-DF), el Instituto de las Mujeres del DF (Inmujeres-DF), Secretaría de Salud (SS), Secretaría de Seguridad Pública, Tribunal Superior de Justicia y la Procuraduría General de Justicia del DF.

Asimismo, da cumplimiento al Artículo Segundo transitorio de la Ley General, donde se establece que todas las entidades federativas deberán armonizar su legislación para preservar los derechos de las mujeres y retoma elementos esenciales de la Ley General, en cuanto a las modalidades y los tipos de violencia; establece una alerta de violencia feminicida y crea los albergues y órdenes de protección (Cimacnoticias 13 de diciembre 2007).

Con la puesta en marcha de esa normatividad, un juez de lo penal podrá emitir órdenes de protección de emergencia y preventivas cuando se encuentre en riesgo la integridad física o sicológica así como la seguridad de la víctima y las víctimas indirectas.

En el decreto de la recién publicada Ley para el DF se indica que en México el papel trascendental de las mujeres no ha sido acompañado de un proceso de reconocimiento y ampliación de sus derechos fundamentales que les garantice una vida en condiciones de equidad, sin discriminación y sin violencia.

TIPOS DE VIOLENCIA

La normatividad establece cinco modalidades de violencia: familiar, laboral, docente, en la comunidad e institucional y reconoce la violencia contra los derechos reproductivos de las mujeres, en la que se encuentra todo tipo de acción que vulnere su derecho a decidir sobre su función reproductiva, la elección de métodos anticonceptivos y la práctica de un aborto seguro.

En ese sentido, la Ley General precisa que bastaba observar los textos legales en donde la defensa de las garantías de las mujeres era prácticamente inexistente; advirtiéndose que se le ignoraba como sujeto de derechos; por ello se modificaron muchos ordenamientos no sólo en nuestro país, donde la inclusión del Artículo 4º constitucional establecía la igualdad jurídica entre hombres y mujeres.

Ambas leyes coinciden al señalar que fue hasta 1993, con la Declaración de Viena, cuando se reconocen en forma expresa los Derechos Humanos de las Mujeres y se comienza a abordar el tema de la violencia contra las mujeres con mayor seriedad.

Reconocen que esos instrumentos internacionales representan un logro significativo, y que a partir de la adopción de dichos instrumentos se ha hecho patente la gestación y desarrollo de un proceso de adecuación y perfeccionamiento, tanto del derecho internacional como de los sistemas jurídicos nacionales en la materia.

La creación de la Ley de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el DF obedece a la necesidad de contar con un instrumento jurídico que contenga una real perspectiva de género, estableciendo las condiciones jurídicas para brindar seguridad a todas las mujeres capitalinas.

La Ley cumple con los compromisos asumidos por el Gobierno del DF en materia de tutela y protección de los derechos humanos de las mujeres, mediante la aprobación de un ordenamiento jurídico acorde con los postulados previstos en la Ley General de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia y con las circunstancias sociales, culturales, económicas e institucionales de la Ciudad.

08/GT/GG/CV

Este Web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las cookies. Sin embargo, el usuario tiene la opción de impedir la generación de cookies y la eliminación de las mismas mediante la selección de la correspondiente opción en su Navegador. En caso de bloquear el uso de cookies en su navegador es posible que algunos servicios o funcionalidades de la página Web no estén disponibles. Acepto Leer más

-
00:00
00:00
Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00
Ir al contenido