María Gloria Sánchez Gómez, recibió del consejo municipal electoral la constancia de mayoría que la acredita como candidata electa del Partido Revolucionario Institucional (PRI) al ayuntamiento de Oxchuc para el período 2005-2007, con lo que se convierte en la primera alcaldesa indígena en la historia de Chiapas.
Ante unos mil simpatizantes y dirigentes del PRI, María Gloria Sánchez, reiteró su llamado a la unidad para lograr el desarrollo de Oxchuc y alejar la violencia en este municipio caracterizado por diferencias religiosas y políticas.
A las 8 de la noche del miércoles, Alberto Méndez Gómez, presidente del consejo municipal, al hacer la entrega de la constancia de mayoría a la candidata electa dijo que estos comicios han sido los más limpios y transparentes que han ocurrido en este municipio indígena.
Ante los representantes de todos los partidos políticos, Méndez Gómez, dijo que en Oxchuc, contrario a otras elecciones , no hubo brotes de violencia ni problemas, ya que fue una votación por la unidad por lo que agradeció la civilidad política de los partidos políticos.
En Oxchuc votaron 13 mil 760 indígenas de un padrón de 21 mil 300, de los cuales, 8 mil 269 de los sufragios favorecieron a Sánchez Gómez.
De acuerdo con los resultados finales contabilizados por el consejo municipal electoral, el candidato del PRD obtuvo 2, 322 votos, PVEM, 2,044, alianza por Oxchuc (PAN/PT), 367, Partido Convergencia 152 y votos nulos 605.
Sánchez Gómez agradeció la civilidad con la que se comportaron los dirigentes y militantes de los partidos contra quienes contendió y se comprometió a gobernar para todos sin distingo de ideología, religión y militancia en el marco del respeto a los usos y costumbres.
Sánchez Gómez gobernará un municipio que comprende 88 comunidades donde viven más de 50 mil tzeltales y donde las necesidades prioritarias son el agua potable, vivienda y caminos.
El 31 de diciembre, asumirá la alcaldía y por primera ocasión también en la historia, se le entregará el bastón de mando, símbolo de autoridad y respeto.
2004/CR/LR