Inicio Reforma para garantizar aborto seguro en caso de violación

Reforma para garantizar aborto seguro en caso de violación

Por Soledad Jarquín Edgar

Integrantes del Colectivo Huaxyacac presentaron hoy una iniciativa de ley para reformar el Código de Procedimientos Penales del estado de Oaxaca, para que las mujeres que decidan interrumpir un embarazo por violación, tengan las facilidades necesarias de hacerlo en condiciones adecuadas, de manera segura, gratuita, oportuna y con respeto a su dignidad.

En conferencia de prensa, en la puerta del recinto oficial del Congreso local, integrantes de diversas organizaciones del colectivo presentaron la iniciativa de Ley para reformar y adicionar los Artículos 60, 61 y 62 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Oaxaca.

Ana María Hernández, Aline Castellanos, Angélica Ayala, Guadalupe Carmona, Martha Aparicio y Jessica Sánchez, explicaron que el proyecto es resultado de la participación de mujeres oaxaqueñas de diversas organizaciones e instituciones académicas y de investigación, y define su postura ante un grave problema de salud pública como lo es la interrupción de un embarazo no deseado producto de una violación.

El aborto legal previsto por el Código Penal del Estado de Oaxaca, en el Artículo 316, no puede realizarse en la clandestinidad porque cobra vidas y deja graves secuelas cuando ésta se practica sin la protección de la salud pública necesaria.

Por ello, aseguraron las integrantes del Colectivo Huaxyacac, proponemos que la iniciativa presentada hoy sea considerada para su lectura en el Pleno del Congreso del Estado y enviada a las comisiones respectivas para su análisis y dictamen dentro del periodo extraordinario de sesiones que se celebrará en este órgano legislativo.

La iniciativa de ley que adiciona el artículo 60 propone que «las mujeres que soliciten la práctica de un aborto no punible conforme a lo dispuesto en el artículo 316, fracción II del Código Penal del estado de Oaxaca, se hará en los hospitales de asistencia pública».

En el artículo 61, se adiciona la fracción V, que señala «contar con personal no objeto de conciencia de manera que la mujer que solicite un aborto legal, tenga garantizado el servicio».

También en el artículo 62 bis en el que se especifica que «El Ministerio Público expedirá la autorización para la práctica del aborto legal dirigida a los hospitales de asistencia pública, en un término no mayor de 24 horas contadas a partir de la petición de la mujer o de su representante legal, conforme a lo previsto en el artículo 316 fracción II del Código Penal del estado de Oaxaca».

Se solicita también que las mujeres obtengan información imparcial, objetiva, veraz y suficiente sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos, así como de apoyos y alternativas existentes para que ella tome una decisión libre, informada y responsable. Al término de la conferencia de prensa, las integrantes del Colectivo Huaxyacac solicitaron una entrevista con el presidente de la 58 Legislatura del Congreso del Estado, Juan Díaz Pimentel, quien al igual que los otros 41 diputados que la integran se encontraban ausentes, por lo que el documento fue entregado a una secretaria en la Oficialía Mayor.

2004/SJ/LR/SM

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