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Reitera HRW petición a México de reforma a código de justicia militar

Por la Redacción

La organización internacional Human Rights Watch (HRW), reiteró al Congreso su petición de modificar el proyecto de reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar que Felipe Calderón envió al Senado, y el cual sólo excluye de la jurisdicción castrense la violación sexual, la desaparición forzada y la tortura, sin tomar en cuenta el abuso sexual.

Luego de que la Secretaría de Gobernación (SG) criticara la postura de la organización internacional acerca de este tema al señalar que sus interpretaciones eran «inexactas» respecto a que la jurisdicción militar equivale a impunidad, HRW envió una carta al titular de la SG, José Francisco Blake Mora para expresarle sus discrepancias.

En la misiva, el director ejecutivo de HRW, José Miguel Vivanco, señaló que las observaciones de la SG podrían contribuir a aclarar la intención del poder ejecutivo, sin embargo –dijo– sigue siendo preocupante que la redacción del actual proyecto no garantice dichas intenciones, ya que sólo hace mención de tres tipos de violaciones a derechos humanos.

A diferencia de lo que afirmó el subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de esa dependencia, Felipe de J. Zamora Castro el pasado 10 de noviembre, HRW considera que las ejecuciones extrajudiciales no pueden considerarse ajenas a la disciplina militar y que al reconocer la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), también se deben tomar en cuenta sus resoluciones.

Sin embargo, la organización defensora de los derechos humanos también señaló los puntos de «aparentemente» coincidencia: primero que los casos de agresión sexual y trato cruel y degradante cometidos por militares deberían ser excluidos de la jurisdicción militar.

Otro punto fue que el crimen de desaparición forzada tiene carácter continuo mientras las víctimas no sean encontradas, o se desconozca su paradero y, por lo tanto, cualquier plazo de prescripción sólo podría comenzar a computarse una vez que se determine cuál fue la suerte de la persona desaparecida.

HRW y la SG también coinciden en que en la sentencia por la desaparición forzada de Rosendo Radilla, la CoIDH determinó que la jurisdicción militar nunca debía aplicarse en casos de violaciones de derechos humanos.

Por último concuerdan en que los agentes del Ministerio Público Militar están obligados a cooperar plenamente y a entregar todas las pruebas a sus pares del fuero común o federal, quienes deberían contar con plenas facultades para decidir si corresponde admitir o no las pruebas proporcionadas.

No obstante, HRW aclaró que en la carta de la SG pareciera que además de las violaciones de derechos humanos que consistan en tortura, violación sexual y desaparición forzada, la propuesta calderonista también asignaría a la jurisdicción penal ordinaria, los casos de trato cruel y degradante y de abuso sexual, aunque no es así.

El proyecto que analiza el Senado no considera estas violaciones a derechos humanos.

«Como usted sabrá, los delitos de trato cruel y degradante y de agresión sexual, por definición, no constituyen necesariamente delitos de tortura y violación sexual, respectivamente. Así, por ejemplo, pese a que todos los casos de violación sexual constituyen agresión sexual, no todos los casos de agresión sexual implican violación sexual», aclaró José Miguel Vivanco.

Así citó el Código penal de México, el cual define abuso sexual y violación sexual como delitos distintos. «Precisamente por esa razón fue que recomendamos al Congreso que modifique el proyecto de ley, a fin de incorporar expresamente la agresión sexual y los tratos crueles y degradantes a la lista de delitos que estarían excluidos de la jurisdicción militar», afirmó.

Finalmente puntualizó que si el proyecto de ley excluyera expresamente de la jurisdicción militar todas las causas por violaciones de derechos humanos, el sistema penal ordinario sólo funcionará si la clasificación de los delitos cometidos por militares contra civiles se delega a autoridades independientes e imparciales.

En tal sentido –concluyó HRW– resulta desalentador comprobar que la respuesta de la SG no tuvo en cuenta la práctica de las autoridades militares de imputar delitos de menor gravedad a soldados involucrados en torturas, violaciones sexuales y desapariciones forzadas y, como resultado, graves abusos podrían continuar en un sistema de justicia militar altamente deficiente.

Cabe mencionar que esta carta también fue enviada a Manlio Fabio Beltrones Rivera, presidente del Senado; Jorge Carlos Ramírez Marín, presidente de la Cámara de Diputados; Felipe Zamora Castro; y a las Juntas de Coordinación Política de ambas Cámaras.

10/AGM/LR/LGL

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