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Retos de la CNDH

Por Leticia Burgos Ochoa

A casi 15 años de vida de la CNDH, y tras la ratificación de la presidencia de dicho organismo, hay que hacer un examen exhaustivo sobre retos y metas; evaluar el desempeño y corregir deficiencias en su diseño institucional, todo ello en el ánimo de mejorar y adaptar a la institución a las exigencias de los nuevos tiempos.

México vive una transformación social y democrática, sin embargo, persisten las ejecuciones y desapariciones; torturas, detenciones arbitrarias; la perpetua impunidad; la frecuente violación de la garantía al debido proceso; falta de autonomía del Poder Judicial; corrupción de los órganos de procuración de justicia….

Existen pendientes en la agenda de la CNDH, ataques a defensores de derechos humanos; periodistas; asuntos de equidad de género; violencia de género; feminicidios; violencia a las mujeres; justicia militar; explotación infantil; migración; diversidad sexual; derechos sexuales y reproductivos; mujeres y jóvenes reclusas por delitos contra la salud; grupos vulnerables internos en hospitales especializados y centros de adicciones…

En efecto, las adecuaciones en el orden legislativo o constitucional no pueden llegar a convertirse en un beneficio directo para las personas si las facultades y obligaciones con las que se dotan a las instituciones no se ejercitan. Aparentemente después de la reforma constitucional, la CNDH debió convertirse en un organismo activo, crítico y oportuno. En este sentido, conviene replantear el papel que juega la CNDH en las políticas públicas.

Entre las metas y retos tenemos la evolución del marco legal de los derechos humanos. Actualmente es el Congreso de la Unión quien tiene la responsabilidad de fortalecer a dicha institución.

En el Senado de la República hay una serie de iniciativas que agregarían a la CNDH potestades importantes para maximizar su desempeño con mayores alcances.

Impulsar el uso de tratados internacionales en materia de protección de derechos humanos. Destacar la problemática que existe al utilizar los tratados internacionales como instrumento jurídico indispensable en la defensa de esos derechos. Sabemos que abogados litigantes y servidores públicos que procuran y administran justicia, no han incorporado en su práctica profesional el uso de la normatividad internacional.

Hay que crear mecanismos que permitan rearticular acciones conjuntas con organizaciones de la sociedad civil dedicadas a promover y defender los derechos humanos. El reconocimiento de la labor de las ONG por parte de la CNDH debe ser uno de los primeros pasos de un Ombudsman. La ayuda que brindan es invaluable.

Protección de intereses difusos. Tema novedoso en la doctrina, jurisprudencia y legislación actual. En realidad estos pertenecen al género de los colectivos, en contrataste con los de carácter individual que corresponden a las personas físicas.

Recomendaciones. El uso de instrumentos internacionales y leyes nacionales de los elementos de investigación, no sólo fundamentan la recomendación sino que ayudan a que se genere una base de interpretación de esos preceptos legales. El Ombudsman, al ser el defensor por excelencia de los derechos humanos, debe ir construyendo criterios de interpretación que puedan ser utilizados por las autoridades y por los particulares.

El objetivo más importante de una recomendación es reparar al quejoso en su derecho violado y evitar que se repita. Además de las sanciones, se debe lograr la reparación del daño.

Transparencia y acceso a la información. Deficiencias en estos conceptos. La CNDH aduce que la Ley de Transparencia establece como reservada la información que «por disposición expresa de una ley sea considerada confidencial», mientras que la Ley de la CNDH confiere a esta Institución la facultad de determinar discrecionalmente cuándo su información sea reservada, situación que debe ser revisada para que la actuación de la CNDH se encuentre al alcance del escrutinio ciudadano.

Finalmente, el proceso de ratificación para un segundo período del actual presidente de la CNDH puso a prueba reglas y procedimientos para la elección del cargo. El resultado, primero, inadecuados márgenes de discrecionalidad del Senado de la República al existir deficiencias y omisiones en el actual procedimiento; segundo, la insuficiencia de mecanismos de auscultación de las organizaciones sociales representativas y de organismos protectores de derechos humanos en el proceso de designación o ratificación del presidente de la CNDH. Ante ello, es imprescindible reformar la ley con el objeto de establecer con claridad los plazos, las formalidades de dicho procedimiento, así como el de garantizar el derecho de audiencia de todos los participantes.

*Senadora del PRD y presidenta de la Comisión Especial que dará seguimiento a los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez de la Comisión de Desarrollo Social.

2004/LBO/LR

 

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