Inicio Se reabre la polémica en el caso Digna Ochoa

Se reabre la polémica en el caso Digna Ochoa

Por la Redacción

A un año de que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) diera por concluida la investigación sobre la muerte de la abogada Digna Ochoa, se reabre la polémica sobre el profesionalismo en la investigación, al presentar hoy, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) un informe especial que revela 58 irregularidades periciales.

El documento de 208 páginas, revela que los médicos forenses encargados de realizar la necropsia del cuerpo de la abogada veracruzana, muerta el 19 de octubre del 2001, tuvieron «cambios de opinión» sobre el lugar específico donde quedó incrustada la bala que mató a Digna Ochoa.

En síntesis, el informe encontró ocho irregularidades en la averiguación previa; 13 deficiencias relacionadas con la realización de las pruebas periciales; 30 en la necropsia y siete sobre el proyectil de arma de fuego en la cabeza.

«Inicialmente concluyeron que el proyectil de arma de fuego entró por temporal izquierdo y quedó incrustado en hueso temporal derecho y siguió una dirección general de izquierda a derecha, de abajo hacia arriba, y de adelante hacia atrás».

Posteriormente, el doctor Sergio Ubando López señaló que la dirección general del proyectil fue de izquierda a derecha, ligeramente de atrás hacia delante, para quedar alojado a un centímetro por arriba de la arteria meningea media anterior».

Además –agrega el informe-, la doctora Mirna Guillermina Martínez García también cambió de opinión, manifestando que el proyectil se incrustó en el hueso parietal derecho, a un centímetro por arriba de la sutura parietotemporal». Para la CDHDF, estos cambios de opinión resultan incomprensibles.

En la conclusión del protocolo se explica como el proyectil penetra en el cráneo y produce la muerte de Digna Ochoa, pero no se anota cómo contribuyeron a las otras lesiones. Cuestiona la falta de una interpretación de las heridas que explique si fueron criminales, suicidas o accidentales.

Tampoco se realizó la prueba de balística «que demuestre que mediante la realización de un disparo a una distancia menor a un centímetro se haya producido una desgarradura y quemadura similar a la que se observó en el pantalón» y, apunta, que la mayoría de las conclusiones carecen de fundamentación técnica y, en su caso, de pruebas experimentales que las sustenten, insiste el texto de la CDHDF.

Por otra parte, la descripción del lugar de los hechos no concuerda con las fotografías del caso y tampoco con los croquis; «no aparecen como parte del propio dictamen sino como una colección de fotografías separadas, que además no tienen pie de foto o anotaciones que expliquen lo que en ellas se ve».

El informe presentado en la sede de la CDHDF, por su titular, Emilio Álvarez Icaza, establece que la necropcia no contiene información confiable respecto de la lesión en el cráneo, además los peritos médicos del (Semefo), omitieron acudir al lugar de los hechos, y no determinaron el tiempo de muerte cuando les fue requerido, lo calcularon sin datos suficientes.

No hay constancia de que se hubieran obtenido radiografías dentales ni de haber examinado el cadáver, así como de su ropa, ni de que se hubieran tomado fotografías del cuerpo vestido.

En la necropsia hubo aproximadamente 10 omisiones que contribuyeron al desconocimiento del estado físico en el que se encontraban varios órganos y aparatos o sistemas del cuerpo de Digna Ochoa.

La abogada veracruzana Digna Ochoa, defendió los derechos de las viudas de la matanza de Aguas Blancas; a los campesinos ecologistas en Guerrero , defendió a los hermanos Cerezo y promovió la apertura del fuero militar al civil.

2004/HS/GV

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