Inicio Se rebela Presidente del IFAI como defensor de la Sedena

Se rebela Presidente del IFAI como defensor de la Sedena

Por María de la Luz Tesoro

La legisladora federal Valentina Batres Guadarrama calificó de deshonrosa la posición del comisionado presidente del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), Alonso Lujambio, ante las contradicciones -probadas- en las que incurrió la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en el caso de la presunta violación y asesinato de la señora nahua Ernestina Ascencio Rosario.

Después de enterarse -a través de un diario capitalino- de que el presidente del IFAI, Alonso Lujambio, emitió un voto particular bajo el argumento de que sería difícil que la Sedena pudiera tener el documento en el que conste el nombre de quién advirtió el error o de quién ordenó la sustitución del boletín 19, por el 19 bis, emitidos por la dependencia castrense para informar sobre su actuación en el caso Ascencio.

Lo anterior, luego de que el pleno de Instituto Federal de Acceso a la Información Pública ordenó a la Sedena que dé a conocer los nombres y rangos de las personas responsables del retiro del primer comunicado (el 19).

La integrante de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados declaró que la actitud del Lujambio es muestra clara de que existe una crisis real en los organismos autónomos, que la autonomía no es más que letra muerta, toda vez que el panorama que presentan dichos organismos es desolador.

Exculpar a priori a la Sedena, pese a que ya ha quedado claro que el caso de la Señora Ernestina Ascencio Rosario, de 73 años de edad, como el de muchas otras mujeres en el país, nunca será esclarecido, más cuando él o los agresores sean elementos del Ejército Mexicano, externo la perredista.

La diputada Valentina Batres consideró irónico que -en este caso de Ernestina-, además de José Luis Soberanes, ahora se sume el presidente del IFAI, Alonso Lujambio, como abogado defensor de la Sedena; no obstante que el Instituto Federal de Acceso a la Información es un organismo público, autónomo, encargado de promover y difundir el derecho de acceso a la información.

Recordó que en la publicación del 21 de junio del año en curso, La Jornada informó que en este caso se comprobó que la Sedena incurrió en contradicciones al emitir (el 6 de marzo pasado) dos comunicados de prensa (boletines) que se contradecían uno del otro.

Batres Guadarrama cita que en la nota se destaca que lo grave del asunto es que en el primer boletín (número 19) se daba cuenta de una muestra de líquido seminal encontrado en el cuerpo de la señora Ernestina, desmintiendo con otro comunicado (19 bis) tal circunstancia, a las pocas horas.

Tal parece, comentó la diputada federal, que no basta con una averiguación previa enturbiada por las autoridades federales y estatales, también se suma la declaración del señor Felipe Calderón Hinojosa, quien exoneró a los militares, tras asegurar que la muerte de la indígena náhuatl fue a causa de una gastritis mal atendida.

Ni con un Ombudsman -continuó diciendo- que hizo de lado la autonomía que debería tener la CNDH para iniciar una investigación del caso, sin tener ninguna facultad para ello, a fin de imponer como verdad lo declarado a los medios de comunicación por Felipe Calderón.

Ahora el comisionado presidente del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, Alonso Lujambio, se reveló como el abogado defensor de la Sedena.

Cabe mencionar que la nota a la que hace alusión la diputada Valentina Batres Guadarrama señala que:

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) se contradijo en sus propias declaraciones ante el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), ya que primero negó que existieran dos comunicados (19 y 19 bis) sobre la violación y muerte de la indígena Ernestina Ascensión Rosario en la sierra de Zongolica, pero luego admitió que sí hubo dos boletines, aunque en el caso del primero alegó que se trataba de un borrador enviado a la prensa por error.

?En el boletín 19 bis ya no negó la existencia del campamento militar referido, ni habló de los desafectos, pero informó de los exámenes médicos realizados en el área genital de los militares, los cuales -dice- no presentan ningún tipo de lesión en dicha área, indicativo de que no han tenido actividad sexual, cuando menos siete días antes de los hechos que se imputan.

Al presentar el recurso 1493/07, el comisionado ponente Alonso Gómez Robledo informó que inicialmente la Sedena había declarado que no localizó ningún comunicado de prensa distinto al publicado en su página de Internet (el 19 bis), y declaró la inexistencia del primero.

Sin embargo, luego informó al IFAI que aun cuando no se ordenó suplantar el comunicado inicial, erróneamente se envió el borrador de un comunicado no autorizado y por tal motivo se impuso un correctivo disciplinario al capitán primero Miguel Ángel Cisneros Topete, como responsable de no haber supervisado el correcto almacenamiento en la computadora de un proyecto de comunicado de prensa que se le ordenó que elaborara.

Esa situación, según la Sedena, provocó que un oficial se confundiera con el comunicado aprobado por la superioridad y lo remitiera al cuartel general de la 26 Zona Militar -ubicada en Veracruz- para su difusión, lo que ocasionó que se provocara una confusión. Ante tales evidencias, el pleno del IFAI revocó por unanimidad la respuesta de la dependencia.

07/MLT/GG

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