Inicio Sentencia condenatoria a militares en Coahuila, dice procurador

Sentencia condenatoria a militares en Coahuila, dice procurador

En los primeros 10 días de septiembre se podría emitir sentencia en el caso Castaños, lo que sentará un precedente a nivel nacional, luego de que por primera vez en México se castigue a militares en tribunales civiles, indicó el Procurador General de Justicia de Coahuila, Jesús Torres Charles.

Expuso que hay tres militares que no han sido aprehendidos y otro más que obtuvo su libertad, por lo que se está integrando el expediente para ver si se revoca la libertad de este último.

El 11 de julio de 2006, más de 20 soldados asaltaron la zona de tolerancia del municipio de Castaños, Coahuila, al norte de México, violando a 14 mujeres. Único caso donde a los agresores se les ha seguido un proceso por la vía civil y no militar. A más de un año del evento, aún está pendiente el dictamen final del juez

Al respecto, Jesús Torres Charles dijo que se espera que el juez de la causa, Hiradier Huerta dicte sentencia condenatoria y los militares compurguen sus penas en Los Cerezos del estado de Coahuila.

El procurador enfatizó que hay preocupación porque una de las víctimas de nombre Wendy se retractó, se contradijo, por lo que ella está sujeta a investigación, además de que también se indaga quien la convenció o extorsionó para también ejercer acción legal en su contra.

Orillar a una víctima al desistimiento, es parte de la estrategia de la defensa, por ello deben analizarse detenidamente las inconsistencias de las declaraciones, puntualizó.

Con relación al castigo de los militares por la vía civil, Torres Charles enfatizó que «se sienta un precedente si se les castiga, si la sentencia es condenatoria sería un primer caso en la historia de este país».

El obispo Raúl Vera López resultó involucrado en el caso cuando Wendy dijo que había recibido dinero de la diócesis de Saltillo que él preside para acusar a los militares. En esta presunta extorsión se señaló, además, de manera directa a Jackie Campbell, encargada de la Pastoral de Comunicación de la Diócesis.

«Nosotros creemos que el Obispo siempre ha querido hacer justicia en este caso y no creemos que este involucrado de ninguna manera», dijo Torres Charles.

FUERO MILITAR, IMPUNIDAD

Los delitos sexuales son de carácter común (civil) en toda la legislación penal de México, sin embargo el fuero militar –que es violatorio de los derechos humanos y contrario a la Constitución de la República Mexicana– ha impedido la justicia al menos en 9 denuncias documentadas en los últimos 13 años.

El fuero militar según expertas en el tema, ha sido el principal obstáculo para la realización de acciones justas e imparciales y es una flagrante violación a los derechos humanos que ninguna autoridad legislativa se atreve a corregir, como la existencia de una ley particular que se aplica a militares sobre la propia Constitución Mexicana.

Pese a que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha concluido que la violación de una mujer por parte de un integrante de las fuerzas de seguridad, alegando su presunta participación en un grupo armado de oposición, constituía tortura.

En este sentido hay que destacar que Amnistía Internacional (AI) había hecho observaciones y recomendaciones a México desde 2004, como lo señala el informe sobre Mujeres indígenas e injusticia militar, en el que se especifica que la violación no está incluida en el Código de Justicia Militar.

Tal como lo interpreta el Ejército y lo confirman los tribunales, dice en su informe AI, esto significa que todo delito cometido por personal militar es de hecho un delito de disciplina militar.

El artículo 58 de ese Código permite al Ejército invocar el uso del Código Penal Federal o del Código Penal local del lugar donde se produjo el suceso. Así los tribunales civiles han permitido que los tribunales militares «jerárquicamente bajo el control de la Secretaría de la Defensa Nacional, no del poder judicial» investiguen y juzguen violaciones de derechos humanos cometidas por militares.

La aprobación del poder judicial civil respecto a esta amplia definición de la jurisdicción militar está en aparente contradicción con la Constitución mexicana, apunta este organismo internacional.

CASOS SIN RESOLVER

Por orden cronológico: el 4 de junio de 1994 militares violan a tres hermanas tzetzales, en julio en un boletín la Sedena «rechaza enérgicamente las falsas imputaciones» en un boletín. A 12 años de los acontecimientos cerca de Altamirano, Chiapas, las entonces jóvenes de 12, 15 y 17 años de edad, siguen en espera de respuesta por parte de las autoridades judiciales civiles. El caso se encuentra actualmente en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El 3 de diciembre de 1997, 2 indígenas tlapanecas, de Zopilotepec, Atlixtac de Álvarez, Guerrero, denunciaron haber sido violadas por cinco soldados. En noviembre del 2003 presentaron su denuncia ante la CIDH, donde se encuentra actualmente.

En 1997, la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh) recibió la denuncia de 12 mujeres que habían sido violadas por soldados del Ejército Mexicano en la zona Loxicha.

El 21 de abril de 1999, 2 mujeres, de 50 y33 añosrespectivamente, de Barrio Nuevo San José, Tlacoachixtlahuaca, Guerrero, fueron interceptadas y violadas en casas abandonadas.

El 16 de febrero de 2002,otra indígenatambién fue agredida sexualmente por ocho soldados del 41 Batallón de Infantería, en Barranca Bejuco, Acatepec, Guerrero.

El 22 de marzo de 2002, en Barranca Tecuani, Ayutla de los Libres, Guerrero,una mujerde 27 años, fue violada en su casa por 11 soldados.

TEMORES

En el caso de Castaños, único por el que se ha juzgado a militares por la vía civil, existe temor de que las presiones y amenazas a las afectadas, el dinero, la debilidad de los Tribunales y la ausencia de una protesta civil, pudiera anunciar una nueva impunidad.

Acerca de los casos aún pendiente, donde se ha aplicado el fuero militar, Amnistía Internacional señala que «… ninguno de los responsables ha sido llevado ante los tribunales… a pesar que de acuerdo con tratados internacionales el Estado tiene el deber de hacer frente a la violencia contra las mujeres».

07/SN/GTCV

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