Inicio SLP aprueba criminalización del aborto, con tres excepciones

SLP aprueba criminalización del aborto, con tres excepciones

Por Gladis Torres Ruiz

Hoy el Congreso de San Luis de Potosí se convirtió en la entidad número 13 en el país en reformar su Constitución para «proteger la vida desde el momento de la concepción», con lo cual se criminaliza a las mujeres que recurran al aborto.

Sin embargo, esta reforma al Artículo 16 de la Constitución local exceptúa de la pena –sin dejar de considerar que comenten crimen– a las mujeres que interrumpan un embarazo en caso de violación, inseminación indebida y cuando la madre corra peligro de muerte.

En estos casos, como dice también el Código Penal de la entidad, modificado en el año 2000, «no se requerirá sentencia ejecutoria sobre la violación o inseminación indebida, sino que bastará con la comprobación de los hechos, y de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora».

Sobre la forma en que una niña o una mujer puedan hacer la «comprobación de los hechos», las normas no detallan más.

La reforma fue aprobada en Comisiones por la mayoría panista, con el voto en contra de las diputadas del PRD, Guadalupe Almaguer y Guadalupe Castro; y del Partido del Trabajo (PT) Esther Angélica Martínez y José Belamares.

La coordinadora de la fracción del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Guadalupe Almaguer Pardo, señaló que dicha reforma es un mandato del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN para obstaculizar la Ley del Distrito Federal, donde se permite la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) antes de las 12 semanas de gestación, reforma que fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

De esta forma, ahora tanto la Constitución local, como el Código Penal de la entidad contemplan las mismas excepciones para hacer punible el aborto.

Dice el Código en su Título primero: Delitos contra la vida y la integridad corporal, Capítulo VI; Artículo 128 que comete el delito de aborto quien causa la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.

Y señala que este «delito» se sancionará con las siguientes penas: A la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar se le impondrá una pena de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de veinte a sesenta días de salario mínimo; al que lo realice con el consentimiento de la mujer se le impondrá una pena de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de veinte a sesenta días de salario mínimo, y al que lo realice sin el consentimiento de la mujer embarazada se le impondrá una pena de tres a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a ciento sesenta días de salario mínimo.

En el Código Penal de San Luis Potosí, el Artículo 130 señala, al igual que las y los legisladores lo hicieron este día que: «no es punible la muerte dada al producto de la concepción cuando sea resultado de una acción culposa de la mujer embarazada; sea resultado de un delito de violación o inseminación indebida.

En estos casos, no se requerirá sentencia ejecutoria sobre la violación o inseminación indebida, sino que bastará con la comprobación de los hechos, y de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora.

EL «DEBATE»

El Congreso local que aprobó la reforma constitucional tiene mayoría de legisladoras y legisladores del PAN, con 15 lugares, seguido del Partido Revolucionario Institucional (PRI) con 5 diputadas ydiputados y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) con tres, el Partido del Trabajo (PT) con dos legisladores y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido Conciencia Popular (PCP) con un legislador cada uno.

Según información del Congreso local, esta reforma se da luego de un «debate» entre las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, presidida por Sonia Mendoza Díaz, y la de Derechos Humanos, Equidad y Género, presidida por Vicente Toledo Álvarez, ambos del grupo parlamentario de Acción Nacional.

De acuerdo con los índices de Desarrollo Humano del Fondo de Población de Naciones Unidas, San Luis Potosí ocupa el quinto lugar en moralidad materna en la República, siendo el aborto clandestino una de las causas de las defunciones.

Cabe mencionar que ayer el Arzobispo de San Luis Potosí, Monseñor Luis Morales Reyes, declaró a la prensa local que la iglesia está a favor de la vida y siempre estará a favor de la vida, y que Dios es el único dueño de la vida de todo ser que concibe la mujer, y como tal siempre tendrá derechos, el más importante el derecho a la vida».

09/GTR/GG

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