Inicio Soldados delincuentes, bajo jurisdicción civil, propone PRD

Soldados delincuentes, bajo jurisdicción civil, propone PRD

Por María de la Luz Tesoro

La fracción parlamentaria del PRD en la Cámara de Diputados anunció que la próxima semana presentará ante la Comisión Permanente la iniciativa de reforma constitucional y del Código de Justicia Militar para obligar a que en México sean las autoridades civiles las que investiguen, juzguen y sentencien a los militares que comentan delitos contra civiles y en contra de las mujeres.

La iniciativa propone, también, que sea el Ministerio Público Federal y los jueces civiles los que juzguen a los militares, incluso en los casos que actualmente están en el Ministerio Público Militar o en manos de jueces castrenses, toda vez que éstos deben juzgar por indisciplina y no por cometer delitos de abuso contra mujeres y civiles indefensos.

En conferencia de prensa, la diputada Valentina Batres Guadarrama planteó que una vez que entren en vigor las reformas que la bancada perredista propone en la iniciativa, todos los casos de militares agresores de mujeres y civiles que se encuentren pendientes de investigación o juicio en autoridades militares pasen al Ministerio Público Federal y a los jueces ordinarios.

Acotó que la recurrencia de casos en que elementos del Ejército cometen violaciones a los derechos humanos de civiles en México, la impunidad en que han quedado cientos de éstos y la benevolencia de las sanciones impuestas por los jueces militares han motivado la presentación de las reformas a los artículos 13 constitucional y 37 y 57 del Código de Justicia Militar.

Desde el 2001, Amnistía Internacional y Human Rights Watch insisten en estas reformas, así como la Organización de las Naciones Unidas, por medio de por lo menos cuatro relatores especiales en materia de tortura, desapariciones y ejecuciones extrajudiciales, y de violencia contra la mujer.

También la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos han señalado al gobierno mexicano la necesidad de realizar dichas reformas para lograr el acceso a la justicia a las víctimas de los militares, citó.

La legisladora recordó que desde que inició la presente administración federal se utilizó al Ejército en funciones de seguridad pública, que provocaron casos muy graves de violación de derechos humanos contra civiles indefensos ante elementos del Ejército.

Asimismo, se pronunció porque la depuración recién anunciada de los cuerpos policiacos no sea sinónimo de «borrón y cuanta nueva para los abusos que cometieron militares durante los seis meses que sustituyeron a la policía en el operativo antinarco».

Aunque los soldados sean paulatinamente retirados de las calles de Michoacán, Sinaloa, Nuevo León y Veracruz, y sustituidos por los agentes a los que corresponde la función de la seguridad pública, no puede significar de ninguna manera una especie de amnistía a los militares que cometieron violaciones a los derechos humanos de las mujeres y población civil, destacó la perredista.

Batres Guadarrama recordó el caso de Castaños, Coahuila, en el que 14 mujeres fueron golpeadas, sometidas y violadas por más de 20 soldados del Ejército mexicano.

Asimismo, está el caso de la indígena nahua, doña Ernestina Ascencio Rosario, de 73 años de edad, violada y asesinada en Soledad Atzompa, Veracruz, por efectivos militares. Y el de las cuatro adolescentes de Nocupétaro, Michoacán, secuestradas, drogadas y violadas por elementos del Ejército mexicano.

Y a lo anterior se suman, argumentó la perredista Batres, las 52 quejas que ha recibido la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra violaciones de derechos humanos cometidas por el Ejército en los operativos por el narcotráfico en Carácuaro, Huetamo y Apatzingán; el caso de la familia Esparza Galaviz que fue acribillada en el poblado serrano de la Joya de los Martínez, municipio de Sinaloa de Leyva; el caso de Héctor Adrián Salazar Fernández, en Tamaulipas, joven que viajaba de copiloto en una camioneta y que, como el conductor ignoró el alto que se le hizo en un retén militar, lo asesinaron.

Valentina Batres subrayó que estos casos están siendo investigados por la Procuraduría General de Justicia Militar y sus sentencias serán emitidas por jueces militares, toda vez que así lo establece el Artículo 57 del Código de Justicia Militar.

Este dice: «Artículo 5.- son delitos contra la disciplina militar: I.- los especificados en el Libro Segundo de este Código; II.- los del orden común o federal, cuando en su comisión haya ocurrido cualquiera de las circunstancias que en seguida se expresan:

a) Que fueren cometidos por militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de acto del mismo; b) que fueren cometidos por militares en un buque de guerra o en edificio o punto militar u ocupado militarmente, siempre que, como consecuencia, se produzca tumulto o desorden en la tropa que se encuentre en el sitio donde el delito se haya cometido o se interrumpa o perjudique el servicio militar; c) que fueren cometidos por militares en territorio declarado en estado de sitio o en lugar sujeto a la ley marcial conforme a las reglas del derecho de la guerra; d) que fueren cometidos por militares frente a tropa formada o ante la bandera; e) que el delito fuere cometido por militares en conexión con otro de aquellos que se refieren a la fracción I?..»

La integrante de la Comisión de Equidad y Género en San Lázaro concluyó que el problema de la justicia militar es que genera mucha impunidad, toda vez que no castiga, o si lo hace es de manera muy ligera, a los militares que juzga, lo que ha generado cantidad de casos impunes.

07/MLT/GG/CV

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