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Sonora: OSC de mujeres piden juicio político para Ombudsman

Organizaciones de mujeres de la sociedad civil acudieron ayer al pleno del Congreso del estado de Sonora, para solicitar juicio político a Jorge Sáenz Félix, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), quien se negó a solicitar acción de inconstitucionalidad por la reforma al Artículo 1º de la Constitución de Sonora.

Mujeres de Ciudad Obregón y Hermosillo entregaron un documento en el que argumentan que el Ombudsman se negó a defender los derechos, pues la referida reforma otorga derechos a la vida en gestación, aún a costa de la restricción de la libertad de las mujeres a decidir, de acuerdo al artículo 4º de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, la cantidad y espaciamiento de las hijas e hijos.

Informaron que la reforma en Sonora atenta contra los derechos humanos de las mujeres y viola la Constitución Federal que reconoce a las mujeres como titulares de derechos, específicamente los derechos a la vida, a la protección de la salud, a la intimidad y a la autonomía en materia de salud sexual y reproductiva, a la libertad de conciencia, los derechos a la igualdad de género, a la no discriminación, al libre desarrollo y a la dignidad humana.

La solicitud fue signada en el marco de la Jornada Las mujeres deciden ¿La Constitución Garantiza?, para conmemorar el 28 de mayo, Día Internacional por la salud de las mujeres, por la Red Feminista Sonorense, Ciudadanas por el Derecho a Decidir de las Mujeres, Mujeres y hombres socialmente activas (Muhsas), Colectiva Observatorio Feminista, Colectivo de Mujeres Productivas AC, Alternativa Cultural por la Equidad de Género AC, Red Nacional de Jóvenes por el Derecho a decidir-sección Sonora, Centro de Apoyo a la Mujer (APPOBUSAC).

BASES JURÍDICAS DE SOLICITUD DE JUCIO

La solicitud de juicio político al Ombudsman está sustentada en fundamentos legales establecidos en el artículo 15 de la Ley que crea la CEDH, el Título Sexto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora y del Título Segundo de la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios, así como por las violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las Leyes Locales referidas.

Las mujeres agraviadas calificaron de grave la situación para las mujeres en Sonora, por el precedente que propicia la actuación de Jorge Sáez al violentar su propia ley y los principios de París que establece en el numeral 1: «La institución nacional será competente en el ámbito de la promoción y protección de los derechos humanos, y 2: La institución nacional dispondrá del mandato más amplio posible, claramente enunciado en un texto constitucional o legislativo que establezca su composición y su ámbito de competencia».

El Ombudsman de Sonora atenta contra los derechos humanos de las mujeres y contraviene así su propio mandato, dijeron. No conforme con desatender su petición de incohar la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma referida, el defensor de los derechos humanos litiga defendiendo su particular punto de vista, supliendo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ya se manifestó sobre el tema al declarar constitucional la interrupción legal del embarazo (ILE) en el Distrito Federal.

La SCJN es la única institución de la República que tiene entre sus facultades resolver cualquier controversia e inconstitucionalidad de la norma local que contravenga los postulados de la Constitución Federal de la República, explicaron.

09/SNE/GG

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