Inicio Sonora: ratifican reforma que da personalidad jurídica al embrión

Sonora: ratifican reforma que da personalidad jurídica al embrión

43 de los 72 municipios de Sonora ratificaron la reforma constitucional al artículo Primero constitucional, que otorga derechos al embrión humano sobre los de las ciudadanas sonorenses.

La modificación a la Ley 174 que reforma el Artículo primero de la Constitución Política del estado de Sonora, que establece la garantía de la vida en gestación, el Congreso del estado acordó este día enviar la reforma al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.

En Sonora la ley fundamental no requiere ser ratificada ni puede ser vetada por el Poder Ejecutivo. No obstante, las y los diputados de la LVIII legislatura decidieron enviarla. Fue la priista Irma Villalobos quien dio lectura al acuerdo que resuelve enviarla para su publicación en el boletín oficial del Gobierno del estado.

Como se recordará, ante una propuesta del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), y apoyado por las y los priistas en pleno, la aprobación reforma el Artículo Primero de la Constitución Política del Estado de Sonora, para quedar como sigue:

Artículo 1°.- Los Derechos del Hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En el Estado de Sonora todo individuo gozará de las garantías que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Estado de Sonora tutela el derecho a la vida, al sustentar que desde el momento de la fecundación de un individuo, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural.

Se exceptúa de este reconocimiento, el aborto causado por culpa de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea resultado de una violación o cuando, de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora.

Para ser aprobada la reforma, los grupos unidos suspendieron la reunión del 21 de octubre pasado en Comisión para aprobarla a espaldas de la sociedad, por lo que la llevaron directo al pleno y solicitaron con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 124 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se declarara como urgente y obvia resolución y se dispensara el trámite de Comisión, para que fuera discutido y decidido, en esa misma sesión ordinaria, lo cual se aprobó.

Durante la sesión, organizaciones de la sociedad civil feministas se expresaron en contra de la iniciativa y se manifestaron en el recinto legislativo al tiempo que presentaron un pronunciamiento dirigido a los cuatro grupos parlamentarios del PRI, PAN, PRD y Panal.

REFORMA INCONVENIENTE

En un documento firmado por La Colectiva: Observatorio Feminista, Nosotras Ciudadanas por la No Violencia hacia las Mujeres, Mujeres y Hombres Socialmente Activos, Sangre Violeta, Diverciudad, AC y Género y Medio Ambiente (Gemas), I.A.P., observaron que la iniciativa cuenta con varios inconvenientes.

Entre otros, atenta contra el Artículo 4º constitucional, que establece que «(…) toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud…».

Contraviene la Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para la Interrupción Legal del Embarazo en el Distrito Federal, que fija un criterio jurídico fundamentado en la no discriminación hacia las mujeres.

Atenta contra la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, particularmente en la figura del agravio. Atenta contra la posibilidad de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo y su futuro, al no consultarlas, y transgrede sus derechos como ciudadanas en un Estado democrático.

Y finalmente, contraviene los acuerdos internacionales en la materia firmados y ratificados por nuestro país. Asimismo emitieron un pronunciamiento dirigido a todas las y los diputados de la LVIII legislatura, a la Comisión Estatal de Derechos Humanos y a la comunidad sonorense.

En él exigieron que se abra al debate amplio a la sociedad en general, y particularmente a las mujeres. Los grupos parlamentarios y la Comisión de Asuntos de la Mujer deben garantizar la no discriminación hacia las mujeres y hacer respetar sus derechos ciudadanos, opinan.

Sin embargo, esta tarde y con la ratificación de 43 municipios el Congreso del Estado aprobó solicitar al ejecutivo su publicación descartando que es de su competencia promover la construcción de un Estado laico y democrático y no la socialización de argumentos moralistas y religiosos que desvían la atención de un problema social y de salud pública que es prioritario.

Las organizaciones civiles inconformes solicitaron al Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Jorge Sáenz Félix interponga acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando fuera publicada la reforma, a lo que el Ombudsman contestó que respondería cuando se cumplieran condiciones de tiempo y forma.

IRREGULARIDADES DE ORIGEN

En su momento la organización Sonora Ciudadana AC, dedicada al monitoreo y sistematización de información sobre la transparencia de las dependencias del Gobierno del estado y Congreso local, denunció las irregularidades que había habido en el proceso.

Sonora Ciudadana AC se pronunció en contra de los procedimientos bajo los cuales se aprobó la reforma al Artículo 1º de la Constitución Política del estado de Sonora el 21 de octubre de 2008.

Sonora Ciudadana AC, a través de su Monitoreo Legislativo Sonorense (MLS), denunció la evidente violación de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sonora, específicamente al artículo 124, fracción III.

Con ello, nuevamente evidenciaron las formas discrecionales con las que se discuten temas importantes para las y los sonorenses: Reuniones de comisión que se acuerdan sin previo aviso, a espaldas de la sociedad sin previa consulta ciudadana e iniciativas que se aprueban de manera fast track dispensando trámites importantes como el de dictaminación y el de segunda lectura de las iniciativas, finaliza su monitoreo.

De acuerdo al dictamen presentado en la sesión de hoy, se determina que se han cubierto los requisitos que establece el artículo 163 de la Constitución Política del estado de Sonora, permitiendo con ello la entrada en vigor y efectivo cumplimiento.

09/SNE/GG

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