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Tipifican la violación como delito grave en Sonora

El Congreso del estado aprobó ayer diversas reformas a los códigos Penal y de Procedimientos Penales del estado por las que ahora la violación y las figuras equiparadas serán delito grave, y los acusados perderán el derecho a salir libres bajo fianza.

Las modificaciones aprobadas por mayoría en lo particular también consideran delitos graves y por ello sin derecho a fianza la sustracción y la corrupción de menores e incapaces, la pornografía infantil, el aborto sin consentimiento y con violencia y el abandono de personas.

También amplían a 72 horas el término para determinar la flagrancia de un delito cuando después de ejecutado el hecho delictuoso es perseguido sin interrupción.

Con las nuevas disposiciones, en casos urgentes el Ministerio Público podrá ordenar, por escrito, la detención de una persona, cuando se trate de delito grave, que exista riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la acción de la justicia y que no pueda solicitar la orden de aprehensión al juez competente.

Para ello, el agente del Ministerio Público deberá justificar que, demostrado el cuerpo del delito, existen indicios de que el inculpado intervino y se espera acreditar su probable responsabilidad dentro de las 48 horas siguientes.

Las modificaciones a los códigos Penal y de Procedimientos Penales habían sido aprobadas en lo general el pasado 9 de julio, en sesión extraordinaria realizada en Puerto Peñasco.

Otros delitos que a partir de ahora se considerarán graves son extorsión, privación ilegal de la libertad, secuestro, abigeato respecto de ganado equino, ovino, caprino y porcino; abuso de confianza, fraude, daños y encubrimiento.

Asimismo, el robo referido al que se realiza con motivo de un desastre o calamidad pública; el delito equiparado al robo de vehículo, homicidio por culpa, rebelión, evasión de presos, asociación delictuosa, violación de correspondencia, lesiones que ponen en peligro la vida e inducción al suicidio.

Las modificaciones aumentan sanciones en materia de secuestro, incorporan figuras en materia de falsificación de tarjetas de crédito, hacen adiciones al delito de la venta clandestina de bebidas embriagantes y el fraude se perseguirá de oficio, al igual que el abuso de confianza, cuando se trate de tres o más víctimas.

Otra de las reformas se refiere a que no será punible obstaculizar dolosamente el tránsito por una vía pública cuando ésta se realice por un grupo de personas con motivo del ejercicio del derecho consagrado en el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

       
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