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Una ley estructural que avanza

El sistema de atención, prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres ha sido instalado y está diseñado para corresponder a los empréstitos derivados de las acciones que debe el Estado diseñar y emprender contra los distintos tipos de violencia hacia las mujeres.

A quienes auguraban que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia sería un fracaso, una ley insuficiente que quedaría en buenas intenciones, el balance a tres meses de su publicación es que sigue el curso delineado en sus transitorios.

Esto no quiere decir que se puede confiar en que sus preceptos, hoy convertidos en ley, se cumplan puntualmente por parte de este gobierno encargado de su aplicabilidad, o que el proceso de reformas legislativas en cada una de las 32 entidades federativas concluirá en el marco de los seis meses como la propia ley mandata.

La ley en comento requiere además de una comprensión integral, holística; también de la resolución de muchos obstaculizadores, entre ellos la misoginia subliminal que penetra el ambiente como un problema sociocultural de la condición genérica masculina, aunque no solo derivado de un sistema de estructuras sociales sustentadas en el patriarcado. Recordemos las reacciones contra conceptos como la violencia sicológica. Esta ley general es estructural.

Como ley marco, delinea cómo deben ser las reformas mínimas en las entidades, de conformidad con la materia que tienen conferidas éstas en función del Artículo 104 constitucional.

La ley está inscrita en una clara acción afirmativa; no dirime la violencia que pueden sufrir los hombres, sino la que sufren las mujeres por su condición, en todas las etapas de su vida con sus distintas modalidades y expresiones, incluyendo la institucional y la feminicida.

Los distintos tipos de violencia que sufren las mujeres se derivan y son consecuencia del predominio del sistema patriarcal que discrimina a la mujer por serlo y la cosifica. El Espíritu del Legislativo y de las diputadas feministas que diseñaron esta ley general se fundamenta en la armonización que como Estado Parte ha adquirido el gobierno mexicano al aprobar diversos tratados de derechos humanos.

El Estado mexicano está obligado a tomar todo tipo de medidas para detener la violencia en contra de las mujeres de todas las edades y encaminar sus políticas y acciones gubernamentales hacia su erradicación.

La Organización Mundial de la Salud indicó que las mujeres son las más propensas que otras personas a la violencia de parte de sus parejas; el señor Jong Wook ex director de la OMS señaló en un estudio ex profeso de 2006 que la muestra en la cual se sustentó su informe de ese año, evidenció que más del 75 por ciento de las mujeres que han sufrido abusos físicos o sexuales a partir de los 15 años señalan como responsable a su pareja, siendo una de las principales causas de enfermedad.

En la introducción de su informe Wook señala que desafiar las normas sociales que condonan y perpetúan la violencia contra las mujeres es responsabilidad de todos.

Pugnar por mejores condiciones de vida de las mujeres tiene mejor perspectiva al contar en nuestro marco jurídico con la Ley General y con los procesos que en cada entidad federativa se deben emprender. El esfuerzo que han emprendido todas las organizaciones de derechos humanos, feministas y del movimiento amplio de mujeres por una vida libre de violencia, poco a poco van viendo reflejada su exigibilidad por un nuevo Estado de Derecho a favor de las mujeres de este país.

La violencia de género es un obstáculo que impide el goce de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de las mujeres y su derecho a la vida y a la seguridad personal, al más alto nivel posible de salud física y mental, ante lo cual el Estado tiene una responsabilidad ineludible.

* Ex diputada federal por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), consultora de Unicef.

07/APG/GG

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