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Urgen leyes civiles en México

Por Lourdes Godínez Leal

La solución para evitar ataques sexuales de militares contra civiles, sobre todo mujeres, espera «congelada» en el Congreso

Mientras en el Congreso de la Unión hay tres iniciativas «congeladas» para modificar el Artículo 13 constitucional en materia de fuero militar, que permite la impunidad en los casos de violación sexual perpetrada por militares, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), uno de los organismos internacionales más importantes de derechos humanos, recomendó reformar el Artículo 57 del Código de Justicia Militar (CJM).

Soraya Long, directora de Cejil, señaló durante su visita a México, el pasado 7 de diciembre, que sería mejor modificar este artículo que «hacer una reforma a la Constitución», porque en la jurisdicción militar tampoco se investigan los casos de violación sexual, ya que aún y cuando logran llegar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), lo que se investiga es si el militar «faltó a la disciplina militar y no si violó a mujeres».

Así sucedió en el caso de las tres hermanas tzeltales, que llegó a esta instancia internacional, la cual emitió una recomendación, rechazada por el entonces presidente Vicente Fox al argumentar que «no podía invadir la jurisdicción del Ejército».

Por ello, sostuvo Long, la urgencia y conveniencia de reformar el Artículo 57 del CJM, para que las mujeres tengan acceso a la justicia civil y no militar.

Long visitó México para entrevistarse con legisladores mexicanos e impulsar las reformas al Artículo 57 militar, pues este año algunos decidieron trabajar en el tema, principalmente a raíz del caso de Ernestina Ascencio Rosario.

La violación sexual cometida por militares es sustantiva en la agenda de Cejil, organismo con estatus consultivo en la OEA, y actualmente lleva los casos de las tlapanecas violadas en Guerrero por militares en 2002.

IMPUNIDAD

El general brigadier José Francisco Gallardo Ramírez sostiene que una forma de frenar la impunidad del Ejército y regresarlo a sus cuarteles es modificar diversos artículos constitucionales sobre el manejo de las fuerzas armadas, y delimitar su función a la tutela del orden interno, centrando sus tareas exclusivamente en la defensa nacional y la aplicación del plan DN-III.

Una vía para retomar en el Congreso la discusión de estas iniciativas es la presión internacional a través de Cejil, organismo cuyo propósito es asegurar un mayor acceso al sistema interamericano para las víctimas de violaciones a derechos humanos, como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Las propuestas para reformar la Constitución en materia del fuero militar y el CJM no son nuevas. Desde la década de los 90, la mirada internacional se ubicó en el tema, al hacerse públicos los primeros casos de violaciones sexuales cometidas por militares en contra de mujeres, principalmente de comunidades indígenas.

Y surgieron también las primeras recomendaciones internacionales, como la del Relator Especial de la ONU, quien de visita en México en 1997 recomendó al Estado mexicano que las violaciones a los derechos humanos perpetradas por militares en perjuicio de civiles fueran investigadas y juzgadas por el fuero civil. En el mismo tono, la CIDH, Amnistía Internacional y Cejil realizaron también observaciones y recomendaciones.

INICIATIVAS

El Ejército no está adiestrado para hacer frente a situaciones que no tienen que ver con la administración civil del Estado, dice la exposición de motivos de la iniciativa para reformar y adicionar un segundo párrafo al Artículo 13 constitucional y derogar la fracción II y el último párrafo del artículo 57 del CJM que se refieren a los delitos contra la disciplina militar, presentada por el senador perredista René Arce Islas el pasado 13 de marzo.

Dicha iniciativa, turnada a Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos, fue motivada por la violación sexual contra Ernestina Ascencio, en Veracruz, y contra 14 mujeres de Castaños, Coahuila, sumados a los acumulados desde 1990, así como el «inacceso a la justicia» por parte de estas mujeres.

En la Cámara de Diputados, Marina Arvizu Rivas, de Alternativa Socialdemócrata, presentó en octubre pasado dos iniciativas: la del Fondo de Compensaciones, que reconozca el deber del Estado Mexicano de responder por el impacto de los delitos cometidos por militares, y reformas y adiciones a diversos artículos del CJM respecto a que sea la autoridad civil la que conozca sobre delitos cometidos por personal castrense en contra de civiles.

Para la feminista, el Artículo 13 constitucional «limita la competencia de la jurisdicción militar para conocer de los delitos y faltas cometidos contra la disciplina castrense», por lo que enfatizó las reformas al Código Militar, iniciativa turnada a la Comisión de la Defensa Nacional.

Por su parte, Valentina Batres Guadarrama, de la fracción del PRD en San Lázaro, coincide en la urgente reforma al Artículo 13, por la recurrencia de casos en que militares han cometido violaciones a los derechos humanos de civiles en México, impunes a la fecha.

También planteó adicionar un segundo párrafo al Artículo 37 del CJM, indicando la obligación del Ministerio Público Militar de remitir dichos casos a la autoridad civil.
Al igual que René Arce, propuso la derogación de la fracción II del Artículo 57, de dicho Código, «para instruir como competencia exclusiva del fuero militar los delitos contra la disciplina castrense».

Finalmente propone reformar el Artículo 435 del mismo Código para asegurar que la acción penal en el fuero militar se condicione a la declinación de competencia de los tribunales del orden civil y lograr así la institucionalidad en materia de justicia militar, iniciativa que está en la Comisión de Puntos Constitucionales.

Soraya Long enfatizó que Felipe Calderón debería incidir para reformar el Artículo 57 militar, lo que hablaría de una «buena voluntad» para realizar cambios reales y que las mujeres agraviadas accedan a una verdadera justicia.

07/LGL/GG/CV

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