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Urgen OSC a aprobar leyes contra trata de personas

Por la Redacción

Diversos organismos que promueven la defensa de los derechos humanos urgieron a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura a emitir «el dictamen que permita continuar la aprobación de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y el Código Federal de Procedimientos Penales», con el fin de atacar el grave problema de la trata de personas.

En noviembre de 2005, el Senado de República aprobó la Minuta sobre de la Iniciativa que crea la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, que adiciona la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y el Código Federal de Procedimientos Penales.

No obstante que la Minuta fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Senadores en enero de 2006, no existe ningún avance que nos permita darle protección a las víctimas y respaldo jurídico a las denuncias por este delito.

México, dice el boletín del Centro de Derechos Humanos del Migrante, AC, firmado por más de 15 OSC, «no está exento de las conductas que manifiesta este delito: la explotación sexual o laboral de mujeres, niñas, niños y adolescentes, adultos mayores y personas con alguna discapacidad.

En México, las víctimas se localizan a lo largo de las áreas fronterizas, urbanas y turísticas. La mayoría de las víctimas son de origen mexicano y centroamericano; sin embargo, también provienen del Caribe, de Sudamérica, Asia y Europa del Este.

Blanco vulnerable del delito son, además de los nacionales, las y los migrantes. México es un país de origen, tránsito y destino de este crimen y sus fronteras se encuentran entre las más complejas del mundo.

Campesinos mexicanos y centroamericanos han sido víctimas de trata con el fin de ser llevados desde México al interior de los Estados Unidos para trabajos forzados.

Existen zonas o regiones de estos países que pueden incluir los puestos fronterizos, donde se facilita la operación de los tratantes ya sea por las características socio-económicas del lugar o por la inadecuada vigilancia por parte de las autoridades en detectar este tipo de casos.

La trata de personas se realiza mediante la coacción y explotación, violando los derechos humanos y dignidad de las personas. Se le conoce como una forma de esclavitud moderna. El impacto en sus víctimas es demoledor, dejando secuelas físicas y psicológicas muy graves.

A crimen se vincula con la seguridad pública y la seguridad nacional, por este motivo su prevención y combate requieren una atención intersectorial que implique necesariamente involucrar diversas instancias públicas y organizaciones de la sociedad civil, a sectores responsables de tema migratorio, la procuración de justicia, la investigación, seguridad pública, seguridad nacional, laboral, salud, educación, adolescentes, los derechos humanos y los de protección hacia mujeres y la infancia.

RELEVANCIA INTERNACIONAL

La relevancia del tema es central para las organizaciones internacionales. En el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas (NU), la Oficina del Alto Comisionado de las NU en Derechos Humanos a través del trabajo de la Relatora Especial sobre la Trata de Personas; el Programa Global contra la Trata de seres humanos (GPAT), que fue adoptado por la Oficina de las UN contra las Drogas y el Crimen.

También para el Fondo de las NU para la Infancia (Unicef); la Organización Internacional para el Trabajo (OIT), el Fondo de Desarrollo de las NU para la Mujer (Unifem) y el Alto Comisionado de las NU para los Refugiados (Acnur).

Por su parte, la Organización de los Estados Americanos mantiene acciones a nivel hemisférico a través de la cooperación. Destacamos el trabajo por parte de la Comisión Interamericana de las Mujeres, la Comisión Interamericana del Niño y la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

También la Organización Internacional para la Migración (OIM) realiza actividades de prevención y protección para sus víctimas por medio de la cooperación técnica.

EN MÉXICO NO ES DELITO

En México no existen cifras oficiales de la magnitud e incidencia de la trata de personas, y sólo se cuentan con algunas cifras de organismos internacionales, como los veinte mil niños mexicanos y centroamericanos de que habla el Quinto Informa Anual del Departamento de Estado de EU sobre trata de personas, pues a diferencia de otros países, nuestro país no tiene tipificado el delito, e inclusive, se le confunde con el delito de tráfico ilícito de migrantes, o sólo se considera la trata para fines de la explotación sexual.

Los compromisos internacionales en materia de derechos humanos obligan a todo el Estado Mexicano (como la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia organizada trasnacional y de su Protocolo Adicional sobre trata de personas signado el 04 Mayo del 2003) a mantener una legislación nacional ajustada a la internacional.

LA URGENTE LEY

Por ello, este también es un compromiso para el legislador quien a través de sus funciones puede hacerlo posible de los derechos humanos para todas las personas dentro de su territorio.

Esta legislación deberá ser acorde con el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Es de especial interés, dicen las OSC, que el legislador realice todas las acciones a su alcance para legislar en materia de trata de personas y a favor de la protección de sus víctimas.

En este sentido en noviembre de 2005 el Senado de República aprobó la Minuta sobre de la Iniciativa que crea la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, que adiciona la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y el Código Federal de Procedimientos Penales.

No obstante la Minuta fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Senadores en enero de 2006, no existe ningún avance que nos permita darle protección a las víctimas y respaldo jurídico a las denuncias por este delito.

Esta medida refleja de la seriedad del legislador para contar con una legislación innovadora y ejemplar ante la comunidad internacional.

La aprobación de esta Minuta y su evolución hacia una ley aplicable depende de los buenos oficios del legislador y cuyo dictamen se encuentra pendiente en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

El marco normativo propuesto incluye: La definición clara de la problemática de la trata de personas. Un mecanismo de prevención e identificación de las víctimas. Un programas de profesionalización de las autoridades. Mayores penas para los tratantes.

La aprobación de esta ley tiene varios aspectos positivos: el legislador armonizará las normas de acuerdo a los estándares internacionales; evitar la impunidad de para sus víctimas; prevenir actos de corrupción; mantener el curso de la intención del legislador de la Cámara de origen, cuyo consenso en su aprobación fue unánime.

El boletín está firmado por: Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, AC. Centro de Estudios Sociales y Culturales Antonio de Montesinos, AC. Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, Convergencia de Organismos Civiles para la Democracia, AC. Centro de Derechos Humanos del Migrante, AC. Frontera con Justicia, AC. Observatorio Ciudadano de los Derechos de las Mujeres, AC. Academia Mexicana de Derechos Humanos AC. Red por los Derechos de la Infancia, AC. Foro Migraciones. INCIDE, Social, A.C. Deca Equipo Pueblo, A.C. Democracia y Sexualidad, A.C. FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, A.C. Alianza Cívica, A.C. Sin Fronteras, IAP.

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