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Urgentes, medidas oficiales para concientizar sobre explotación infantil

Por Sonia del Valle

Más de 16 mil niños y niñas que son actualmente explotados sexualmente requieren que los gobiernos federal, estatal y municipal apliquen medidas urgentes para generar conciencia social sobre este fenómeno, pero sobre todo para visibilizar a los adultos responsables de la explotación y a los que demandan estos servicios.

Lo anterior es una de las medidas que propone la investigadora Elena Azaola en su libro «Infancia Robada», quien coincide con los acuerdos que adoptaron más de 88 países que ratificaron el Protocolo Facultativo Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía.

Dicho Protocolo que fue ratificado por el Senado de la República en diciembre pasado y que entró en vigor el pasado 18 de enero, obliga a los Estados partes a promover la sensibilización del público en general, incluidos las y los niños, mediante campañas de información y educación sobre este fenómeno.

Como parte de las medidas que deberán adoptar los gobiernos está la relativa a alertar a la población sobre el fenómeno de la prostitución infantil, venta con fines de explotación sexual y pornografía, a través de los medios adecuados como es el sistema educativo.

México tendrá que informar al Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas a más tardar en dos años, sobre las medidas que adopte para cumplir las disposiciones del protocolo.

Entre las disposiciones del protocolo destacan también la tipificación de los delitos de venta para fines de explotación sexual, prostitución infantil y pornografía infantil en todos los códigos penales del país, protegiendo siempre la integridad e identidad de las víctimas de estos delitos.

El protocolo define la venta de niños o niñas como todo acto o transacción en el cual un niño o niña es transferido por una persona o grupo de personas a otra, a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución; por prostitución infantil se entiende la utilización de un niño en actividades sexuales a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución.

La utilización de niños en la pornografía se define como toda representación por cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales.

De acuerdo con los datos recabados por la investigadora Elena Azaola del Centro de Investigación y Estudios en Antropología Social, las grandes ciudades como el DF, Guadalajara y Monterrey, así como los centros turísticos del país, como Acapulco, Cancún, Cozumel, Los Cabos, y las ciudades fronterizas, son los lugares donde hay mayor concentración de niños y niñas explotados sexualmente.

Igualmente, señala que es preciso revisar todos los códigos penales en el país no sólo para tipificar los delitos contenidos en el protocolo, sino para revisar las penas impuestas para los agresores, explotadores, «enganchadores» y sobre todo para los clientes, toda vez que estos últimos constituyen una pieza clave dentro del engranaje que hace posible la explotación sexual de las y los menores.

Azaola indica que debe juzgarse penalmente a las personas que procuran o son clientes del comercio sexual infantil, y por el contrario debe eximirse de estos delitos a las y los menores de 18 años. A su vez, afirma que deben reglamentarse las medidas específicas para la reparación del daño de las y los niños víctimas de estos delitos.

       
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