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Veracruz: exigen ONG aprobación de Ley de Vida sin Violencia

Por Laura Castro Medina/corresponsal

Organizaciones No Gubernamentales (ONG) de Veracruz hicieron un llamado a los 40 diputados de la Legislatura veracruzana para que respalden el Proyecto de Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia presentado por las 10 diputadas de los diferentes partidos políticos y cuya aprobación fue aplazada, por mayoría de votos, bajo el argumento de contener conceptos ambiguos como «desamor».

En rueda de prensa, integrantes de las organizaciones femeninas Colectivo de Investigación, Desarrollo y Educación (Cidem), Red de Organizaciones Ciudadanas de Veracruz (ROCVer), Xochiquetzal, Centro de Servicios Municipales (Cesem), Pobladores AC, y Colectivo Feminista de Xalapa, entre otras, se unieron para exigir a las y los diputadas del Congreso local la aprobación de la Ley pues mientras se postergue, señalaron, diariamente mueren mujeres veracruzanas víctimas de violencia y esta entidad federativa enmarca el problema en un ámbito familiar.

Monserrat Díaz, del Colectivo Feminista de Xalapa, explicó que este Proyecto de Ley es innovador en Iberoamérica «por su carácter humanista».

Incluye, puntualizó, temas como violencia contra las indígenas, búsqueda de mujeres desaparecidas o la denominada alerta de género mediante la cual tanto autoridades locales como estatales deberán establecer acciones urgentes para atender problemas en materia de salud o educación que perjudiquen a las mujeres.

MARCO PARA OTRAS REFORMAS

Las activistas coincidieron en afirmar que la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia sólo busca resguardar los derechos elementales de las veracruzanas en apego a los tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos, no pretende la tipificación de los diferentes actos violentos como delitos, sino que sirva de marco posteriormente para reformas en los códigos Civil y Penal vigentes en Veracruz.

Lamentablemente, por desconocimiento, los legisladores buscan retardar su aprobación y con ello promueven un ambiente de impunidad para las agresiones cometidas en contra de mujeres, principalmente aquellas que son víctimas de un «crimen pasional» como se ha catalogado a la conducta violenta extrema de un varón desquiciado emocionalmente.

En un comunicado entregado a los medios de comunicación, las voceras de las ONG explicaron que en Veracruz «la violencia de género es un problema vital para las mujeres, que es invisibilizado por la sociedad, por las leyes actuales y por las propias mujeres, dado que lo viven como si fuera una condición de vida natural».

Agregan que «este Proyecto en Veracruz garantiza y protege como bien jurídico el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y, en este sentido, son concebidas por primera vez como sujeto jurídico de una ley».

Tiene, además, «la virtud de conceptualizar de manera clara y precisa la forma en que se concreta la violencia en sus diversos tipos y modalidades, lo que servirá de marco para, en su momento, armonizar jurídicamente en materia de derecho penal, civil, administrativo y otros cuerpos legales».

Por otra parte, su objetivo fundamental es buscar la coordinación de los tres niveles de gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres de todas las edades en el estado de Veracruz.

NO DISCRIMINA A VARONES

Acerca de los temores del género masculino sobre la citada Ley aclaran que «el objeto y los preceptos de esta ley no atentan contra los derechos humanos de los hombres, no afectan su dignidad, ni su libertad; tampoco se trata de una ley discriminatoria de nadie; es una ley que se inscribe dentro de las acciones afirmativas que para revertir profundas e injustas desigualdades y conductas discriminatorias y violentas arraigadas en nuestro contexto cultural».

Contrariamente a lo que algunas personas han opinado, subrayan, está sustentada y perfectamente armonizada con las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la de Veracruz, y los Tratados Internacionales suscritos por México.

07/LCM/GG/CV

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