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Viaje al infierno

Por Cecilia Lavalle

¿Qué día es hoy?, ¿de qué año?, ¿de qué siglo?, pregunto porque tras leer el documento de un organismo internacional en verdad me hice esas preguntas. Y es que al adentrarme en sus páginas me pareció entrar en un espacio donde el tiempo se quedó detenido. Un espacio que para muchas mujeres representa el infierno.

Me refiero al documento que la organización Human Rights Watch dio a conocer el pasado 7 de marzo en nuestro país. Se titula Víctimas por partida doble, obstrucciones al aborto legal por violación en México.

Más allá de su personal postura respecto al aborto, le recomiendo tomarse el tiempo para leer el documento, porque en 104 páginas dibuja el infierno que padecen miles de mujeres frente a eso que llamamos pomposamente sistema de procuración de justicia.

Del eje del documento da cuenta el mismo título. Pero tiene un valor adicional, ya que incluye un análisis de cómo las distintas legislaciones estatales tratan otras agresiones. A eso me quiero referir ahora:

De acuerdo con el estudio, de los 32 estados que conforman nuestra República Mexicana (incluyo al DF), en 25 existen leyes específicas para prevenir y castigar la violencia contra las mujeres. Pero, de esas 25 en 15 exigen que las mujeres hayan sufrido violencia «reiterada» para que se califique como delito. ¿Y qué quieren decir con reiterada? En muchos códigos, según el texto, quieren decir haber presentado al menos tres denuncias por violencia física. (Traducción: una no es ninguna, dos es media, tres es una, y una no es ninguna).

Eso no es todo. Hay legislaciones estatales que para penalizar la violencia contra las mujeres exigen que, además de ser reiterada debe ser «intencional» (Coahuila, Durango, Guerrero, entre otras) y «grave» (Jalisco, Nayarit, Nuevo León). Yo pregunto: Si el agresor argumenta que en realidad no quería dejarle el ojo morado o no quería romperle las costillas, ¿eso se considerará no intencional?, y ya que estoy de preguntona ¿qué tan grave debe ser lo grave? Dos costillas rotas ¿es grave?, ¿una no es grave?, ¿si no hay nada roto no es grave?).

Hay más, porque en 7 entidades federativas ni siquiera se considera un delito (Campeche, Colima, Hidalgo, Querétaro, Quintana Roo y Tlaxcala).

Cuando el estudio se adentra en lo legislado en materia de agresiones sexuales, el asunto se pone francamente peor.

El estupro, por ejemplo. Se considera estupro a las relaciones sexuales mantenidas con una niña o adolescente por medio de la seducción o engaño, sin recurrir al uso de la fuerza.

En 13 estados del país (entre ellos Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Jalisco, Quintana Roo, Sonora), sólo se considera delito si la víctima vive de manera «casta y honesta» (hay códigos que incluso usan un lenguaje medieval: doncella casta y honesta).

En este sentido, algunos médicos legistas señalan que en las investigaciones que deben seguir cuando examinan a una víctima de estupro o violación, se privilegia la indagación respecto a si era virgen o no, y en este segundo caso hacía cuánto tiempo que no lo era.

Visto así, el estupro acaba siendo un delito de «honor» y no un delito a secas. Y eso explica porqué en 11 entidades el delito no se penaliza si el responsable se casa con la víctima (Coahuila, Jalisco, Quintana Roo, Sonora, entre otros).

Respecto a los riesgos que ocasiona la laxitud con que se observa el estupro en México, Alicia Pérez Duarte, fiscal especial para la Atención de los Delitos Relacionados con Actos de Violencia contra las Mujeres declaró en una entrevista a La Jornada (marzo 2 de 2006): «… estoy segura de que muchas de estas redes (las de pederastia) se habrían descubierto antes si se hubiera analizado los estupros que cometen hombres de 40 años con niñas de 13 o 14 años, y a los cuales no se sanciona porque los jueces validan el argumento de que antes de esa violación ya no eran vírgenes».

El periodista Gustavo Castillo le pregunta ¿Esas redes están ligadas con casos de estupro?, y la fiscal responde: «Van incluidas. Hay algunos (casos) muy sonados, como por ejemplo el del prófugo (Héctor Armando) Lastra (Muñoz, ex subjefe de averiguaciones previas de la Procuraduría General de Justicia de Chihuahua, quien supuestamente está involucrado en una red de prostitución de jovencitas) lo dejaron ir porque (la acusación en su contra) era un estupro, y como (se argumentó que) la joven no era virgen, entonces ya no hubo delito qué perseguir, pero nunca se sumó el número de estupros que había».

No le cuento más. En verdad le recomiendo que lea el documento. Está a disposición en www.hrw.org

Apreciaría sus comentarios: [email protected]

*¨Periodista mexicana
06/CL/LR

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