El Centro de Asesoría Laboral de Perú consideró que el documento final de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo (FfD por sus siglas en inglés) debe obligar a las financieras multilaterales a la promoción y protección de todos los derechos humanos.
El texto -según el centro– debería ocuparse de la situación de los trabajadores como parte de todos los derechos humanos. Más aún, la legislación internacional identifica varias garantías legales como necesarias para dar cumplimiento a los derechos laborales que incluyen la prohibición de la tortura y el derecho a la vida.
Observó que la lagislación internacional protege los derechos a un nivel de vida adecuada, a trabajar y a condiciones dignas de trabajo, explicitando la necesidad de vincular la cooperación internacional en ese sentido.
Al respecto estimó que el documento de la FfD debe plantear políticas macroeconómicas «sanas» que generen empleo digno y proteja las libertades fundamentales.
Por otro lado, sostuvo que es necesario que cada país elija su modelo económico libremente y de manera democrática sin presiones que eviten que los programas de privatización y recortes presupuestarios afecten los derechos humanos.
En cuanto a la movilización de recursos privados el texto desecha el impacto negativo con relación a los derechos humanos, vinculados por ejemplo, con inversiones no productivas a corto plazo, volátiles o socialmente irresponsables.
El centro de asesoría laboral destacó que aunque la participación de la sociedad civil es imprescindible en la construcción del proceso de desarrollo sostenible y equitativo, ningún compromiso interestatal debe cargar a los organismos civiles las responsabilidades que pertenecen al Estado.
Por otro lado, consideró inaceptable el llamado a que los países desarrollados contribuyan con el 0.7 por ciento de su Producto Interno Bruto (PIB) para la asistencia oficial para el desarrollo (AOD), toda vez que muchos países en vías de desarrollo pagan más de 10 o 20 veces ese porcentaje anualmente en servicio de deudas privadas y públicas, por lo que propuso duplicar la AOD.
A pesar de que el documento preliminar de la FfD reconoce algunos de los efectos negativos en la protección de los derechos humanos, han sido consecuencia de la deuda externa, no proporciona soluciones ni hace un llamamiento mínimo para adoptar medidas de alivio de deuda en situaciones de fuerza mayor.
De esta forma, recomendó la inclusión de una cláusula de protección de los derechos humanos, además de un compromiso de alivio o cancelación de la deuda que resulta insostenible.
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