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De la guerra y la violencia contra las mujeres

Por Martha Martínez

Nueve instrumentos internacionales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) establecen la responsabilidades de los gobiernos del mundo de defender y garantizar los derechos humanos y la seguridad de las mujeres durante los conflictos armados.

A pesar de los esfuerzos de la ONU, ni la Declaración sobre la Protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o de Conflicto Armado, la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes o la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, entre otros, han podido salvaguardar los derechos humanos de niños, niñas y mujeres.

De acuerdo con informes del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), las mujeres son las principales víctimas de la guerra: enviudan, son desplazadas, detenidas, separadas de sus familiares, víctimas de la violencia, de violaciones por parte del ejército enemigo y de embarazos no deseados.

El documento del CICR señala que aun finalizada la guerra las mujeres padecen los traumas de sus parejas, quienes al haber estado inmersos en tanta violencia reproducen ésta en contra de sus hermanas, hijas o esposas.

Aunque el derecho internacional humanitario otorga amplia protección a las mujeres en la guerra, al prohibir que sean privadas de alimentos, alojamiento, asistencia médica y considerar la tortura, las violaciones y embarazos forzados como delitos de guerra y de lesa humanidad, éstas constituyen prácticas cotidianas contra las mujeres durante los conflictos armados.

Hace medio siglo, los Convenios de Ginebra establecieron que durante la guerra «las mujeres serán especialmente protegidas […] contra la violación, la prostitución forzada y todo atentado a su pudor»; no obstante, estas prácticas en contra de las mujeres y niñas por parte de los soldados contrarios han dejado de ser un botín de batalla para convertirse en una estrategia planificada y pensada con el fin de herir, atentar y humillar al enemigo.

Actualmente ya son nueve los instrumentos internacionales que califican las agresiones contra mujeres durante conflictos armados como crímenes de guerra y de lesa humanidad, en lugar de sólo considerarlos como un simple delito contra la dignidad de las personas. Igual rango otorgan al embarazo, la esterilización y la prostitución forzados, así como la esclavitud sexual y otras formas de violencia sexual.

Además de los anteriormente mencionados se encuentra: la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delito y del Abuso de Poder, los Principios Relativos a la Investigación y Documentación Eficaz de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Denigrantes, y los Principios de Cooperación Internacional en la Identificación, Detección, Extradición y Castigo de los Culpables de Crímenes de Guerra.

MM/RGR

       
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