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Rebasa la práctica de la tortura a las buenas intenciones

Por Martha Martínez

El Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura fue proclamado oficialmente el 12 de diciembre de 1997 por la Asamblea General de Naciones Unidas con el objetivo de recordar a todas las personas que alrededor del mundo han sido torturadas y en la mayoría de los casos, asesinadas brutalmente.

La Asamblea General de Naciones Unidas (ONU) declaró el 26 de junio como el Día Internacional de Apoyo a las Víctimas en 1997, es decir, una década después de que entró en vigor la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes.

La tortura significa infligir deliberadamente un fuerte sufrimiento físico o mental a un ser humano por parte de todos los agentes del Estado, los policías, las fuerzas militares y paramilitares y los servicios de inteligencia.

En este sentido, la Convención establece que la violación y los embarazos forzados son prácticas de tortura porque implican causar intencionalmente un grave e irreversible sufrimiento físico y psicológico. Adicionalmente el peligro de contraer enfermedades de transmisión sexual como el VIH/SIDA es elevado.

La Convención indica que cualquier mujer que haya sido víctima de tortura, tiene derecho a que el Estado le brinde protección física y atención psicológica, realice una indagación y persiga y castigue a el o los responsables conforme a derecho.

No obstante, a 16 años de haber entrado en vigor dicha convención y a tres años de haber proclamado un día internacional para recordar a las personas víctimas de tortura, de acuerdo a Amnistía Internacional (AI), en 111 países del mundo continúa habiendo informes de tortura y tratos inhumanos.

Según AI, en por lo menos esos 111 países del mundo, las violaciones sexuales contra mujeres y los embarazos forzados siguen siendo métodos ampliamente utilizados para castigar, herir y humillar al enemigo.

Esta postura es apoyada por organismos internacionales como AI que establecen «la violación constituye tortura cuando el Estado haya incumplido su responsabilidad de proteger a las víctimas, investigar los hechos y proporcionar a las mujeres una reparación».

De esta forma, los actos de violencia sexual contra las mujeres constituyen acciones de las que el Estado es responsable, toda vez que no ha cumplido con su obligación de proporcionar una protección eficaz, investigar lo sucedido y procesar a el o los responsables.

Por ello, la abolición de esta lacerante práctica requiere del trabajo conjunto de todos los actores sociales, así como la creación de mecanismos para brindar rehabilitación psicológica y física a las víctimas, pero sobre todo, de la voluntad política de las autoridades para investigar y procesar a el o los culpables.

2003/MM/MEL

       
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