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Aprueban Comisiones ley de vida libre de violencia, en Sonora

Por Redaccion

Este martes 2 de octubre, se aprobó por unanimidad en Comisiones del Congreso Local de Sonora, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia en el estado de Sonora y será presentada al pleno para su aprobación definitiva el próximo martes 8 de octubre.

Integrantes de ONG feministas como la Red Feminista Sonorense, Nosotras ciudadanas y Colectivo de Mujeres de Sonora, así como otros organismos civiles y políticos manifestaron estar de jubiló por estos logros y felicitaron a las legisladoras y legisladores de todos los partidos políticos que en comisiones, por unanimidad, votaron a favor de esta Ley.

«Ley que abre una nueva etapa de la vida de las mujeres en Sonora», puntualizaron en un comunicado.

Asimismo la Red de Género y Economía; Género, Equidad, Medio Ambiente y Salud, entre otros organismo, felicitaron a las diputadas de la Comisión de asuntos de la mujer del Congreso, a todos los partidos políticos que «con gran sensibilidad y aplomo» supieron integrar una Ley con las aportaciones de las iniciativas a dictamen.

Tres eran las iniciativas. La del gobernador de la entidad, Eduardo Bours Castelo, la de Acción Nacional y la presentada por la Red Feminista Sonorense a través del Frente Amplio Progresista, PRD y PT del Congreso local.

Respecto a los contenidos de la nueva Ley, el comunicado resalta los tres primeros artículos que especifican el objetivo de la Ley, el papel de las autoridades y principios de igualdad.

En el Artículo 1º se establece que el objeto de la Ley es promover, atender, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres, pero además determina los mecanismos institucionales para procurar y garantizar el acceso de las mujeres sonorenses a una vida libre de violencia.

El Artículo 2º señala que el Estado y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias tomarán las medidas administrativas y presupuestales, tales como procurar que el presupuesto, no sea menor que el año anterior, ni sea desviado a otra partida presupuestal.

En el Artículo 3º se plantean como principios rectores de la ley, la igualdad jurídica de género, la no discriminación, el respeto a los derechos y la dignidad humana y la libertad de las mujeres.

AUTORIDADES Y REFUGIOS

Otros artículos importantes para las ONG feministas de Sonora son el 13 y el 45 que se refieren a violencia institucional, actos u omisiones de servidores públicos y creación de refugios que atiendan a las víctimas.

Así, el Artículo 13 establece la violencia institucional y los actos u omisiones de los servidores públicos, en los términos de las disposiciones relativas de la Constitución Política del Estado y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios, que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.

En el Artículo 45 se indica que el Estado y los municipios garantizarán la creación de refugios para la atención a las víctimas de la violencia, así como apoyarán a los diversos sectores social y privado que tengan por objeto dirigir esfuerzos en el mismo sentido.

CREACIÓN DE UN SISTEMA

Además, se plantea la creación del Sistema y el Programa Estatal para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres.

Es decir, «se crea una política de Estado que buscará garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia y en plena coordinación con la federación, el Estado y los municipios se podrán declarar alertas de género, en municipios donde la violencia hacia las mujeres sea alarmante».

Ahora, señalan, «estaremos en espera de su aprobación definitiva, de su publicación y nos mantendremos vigilantes para su cumplimiento e invitamos a la ciudadanía para la conozca y juntas ayudemos a su puesta en marcha en Sonora», dijeron entre otras las representantes del Centro de Apoyo a la Mujer APPOBUSAC y de la Secretaría de la mujer de UGOCP.

07/ML/CV

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