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Cereso de Mérida violó DH de personas internas y visitantes

Por Redaccion

Un año y tres meses después de que una integrante del Equipo Indignación, organización en pro de los derechos humanos, interpuso una queja contra personal del Centro de Readaptación Social (Cereso) de Mérida por diversas violaciones a los derechos de las personas internos y de quienes los visitan, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (Codhey) emitió la recomendación 10/2008.

Así lo informa en un comunicado el equipo Indignación AC, quien recuerda que la queja contra el Cereso se originó por la ilegal detención de jóvenes durante la redada cometida en el marco de las manifestaciones contra George Bush en Yucatán en marzo de 2007 y que exhibió violaciones a derechos humanos que ocurren cotidianamente en el Centro de Readaptación Social de Mérida en los procesos de visitas.

Luego de la detención de las y los jóvenes, una integrante del equipo Indignación acudió al Cereso, pero personal del penal le negó la entrada, alegando que ella era «abogada» de algunos internos.

Otras personas que intentaban visitar a las y los detenidos sufrieron revisiones lentas, molestas y arbitrarias, «requisitos para ingresar que no tienen sustento y son discriminatorios como el llevar el cabello corto y no usar aretes para los varones, prohibición de introducir periódicos, entre otras violaciones», dice el comunicado.

En un intento de conciliación promovido por la Codhey, que Indignación rechazó, personal del Cereso se quejó de las «malas» intenciones de integrantes de Indignación al pretender visitar a los internos, puesto que seguramente lo que querían era observar y denunciar las condiciones que imperan en ese centro de reclusión.

También alegaron que la negativa a entrar se debió a que no se encontraba en la lista de visitas del interno a quien la integrante de Indignación pretendía visitar, práctica que ha sido denunciada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como violatoria de los derechos de las personas internas.

En el escrito de queja, una integrante de Indignación citó las Reglas Mínimas para el tratamiento de reclusos aprobadas por la ONU, que en su numeral 37 establecen que «Los reclusos estarán autorizados para comunicarse periódicamente, bajo la debida vigilancia, con familiares y amigos tanto por correspondencia como mediante visitas».

El Cereso también vulneró el principio de igualdad que establece que «las medidas de revisión deben aplicarse en forma imparcial y sin discriminación» y contravino el numeral 90 de las Reglas Mínimas ya citadas que establecen el derecho de los internos a recibir libros, periódicos así como otros medios de ocupación».

TARDÍAS E INCOMPLETAS

La Codhey, que demoró un año y tres meses en concluir el caso, recomienda al Director de Prevención y Readaptación Social de Yucatán iniciar procedimiento administrativo contra el Director del Cereso, elaborar y proponer de manera inmediata al Ejecutivo del estado un Reglamento Interno por cada Centro penitenciario existente en la entidad, de acuerdo a las directrices establecidas en los instrumentos internacionales y regionales que nuestro país ha firmado.

También, dotar a los Ceresos de Yucatán de sistemas computarizados para agilizar los trámites de registro de las visitas y ordenar a través de un oficio dirigido a los directores de los centros de reclusión que los procedimientos de revisión se lleven a cabo con pleno respeto de la dignidad de quienes acuden.

Asimismo, recomienda al Director del Cereso de Mérida abstenerse de aplicar criterios arbitrarios en la atención de los asuntos del Centro, así como delimitar en el Centro áreas dignas, suficientes y plenamente identificables para que las y los internos reciban a familiares, amigos y abogados.

La recomendación es tardía e incompleta, señala el equipo Indignación. Durante todo el tiempo que las personas ilegalmente detenidas en la redada cometida por policías estatales y municipales en el marco de las manifestaciones contra Bush estuvieron internas en el Cereso, continuó la violación a sus derechos y a los derechos de quienes intentaron visitarlas.

La queja interpuesta y lo evidente de las acciones denunciadas ameritaba medidas cautelares por parte de la Codhey, considera el equipo Indignación, para que cesaran de inmediato violaciones cometidas en el proceso de ingreso de las visitas y para que a las personas internas se les garantizara plenamente el acceso a prensa, libros y todos sus derechos.

PUNTA DEL ICEBERG

El grupo Indignación advierte en su comunicado que las violaciones documentadas por la Codhey en la recomendación 10/2008 son sólo la punta del iceberg de la situación que priva en los Centros de Readaptación Social del estado de Yucatán.

Cabe recordar, dice, que en días recientes 50 reclusos del Cereso de Mérida denunciaron la comisión de diversas violaciones a sus derechos humanos durante un cateo realizado por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del estado con la anuencia del Director de ese Centro de Reclusión.

De 2001 a la fecha, se han emitido 5 recomendaciones con motivo de diversas violaciones a derechos humanos documentadas en el Cereso de Mérida (4 de la Codhey y 1 de la Comisión Nacional de los Derechos Humano), otras dos por vulneraciones cometidas en el Cereso de Tekax y una derivada de violaciones cometidas por autoridades del Cereso de Ebtún, Valladolid.

Lo anterior viola principios básicos establecidos por Naciones Unidas para Centros de Reclusión, recuerda Indignación en su comunicado, empezando por el más elemental que es la debida separación entre personas que están siendo procesadas y aquellas a quienes ya les fue dictada sentencia condenatoria.

A pesar de ello, ni la administración anterior ni la actual han tomado medidas pararevertir el deterioro que impera en los Centros de Reclusión del estadoy las violaciones cometidas permanecen en la impunidad, finaliza el comunicado. Por ejemplo, la permanencia de Francisco Brito Herrera como director del Cereso de Mérida, responsable, según las recomendaciones arriba mencionadas, de graves violaciones a derechos humanos cometidas en perjuicio de internos, familiares y visitas.

08/GG/CV

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