La Academia Mexicana de Derechos Humanos (AMDH), a través del Vigía ciudadano del Ombudsman, exhortó al presidente de la Comisión estatal de Derechos Humanos de Yucatán, Jorge Victoria Maldonado, para que presente «el recurso legal» correspondiente tras las reformas constitucionales que protegen la vida desde el momento de la concepción (sic) y que van en detrimento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Este es el segundo exhorto en menos de un mes que las organizaciones civiles le hacen al Ombudsman yucateco, que a la fecha aun no fija su postura al respecto.
En un comunicado, Noemí Ramírez, directora de la AMDH, pide a Maldonado «salvaguardar» los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres yucatecas al recordarle que la institución que preside se creó para garantizar el «respeto irrestricto de los derechos humanos y el incumplimiento de los estándares internacionales de los derechos humanos».
Asimismo, recuerda que es una facultad de los organismos públicos de derechos humanos estatales y de la Comisión Nacional interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes que afecten los derechos humanos.
La Red del Vigía ciudadano consideró que las reformas aprobadas por el Congreso estatal «son un retroceso» a los avances obtenidos tras años de lucha en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, además de que son violatorias de diversos tratados y acuerdos internacionales signados por México en la materia, entre los que citó:
La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), el Programa de acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, conocida como El Cairo, y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la mujer (Belém Do Pará).
Además, señala, la iniciativa viola los derechos al respeto de la vida de la mujer, a su integridad física, psíquica y moral, a su libertad y seguridad personal, a no ser sometida a tortura, a que se respete la dignidad inherente a su persona, a la igualdad de protección ante la ley, y a la libertad de profesar la religión y creencias propias.
Lo que aprobó el congreso estatal, dice el comunicado, va en contra de los principios rectores de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia e incurre en violencia institucional porque discrimina, obstaculiza e impide el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.
Cabe recordar que durante la pasada LVIII legislatura local, los legisladores del Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido Revolucionario Institucional (PRI) aprobaron reformas al Artículo primero y 94 de su Constitución y al Artículo 392 del Código Penal estatal penalizando el aborto por razones económicas permitido únicamente en esta entidad.
Con las modificaciones publicadas en su Diario Oficial el 7 de agosto, Yucatán reconoció, protegió y garantizó el derecho a la vida «de todo ser humano al sustentar expresamente que desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural. Con las salvedades ya previstas en las leyes ordinarias.
En tanto, el Código Penal reformado señala que las mujeres que aborten recibirán «tratamiento médico integral referido que tendrá como fin, entre otros, reafirmar los valores humanos por la maternidad procurando el fortalecimiento de la familia».
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