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Pandemia por COVID-19 ¿Qué implica esta situación para las mujeres privadas de la libertad?

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Enfrentar una pandemia conlleva una obligación y sobre todo una exigencia para los Estados de llevar a su máximo nivel todas las acciones necesarias para salvaguardar el derecho a la salud de todas las personas, por lo que argumentar la falta de recursos materiales o de otra índole no serían aplicables para un contexto de esta magnitud. 

Implica adoptar medidas dentro de las cuales se les puede brindar medicamentos, atención médica, una alimentación adecuada, entre otros. Sin embargo, estos derechos se limitan aún más cuando se trata de mujeres privadas de la libertad.

Para contextualizar, los problemas a los que se enfrentan las mujeres privadas de la libertad como violencia sexual, torturas o malos tratos, la falta de acceso a la salud en general o ginecológica, acceso a cuestiones básicas como alimentación adecuada o agua potable, son problemáticas y violaciones que viven día con día. 

En su mayoría, viven situaciones como la pérdida de lazos afectivos y de cuidado, falta de apoyo económico, sensación de abandono de sus hijas e hijos; por lo que resulta importante reflexionar respecto del principio que establece que la pena no debe trascender de la persona privada de la libertad, ya que el sufrimiento derivado de la privación alcanza a toda la familia, con sentimientos de angustia, impotencia, injusticia, aunado a la carga económica; entonces la pena sí trasciende a las familias y no queda sólo en la persona que cometió el delito. 

Cabe mencionar que dentro de la prisión aprenden a convivir con otro tipo de violencias institucionales y se adaptan a los horarios, actividades y subempleos que oferte el centro penitenciario dependiendo si es estatal o federal, de esta particularidad dependerá en gran medida el resto de su vida en prisión.

Mientras en las prisiones estatales reina el hacinamiento y corrupción, en el único centro femenil federal en México impera la rigidez y el maltrato del personal de custodia, además de estar muy alejado de su lugar de origen, del juzgado donde se lleva su proceso, vulnerando su derecho a una justicia pronta y expedita, sumado a que dicha lejanía dejará a sus seres queridos desgastados económica y psicológicamente a través del tiempo.

Es así que, considerando todas las complicaciones y obstáculos que sobrellevan las mujeres privadas de la libertad ordinariamente, el estar viviendo una pandemia de COVID- 19, conlleva necesariamente una prueba más de supervivencia, donde no debemos olvidar la responsabilidad de Estado como garante de los Derechos Humanos de este grupo vulnerable. 

Generalmente, las mujeres privadas de la libertad, para satisfacer sus necesidades básicas deberán buscar alimento y agua que algunas compañeras le obsequiarán en lo que sus familiares le pueden llevar suministros de limpieza y de higiene personal, cuidado femenino, cobijas, ropa, comida, agua, medicinas y dinero para poder sobrevivir en el mejor de los casos.

Por lo que medidas como la restricción de visitas en razón de la pandemia, ubica a las mujeres en una situación de mayor vulnerabilidad, pues son sus familiares quienes les abastecen de artículos de primera necesidad, ya que este tipo de insumos no los provee la autoridad penitenciaria de manera suficiente y adecuada, a pesar de ser una de sus obligaciones.

Considerando que para combatir la pandemia, el acceso al agua potable y jabón resultan indispensables, las mujeres privadas de la libertad constantemente se enfrentan a la falta de acceso a este derecho básico por lo que incrementa aún más la posibilidad de contagio de esta enfermedad.

Ante la pandemia, el sistema penitenciario emitió medidas como la restricción de visitas para prevenir la propagación del virus, sin embargo, éstas resultan ambiguas, tanto para las mujeres privadas de la libertad, como para sus familiares, pues se desconoce cuáles son las medidas concretas adoptadas actualmente y futuras acciones.

Es así que la incertidumbre de las mujeres privadas de la libertad ante el virus del COVID-19 no se queda sólo en la prisión, sino que va más allá de las paredes del centro penitenciario, ya que, las medidas adoptadas por el Poder Judicial de suspender actividades las afectan directamente ya que se impide el acceso a la justicia en casos urgentes como éste. Las interrogantes estriban entre otras, en saber ¿cuánto tiempo durará esto? y si se supone que la justicia es pronta y expedita ¿por qué detuvieron mi proceso mientras sigo privada de la libertad?

El COVID en las prisiones y en específico en las mujeres privadas de la libertad va más allá de los contagios, falta de insumos para higiene personal, sino que también afecta el derecho a sus garantías procesales, a un acceso a justicia pronta, pues al no existir labores por parte de los tribunales, las mujeres continúan en una incertidumbre en cuanto su proceso penal, lo que afecta el principio constitucional de certeza jurídica.

La vida de las mujeres en prisión resulta aún más complicada por todo lo que enfrentan cada día y es aquí en donde comienza a tomar importancia su capacidad de resiliencia, ya que cada una ha tenido que ponerla a prueba para poder enfrentar las circunstancias y las huellas que quedan marcadas en sus vidas al estar en prisión y ahora aún más, con una pandemia.

La contingencia por el COVID-19 representa para ellas un punto de alarma, pues es menester que las autoridades penitenciarias tomen medidas urgentes de prevención y respeto a sus Derechos Humanos y hacer del conocimiento tanto de ellas como de sus familiares, las acciones para el futuro, de lo contrario, esta situación seguirá en un constante peligro de contagio e incertidumbre.

20/RED

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