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Aún falta para lograr que mujeres sean sujetas de derechos, afirman expertas

Por Aline Espinosa Gutierrez
violencia de género

Ciudad de México. De cara al “Día Internacional de los Derechos Humanos”, que se celebra el 10 de diciembre de cada año, especialistas en género y defensoras coincidieron que aún falta mucho por trabajar para que las mujeres sean consideradas como sujetas de sus derechos y los puedan ejercer en total plenitud, como consecuencia, la violencia contra ellas se ha agravado en los últimos años y las desigualdades de género prevalecen.

Al participar en el programa “Análisis Feminista” de Radio Violeta, las defensoras detallaron que el no reconocimiento de los derechos de las mujeres ha conllevado a que la cultura de violencia contra ellas prevalezca en la sociedad. Ejemplo de ello es que en 2015 se cometieron 412 casos de feminicidio en México, cifra que para 2020 pasó a 946 (la más alta hasta el momento) y a 890 hasta octubre de 2021, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo. 

Como la violencia no para en el país, la protesta feminista para exigir el respeto a los derechos de las mujeres ha incrementado en los últimos años, prueba de ello son las marchas suscitadas en 2019, 2020 y 2021, en las cuales mujeres de distintas edades, estados y comunidades, se han agrupado en acciones sociales para pedir un alto a la violencia feminicida, respeto al derecho a decidir a ser o no madres o sobre el cuerpo, derecho a caminar libres por las calles, derecho a levantar su voz, entre otras. 

Para las defensoras es necesario que la cultura de la no violencia contra las mujeres sea una realidad para que sus Derechos Humanos sean respetados tanto en el papel como en la vida, de otra forma ellas seguirán enfrentando dificultades para acceder a la educación, disfrutar una vida libre de violencia, tener un trabajo, cerrar las brechas de género y estar en igualdad con los hombres. 

Agregaron que desde 1993, los derechos de las mujeres son parte del marco jurídico de los Derechos Humanos, que incluso especifican condiciones concretas de desigualdad debido al género al que pertenecen. A esto se le suma la creación de instituciones enfocadas en la violencia de género, sin embargo todas estas acciones no han impulsado los avances esperados, por lo que “las mujeres ni de las libertas esenciales gozan”, dijo la coordinadora de la Red Mesa para las Mujeres, Imelda Marrufo Nava. 

La defensora comentó que los pocos avances son resultado de la supervisión, monitoreo y trabajo de las mujeres, quienes han laborado para que organismos nacionales e internacionales, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) emitan recomendaciones al Estado mexicano para que trabaje en políticas públicas en educación, salud, entre otras, a fin de que los derechos de las mujeres y niñas sean respetados en todos los espacios. 

Pese a estas recomendaciones, mencionaron las defensoras, el Estado mexicano no desarrolla cambios en sus políticas, protocolos, no cumple con sus obligaciones. Ejemplo de ello es que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) condenó hace 24 meses al Estado mexicano por su responsabilidad en la violación y tortura sexual cometida por policías contra 11 mujeres, sin embargo la administración actual, encabezada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, no ha cumplido con las medidas de reparación. 

Este caso conocido como “Atenco” sucedió en 2006 en San Salvador Atenco, en el Estado de México, pero a 15 años del hecho, las víctimas no han accedido a la justicia ni ninguna de las recomendaciones ha sido llevada a cabo, entre ellas, la investigación y sanción de los responsables, a pesar de que la violencia sexual es uno de delitos más recurrentes contra mujeres en el país, tan sólo de enero a octubre de 2021, se han cometido 17 mil 784 casos de violaciones, y 5 mil 216 casos de abuso sexual contra mexicanas, según datos del Secretariado Ejecutivo.

Para la presidenta del Instituto de Investigación y Estudios en Cultura de Derechos Humanos, Rosy Laura Castellanos Mariano, si casos como el de “Atenco” no han obtenido la reparación del daño ni justicia, muchos menos otros, por lo que es probable que más hechos de violencia o tortura sexual contra mujeres se sigan cometiendo en el país, por lo que llamó a la población a conocer los acuerdos y normativa nacional e internacional que protege los derechos de las mujeres. 

En opinión de las defensoras es importante que las mujeres se sumen aún más al movimiento feminista y que creen redes para que tengan más presencia en puestos con poder, en la academia, y en organismos para así impulsar la agenda de género desde una perspectiva de género, en la que sus necesidades y problemáticas que las afectan se coloquen en el centro. 

Colima reconoce el derecho a decidir

El pleno del Congreso de Colima se pintó de verde el pasado 1 de diciembre, al aprobar con 14 votos a favor, cinco en contra y cuatro abstenciones, que las mujeres puedan abortar hasta las 12 semanas de gestación por voluntad propia y con ello reconoció el derecho a decidir sobre sus cuerpos. Esta decisión fue celebrada por organizaciones feministas y defensoras de distintos estados, como un avance hacia el reconocimiento de los derechos de las mujeres. 

La iniciativa fue presentada por la diputada del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Ana Karen Hernández, a fin de reformar varios artículos del Código Penal y la Ley de Salud de Colima, respecto a la interrupción voluntaria del embarazo. Una de estas  modificaciones es que al artículo 30 del Código Penal, se agrega el siguiente párrafo: “El médico a quien corresponda practicar la interrupción legal del embarazo y cuyas creencias religiosas o convicciones personales sean contrarias a tal procedimiento, podrá ser objetor de conciencia, teniendo la obligación de referir de inmediato y por escrito a la mujer con un médico no objetor”. 

Un cambio más, de acuerdo con medios locales, es que se agregan dos causales a las ya consideradas en el Código Penal respecto al aborto: “cuando una autoridad le hubiese negado previamente la posibilidad de interrumpir su embarazo dentro del plazo de las primeras 12 semanas de gestión” y “cuando, en la presentación de los servicios contemplados en la Ley de Salud, el personal médico o de enfermería hubiese omitido informar correcta y oportunamente a la mujer de su derecho a interrumpir su embarazo de manera legal y segura durante las primeras  12 semanas de la gestación”. 

Es necesario decir que la legislación sobre el aborto en Colima data desde 1984, la cual estipula en su artículo 141 del Código Penal local, “que la mujer que consienta o aborte serán sentenciada de 2 a 4 años en prisión y una multa equivalente de 50 a 70 días de salario mínimo” mientras que en el artículo 141 describe que el aborto no es punible “cuando se practica en los primeros 3 meses del embarazo y sea resultado de una violación o de alguna técnica de reproducción asistida indebida; cuando corra peligro la vida o salud y cuando el producto presente alteraciones genéticas o congénitas”.

21/AEG/LGL

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