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9 Poderes Judiciales no cuentan con registro propio de órdenes de protección: EQUIS Justicia

Por La Redacción
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30 Poderes Judiciales ya cuentan con buscadores de sentencias como parte del cumplimiento de la obligación de publicar sus sentencias, aunque solo 21 cuentan con lineamientos para la elaboración de sentencias públicas, reveló el primer “Diagnóstico Nacional de Justicia Abierta Feminista en México”.

El Diagnóstico, presentado el pasado 4 de julio, es el primero en su tipo y un esfuerzo liderado por EQUIS Justicia para las Mujeres, en conjunto con la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia (AMIJ), y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en el marco del Pacto por una Justicia Abierta con Perspectiva de Género, firmado el pasado 22 de febrero de 2022.

Este documento representa una radiografía del estado actual de la Justicia Abierta Feminista, “con el fin de guiar a los poderes judiciales locales en la institucionalización de un nuevo modelo de justicia que contribuya al acceso a la justicia en condiciones de igualdad y sin discriminación”. 

Durante la presentación del diagnóstico se reconoció su importancia al ser un documento que aborda siete líneas estratégicas que conforman al Pacto por una Justicia Abierta con Perspectiva de Género, a saber: en la generación de información estadística útil y accesible; la implementación de mecanismos de participación ciudadana; el mejoramiento de la calidad de la capacitación judicial; el fortalecimiento de sus Unidades de Transparencia; el establecimiento de Políticas de Transparencia Proactiva; la publicación y difusión de sentencias; así como la implementación de prácticas innovadoras para mejorar el acceso a la justicia, tanto en formato digital como estrategias alternativas. 

A esta iniciativa se han adherido 10 poderes judiciales, 26 órganos de transparencia y 71 organizaciones de la sociedad civil y académicas.

Personas juzgadoras no están lo suficientemente capacitadas en temas de migración

El Diagnóstico identifica que 19 de 32 Poderes Judiciales cuentan con mecanismos de participación ciudadana, e incluso nueve de ellos reportaron vinculación con organizaciones de la sociedad civil. 

Incluso, en el documento se indica que, a nivel nacional, los temas en los que menos se capacita las personas juzgadoras son derechos de las personas migrantes y poblaciones LGBTIQ+. 

“De ahí la importancia de reconocer que, a la fecha, el acceso a la justicia tiende a ser un privilegio, y es aún más complicado para grupos en situación de vulnerabilidad que enfrentan violencias e impunidad. Por lo mismo, para poder dar soluciones a los conflictos en el país, tenemos que asegurarnos de reconocer las voces, experiencias y aportaciones de todas las personas a las concepciones y modelos de justicias”, destacó EQUIS.

Nueve Poderes Judiciales no cuentan con un registro propio de órdenes de protección

Aunque la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) que mandata el registro de datos en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), entró en vigor desde 2007, sin embargo, algunos Poderes Judiciales comenzaron a capacitarse para registrar las órdenes de protección hasta 2021, como es el caso de Aguascalientes, Veracruz, Jalisco y Oaxaca. 

El diagnóstico revela que nueve Poderes Judiciales respondieron que no cuentan con un registro propio de órdenes de protección.

CIMACFoto: César Martínez López

Además, ocho Poderes Judiciales emplean de forma indistinta los términos “medida de protección” y “orden de protección”. “Lo anterior puede causar confusiones, tanto a las usuarias del sistema de justicia como a las autoridades que las dictan pues propiamente las medidas de protección están sujetas a una demanda penal o proceso judicial, mientras que las órdenes de protección son autónomas, por lo cual no requieren que exista una denuncia o una causa penal para ser dictadas por las autoridades”.

Por otro lado, de los 23 Poderes Judiciales que reportaron contar con un registro de las órdenes de protección, solo 15 especificaron las variables que registran. 

Ante ello, EQUIS recomienda estandarizar a nivel nacional los criterios para la captura de información de las instituciones que conforman el sistema de justicia, además de publicar la información generada de manera accesible, comprensible y en formatos de datos abiertos, de manera que pueda ser empleada tanto por las instituciones de justicia como por la diversidad social para la toma de decisiones que abonen a mejorar los servicios que brindan.

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