Ciudad de México.- Claudia Sheinbaum, en conjunto con la titular de la Secretaría de las Mujeres, Citlalli Hernández y la consejera jurídica presidencial Ernestina Godoy, realizaron la firma de decreto sobre la reforma a siete leyes secundarias en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencias y la erradicación de la brecha salarial por razones de género.

Con la firma del decreto, la titular del poder ejecutivo aseveró que, oficialmente, el Estado mexicano ha blindado los derechos de las mujeres y con ello, el país se convierte en uno de los más avanzados en materia de derechos de las mujeres, niñas y adolescentes.
Según se explicó, los órganos federales tienen la obligación de perseguir las órdenes del decreto por la igualdad sustantiva. Por ejemplo, si se identifica una brecha salarial donde la mujer perciba una retribución económica menor que sus congéneres por exactamente el mismo trabajo, entonces, se debe asistir a la Secretaría del Trabajo y anteponer una queja, pues ahora, el órgano está legislado para actuar y gestionar cualquier práctica que viole el decreto.
Sin embargo, resulta necesario acotar que no sólo se trata de poner un piso salarial parejo, sino más bien, de propiciar las condiciones para alcanzar la igualdad; condiciones como abatir la desproporcional carga de cuidados, nombrar la maternidad y sus implicaciones, así como reconocer otras realidades como por ejemplo, madres autónomas, mujeres que maternan infancias con discapacidad o las madres buscadoras que acortan sus jornadas laborales remuneradas por permanecer en la lucha por la justicia, como Cristina Bautista Salvador quien ha buscado por una década a su hijo Benjamín, estudiante desaparecido de la Normal de Ayotzinapa.
Todas estas realidades permean e inciden en que la brecha salarial no alcance a cerrarse, por el contrario, propician despidos injustificados, incapacidad de conciliar los horarios entre trabajo remunerado – no remunerado o falta de políticas laborales en materia de permisos de maternidad y paternidad.
En una breve respuesta, Claudia Sheinbaum refirió que existe una política desde hace años donde se logran resolver estas circunstancias de manera expedita sin necesidad de esperar juntas de conciliación, donde se cita a la persona empleadora y empleada con el objeto de consolidar un acuerdo justo; no se nombró más sobre propiciar las condiciones para zanjar la brecha salarial, pues se debe recordar que es un fenómeno estructural que va más allá de, estrictamente, hablar de salarios.
Esto último, ya lo advertía el director de analítica de datos de Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) Víctor Gómez Ayala:
«Sí, se trata de incrementar la participación de las mujeres, pero el diseño de esta política debe ir de la mano de un diagnóstico puntual de estas realidades para que promueva un mayor crecimiento del país a largo plazo»
Pendiente la justicia y atención jurídica
Si bien el avance de esta política nacional implica una mejoría en la calidad de vida de millones de mujeres, niñas y adolescentes, se debe atajar que esta igualdad sustantiva está estrictamente ligada únicamente a la legislación; las leyes están presentes, pero el trecho para consolidar acciones afirmativas que combatan la violencia, aún está pendiente.
Claudia Sheinbaum explicó que, la próxima deuda a saldar con las mujeres, es ajustar y mejorar las fiscalías y ministerios públicos del país, instancias conocidas por obstaculizar el acceso a la justicia, seguridad y prevención.
De acuerdo con Mexicanos Contra la Corrupción e Impunidad (MCCI), cada hora se denuncian un promedio de entre tres y cuatro casos de abuso sexual y/o violaciones, es decir 90 casos al día; en una década se denunciaron cerca de 330 mil delitos sexuales en el país.
La situación empeora si se considera que el 91 por ciento de los casos denunciados quedan en total impunidad, lo que refleja que las mujeres no solo sufren de violencia, sino que además no encuentran maneras de tener acceso a la justicia.
Según MCCI, las fiscalías del país reportaron que, en una década fueron detenidos más de 98 mil sospechosos, pero solamente se dictó sentencia condenatoria en 28 mil 455 casos, es decir solo al 29 por ciento.
Tales hechos contribuyen a desincentivar a las mujeres víctimas de violencia a denunciar, puesto que la probabilidad de tener éxito en sus denuncias y castigar a los culpables, son bajas.
Se debe recordar que ya existe una propuesta para crear una Fiscalía General especializada en violencia en razón de género. Desde noviembre, la diputada Nayeli Fernández del partido verde, ha empujado esta reforma que pretende modificar los artículos 102 y 116 de la Constitución y con ello, se buscaría crear diversas fiscalías especializadas en género por cada entidad del país; esta propuesta fue girada a la Comisión de Puntos Constitucionales y desde entonces, permanece congelada.

¿En qué consisten los 7 artículos que constituyen la reforma?
El 3 de octubre Claudia Sheinbaum Pardo, presentó su paquete de reformas que, en su contenido, se contemplaban un conjunto de leyes secundarias, entre ellas, la de Igualdad Sustantiva y erradicación de las violencias en contra de las mujeres.

La ley ha avanzado con prontitud desde el 24 de octubre en la Cámara de Senadores y el 5 de noviembre, fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados; el ciclo legislador de esta ley ha concluido y el decreto ha sido firmado con éxito este 16 de diciembre. ¿Qué contemplará y qué tanto modificará nuestra Constitución?
El primer artículo donde se debe poner lupa es 4°, donde se establece el derecho a la igualdad sustantiva y que garantizará, según Citlalli Hernández, una vida libre de violencia y compromete al Estado mexicano a reconocer que, históricamente, las mujeres han vivido circunstancias de exclusión y violencia; este artículo es el parteaguas de esta ley, pues reconoce las asimetrías sistémicas y promete combatir todas las desigualdades históricas que han atravesado a las mujeres.
Los siguientes artículos vienen por paquete: El 21 y el 73. Estos dos artículos estipulan cuestiones en materia de seguridad pública y el actuar honrado para las personas juzgadoras; esta reforma alcanza estos dos artículos añadiendo dos palabras: Perspectiva de género. Según promete, toda persona funcionaria en seguridad pública deberá atender las interseccionalidades y hacer uso de esta herramienta en su labor.
El siguiente paquete de artículos que será reformado es el 116 y el 122; artículos donde se nombran las obligatoriedades de las Fiscalías
Especializadas en las entidades federativas. Al incluir la igualdad sustantiva en estos dos artículos se proyecta que todo Congreso local comience a actuar en consonancia a lo establecido en la Constitución Política. La reforma de estos dos artículos resulta vital para comenzar a homologar las leyes a nivel federativo; toda Fiscalía especializada local deberá cumplir con los principios de perspectiva de género.
El siguiente artículo es el 41 y la reforma implica alcanzar la paridad a nivel federal, estatal y municipal, es decir, todo espacio político deberá contar con un 50% de mujeres en la toma de decisión.
El séptimo (y último) artículo reformado que llega con esta ley es el 123, uno de los más populares por contener todas las fracciones relacionadas a condiciones laborales, salarios mínimos, días de descanso y actividad económica. Ahora, con la reforma de igualdad sustantiva, se estipulará un piso parejo salarial; una primera ofensiva en contra de la brecha salarial que intentará que las mujeres reciban un pago justo por su trabajo.