Ciudad de México.- A casi una semana de que un juez ordenara a Netflix México la eliminación de escenas y contenido sexual de la serie ‘Luis Miguel’ en donde se hizo referencia y representación de la actriz Issabela Camil, la empresa continúa sin acatar la medida de protección fundada en la Ley Olimpia.
Contrario a lo que varios medios de comunicación aseguraron, el caso de Issabela Camil vs Netflix aún no ha terminado. No obstante, la medida de protección fundamentada en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, representan un avance en el caso, pues ordena «la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados» de manera inmediata.
Una medida de protección es aquella que brinda cuidado, seguridad e integridad a las víctimas que denuncian algún delito que se interpone de forma temporal durante el proceso legal para no ponerlas en riesgo. La eliminación del material fue una petición que el equipo legal de Issabela Camil había solicitado desde 2023 y que en 2025 de aprobó gracias a que se retomó en diciembre de 2024.
Para ello, además de determinar que se trata de un caso de violencia de género, el juez concedió a Netflix México un lapso de tiempo de 24 horas para bajar los contenidos en los que se hace referencia a la actriz, sobre todo aquellos de carácter sexual. Hasta el momento, la orden no se ha cumplido debido a que la empresa en territorio mexicano no tiene acceso a la edición del material, sino que le corresponde a Netflix Estados Unidos.
¿Dónde queda la justicia y los avances contra la violencia sexual digital cuando el que te violenta no es una persona física, sino una empresa extranjera? Esta es la cuestión a la que enfrentan muchas mujeres cuyos cuerpos han sido exhibidos desde plataformas ajenas al país donde residen como las compañías pornográficas.
Carlos Olvera y Adrián García, equipo legal de la actriz, explicaron para Cimacnoticias que, desde mayo de 2023 se interpuso la demanda contra la empresa en sede mexicana por el delito contra la intimidad sexual, el cual está tipificado en el artículo 199 octies del Código Penal Federal y respaldado por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia gracias a la Ley Olimpia.
De esta manera, cuando alguien comete el delito contra la intimidad sexual es porque «divulgó, compartió, distribuyó o publicó imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización».
Asimismo, también lo cometen quienes lo videograben, audiograben, fotograben, impriman o elaboren dichos contenidos. Por lo que, de acuerdo al Código Penal Federal quienes infringan en este delito tendrán una pena de tres a seis años de prisión y una multa económica.
Sin embargo, desde que comenzó la demanda, Netflix México ha buscado forma de desligarse de la responsabilidad alegando que su papel dentro de la empresa solo el de proporcionar el acceso a las personas usuarias mexicanas al servicio de los contenidos de la empresa americana. Sin embargo, el equipo legal de Issabela Camil señalo que ese acto sigue siendo catalogado como «distribución de contenidos».
«Es una investigación muy difícil y compleja también para las fiscalías, por todo lo que implica. Entonces todo había falta para llegar a una a una sentencia» -Carlos Olvera y Adrián García, equipo legal de Issabela Camil.
Recordemos que, la Ley Olimpia nació a raíz de la difusión de un video de contenido sexual que no fue autorizado y que fue difundido de forma masiva en el estado de Puebla. Después de un largo recorrido de la víctima para limpiar su imagen, se logró impulsar una iniciativa para reformar el Código Penal en el estado y tipificar las conductas como violación a la intimidad.
Más tarde se replicó en todas las entidades federativas, logrando un respaldo jurídico para todas las mujeres que atravesaron lo mismo y evitar que otras mujeres sean víctimas.
Los vacíos de la Ley Olimpia
¿Por qué si la actriz no participó directamente en la serie se le considera como víctima del delito contra la intimidad sexual? De acuerdo con la Ley Olimpia, se entiende que la violencia digital son todas las acciones en las que se exponga contenidos sexuales en diferentes formatos y sin el consentimiento de la víctima para atentar contra la integridad, dignidad y la vida privada de las mujeres.
Si bien la serie ‘Luis Miguel’ es vendida como una biografía, elaborada con elementos ficticios y retomados de la realidad, hace evidente las referencias hacía los verdaderos personajes implicados en la vida del cantante, además de que para la construcción del personaje que representa a la actriz se combinaron su nombre con su apellido artístico. De esta manera, la vida personal de Issabela Camil quedó expuesta, así como su representación en las escenas sexuales.
Historias como la de Issabela Camil se replican al momento de dar justicia a las mujeres, pues aún existen vacíos legales en La Ley Olimpia, según señalaron Carlos Olvera y Adrián García. Esto ha permitido que se encuentren nuevas formas de violentar o justificar la violencia sexual digital hacia las mujeres.
Ejemplo de ello, es el caso de Issabela Camil quien enfrenta a una empresa de entretenimiento, pero también las estudiantes del Politécnico porque resisten ante la inteligencia artificial. En ambos casos, el sistema patriarcal ha encontrado una forma de reproducir formas de violencia sexual digital que en algunos casos la Ley Olimpia no alcanza a cubrir.
Por ello, se deben seguir expandiendo los mecanismos de protección hacia las mujeres para asegurar que no existan vacíos legales a los que la impunidad pueda escapar.