Inicio AgendaCongreso de Michoacán da siguiente paso para hacer efectivo el derecho al aborto. Legislan Ley de Salud

Congreso de Michoacán da siguiente paso para hacer efectivo el derecho al aborto. Legislan Ley de Salud

Por Arantza Díaz

Ciudad de México.- En una sesión que cerró cerca de la medianoche del 27 de febrero, el Congreso de Michoacán aprobó un paquete de adiciones a la Ley de Salud de la entidad; con 23 votos a favor, 0 abstenciones y 6 en contra, para lograr que el derecho a la interrupción legal del embarazo sea contemplado en todo Sistema de Salud a fin de que todas las mujeres de la entidad puedan ejercer su derecho al aborto de forma segura, legal, gratuita y laica.

Entre los principales puntos de la aprobación del decreto se encuentra que las instituciones de salud no pueden negar el servicio de una ILE, teniendo un plazo máximo de 5 días hábiles para realizar el procedimiento.

Además, la objeción de consciencia será inhábil siempre y cuando corra peligro la vida de la mujer, niña o adolescente solicitante; la Secretaría de Salud también deberá mantener un registro constante de su personal objetor de consciencia y garantizar la disponibilidad de personal no objetor en todo momento.

Esta victoria se articula con la despenalización del aborto que se logró el pasado 10 de octubre y es que, realizar estas reformas había sido una demanda constante de las organizaciones feministas de Michoacán, quienes hace 4 meses cuestionaron que no sólo se trataba de despenalizar el aborto, sino verdaderamente, garantizar el acceso a este servicio de salud y abolir todo aborto inseguro, peligroso e insalubre que representa el 16.4% de las muertes maternas en nuestro país.

En aquel entonces, las colectivas michoacanas exigieron:

  • Reformar la Ley de Salud de Michoacán con redacción precisa del derecho a la interrupción legal del embarazo
  • Garantía de recursos humanos, económicos, técnicos, materiales suficientes y de calidad, incluidos capacitación en todas las clínicas, hospitales y centros de salud
  • Educación sexual integral, laica, científica y libre de tabúes
  • Campañas de concientización para la ciudadanía, personal de salud y el personal de procuración de justicia de todo el estado acerca de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

Ahora, la primera exigencia se ha vuelto una realidad y la Secretaría de Salud se prepara para gestionar y asegurar la interrupción legal del embarazo a toda mujer, niña o adolescente que ejerza este derecho, un primer paso para erradicar el aborto inseguro.

La discusión se turnó acalorada entre las y los diputados del PAN quienes llevaron al Pleno una pancarta provida y también, reprodujeron un video con la leyenda «Su vida podría terminar un día antes de nacer, cada vida cuenta» e imágenes explicitas.

La diputada Vanessa Caratahea expuso que el aborto es la «salida más cómoda» y se reconoció feminista, defensora de las mujeres, pero también, provida.

«Me preocupa que el siguiente paso del Congreso al aprobar la reforma a la ley de salud que permita la ILE en cualquier etapa gestacional, puede ser incluso, un mes antes»

Por su parte Octavio Ocampo del PRD, sostuvo que no era necesario tener un falso debate, pues el aborto ya está despenalizado y que la discusión era que las mujeres accedieran a este derecho señalando que

«La justicia social que sostiene la OMS, es quien exige el acceso para la interrupción del embarazo, por eso, este dictamen incorpora los principios establecidos permitiendo que las mujeres puedan acceder a procedimientos médicos seguros minimizando los riesgos de la salud».

Paralelamente, diputadas y diputadas del PAN reviraron en la materia con una serie de señalamientos poco claros y tergiversados, como por ejemplo, que el aborto produce infertilidad, serios problemas psicológicos en las mujeres, que el aborto violenta a las mujeres pues es machista y que los bebés de hasta 9 meses serán asesinados.

Sobre estas posturas, Cimacnoticias conversó con Francisco Cué del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) en Las mujeres podrían abortar después de la semana 12 de gestación en CDMX. Mitos, explicación y resistencias, ¿realmente existen los «abortos» a los 9 meses? Para comenzar a desmenuzar esta resistencia primero se debe apuntar a algo: No existe algo tal como un aborto a los 7, 8 o 9 meses, eso ya tiene un nombre y es parto prematuro. Algo que ha existido desde siempre y que no infiere la muerte de ningún bebé, por el contrario, se atenderán las medidas suficientes para su bienestar.

Francisco Cué dice que, si bien es una duda generalizada, es un sinsentido que no debe nublar la vista de lo que es verdaderamente importante. El representante del GIRE rememora aquel 2021 cuando se discutió en la Corte la histórica sentencia del Caso Coahuila y la ministra Margarita Ríos Farjat se hizo tendencia por decir: No nos engañemos, ninguna mujer se embaraza para abortar.

«Ahora, parafraseando esto, me gustaría decir que ninguna mujer continuará su embarazo hasta los 8 meses para abortarlo y si sucede, es porque una mujer se ve necesitada, en ese momento será una necesidad. Lo más seguro es que es un parto prematuro, si lo hace, será por una cuestión médica y la persona más interesada en que el producto sobreviva será la propia madre.»

¿Por qué la más interesada en que viva será ella?: Porque ninguna mujer que someta su cuerpo a 8 meses de embarazo, con todo el impacto en su vida, en su cuerpo, en su movilidad, en el dolor, las repercusiones en su trabajo, en su economía y en su salud, querrá instrumentalizar con ese bebé, zanja Cué.

Un apunte interesante es que los argumentos presentados en el Congreso de Michoacán fueron los mismos que se vivieron en Nayarit el pasado 23 de enero, cuando se discutió la despenalización del aborto y la bancada del PAN pidió desobedecer la orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que exige que es inconstitucional la penalización del aborto en el país; entre las resistencias principales, se encontraron los mismos señalamientos sobre que el aborto será ahora un método anticonceptivo y que las mujeres terminarán con secuelas irreversibles. Por ello, se recuerda que:

Entre gritos de: «No pueden obligar a México a abortar«, y «¡asesino de vidas!» en contra de las y los diputados que emitieron su voto a favor, se gestó el proceso; pese a las resistencias, los votos a favor de la reforma fueron apabullantes con 23 personas a favor y el inminente avance de la marea verde que no sólo consta de una despenalización, sino de modificar todas las estructuras que representan una barrera para el libre ejercicio de una interrupción legal del embarazo, siendo una de las más desafiantes, los mismos sistemas de salud que hoy, en Michoacán, se adecuan a los más altos estándares por la defensa de los derechos humanos de las mujeres.

¿Qué dice exactamente el dictamen?


Según leyó el diputado Conrado Paz, estos son los puntos más importantes a entender sobre estas reformas que entrarán en vigor en cuanto sean publicadas en el Diario Oficial:

  • Ofrecer información oportuna y efectiva
  • Calidad en la atención clínica, ofreciendo menor riesgo
  • Consentimiento informado, entre clínica y la persona usuaria
  • Las instituciones de salud que brindan servicios de interrupción segura del embarazo
    deberán ofrecer servicios de información, atención psicológica y social, garantizando de manera veraz y oportuna que permita a las usuarias ejercer su derecho de manera libre e informada
  • Identificar y atender problemas psicosociales canalizando a las usuarias a las instituciones correspondientes para garantizar atención
  • Ofrecer atencion posterior a interrupcion del embarazo que incluya metodos anticonceptivos, servicios de salud sexual y reproductiva asegurando la atención continua
  • Cuando la mujer embarazada solicite la ILE, las instituciones del sistema estatal de salud, autorizadas o habilitadas para tal efecto, deberán proporcionar los servicios de manera inmediata o en su caso, deberán ser efectuadas en un término no mayor a 5 días naturales conforme a los requisitos establecidos en las disposiciones legales
  • Las instituciones de salud deberán garantizar el acceso a los servicios a la ILE e interrupción voluntaria, sin que condicionen la prestación de afiliación a servicios de salud pública o privada, cualquier otro requisito que represente una barrera.
  • La secretaría de salud deberá de crear y actualizar un registro estatal de ILE realizadas en las instituciones de salud, celebrar convenios con dichas instituciones a fin de que se produzca información sobre los procedimientos realizando garantizando la protección de datos.
  • En caso de objeción de consciencia, el personal médico deberá referir con otra doctora/doctor para proceder con el proceso a fin de no entorpecer el derecho. La objeción de consciencia no podrá ser aplicada cuando se ponga en riesgo la vida de la mujer o se trate de una emergencia en los que la ILE sea urgente para salvaguardar la vida; el sistema debe permanecer constantemente con personal disponible no objetor de consciencia o de lo contrario, podría considerarse una barrera.
  • el personal médico que se manifieste ante la secretaria de saludo cualquier institución pública de salud como objetores de consciencia y que se compruebe que las instituciones privadas realizan la ILE, serán acreedores a una sanción administrativa por la autoridad competente, misma que corresponderá a la suspensión temporal del desempeño de sus cargos. El sistema de salud debe identificar a su personal objetor de consciencia para garantizar la atención adecuada de las solicitudes relacionadas a la ILE.

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