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Anula Tribunal Agrario asamblea espuria que aprobó La Parota

Por Guadalupe Gómez Q.

El Tribunal Unitario Agrario (TUA) emitió el primero de junio una sentencia para invalidar la Asamblea del Ejido La Palma, que había aprobado el proyecto hidroeléctrico La Parota, informaron desde Chilpancingo, Guerrero, el Consejo de Ejidos y Comunidades Opositores a La Parota (CECOP) y el Centro de Derechos Humanos de La Montaña Tlachinollan.

La sentencia del TUA implica la nulidad de convenios, acuerdos o contratos firmados entre el Ejido y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en torno a la construcción de la hidroeléctrica.

Es la tercera asamblea que anula el Tribunal y en las que supuestamente las y los campesinos habían aprobado la expropiación de las tierras para la presa.

El Tribunal Unitario Agrario 41, con sede en Acapulco, Guerrero, notificó a la CECOP sobre la sentencia emitida sobre el juicio de nulidad en materia agraria 74/2006 relativa a la asamblea agraria del Ejido de La Palma, en la que de manera irregular se pretendió aprobar la expropiación de las tierras para la construcción del proyecto hidroeléctrico La Parota.

En un comunicado, la CECOP informa que la sentencia del TUA confirma que su organización «tiene la razón, toda vez que declara nula el acta de asamblea del Ejido de La Palma, con fecha 27 de diciembre del 2005, así como a todos los acuerdos, convenios o contratos que como consecuencia de la misma se hayan firmado con la CFE».

Con esta sentencia, dice la CECOP: «una vez más se demuestra que el Comisariado de Bienes Ejidales de La Palma, al servicio del gobierno del estado y la CFE, de manera dolosa fabricaron una supuesta asamblea de consulta entre los ejidatarios de La Palma en la que supuestamente se autorizó la expropiación de las tierras ejidales así como la ocupación previa por parte de la CFE, con el fin de emprender los trabajos necesarios para la construcción de la presa».

IRREGULARIDADES

Por su parte, el TUA, para anular el acta de asamblea del 27 de diciembre del 2005, concluyó que «en La Palma no se dio el quórum legal para instalar la asamblea, ni mucho menos para la aprobación de la expropiación de las tierras».

Durante el juicio, destaca la CECOP, se vertieron pruebas en torno a la falsificación de firmas de personas que no asistieron o que nunca votaron en favor de la expropiación de las tierras.

Asimismo, las y los campesinos de La Palma opositores al proyecto hidroeléctrico denunciaron que personas ajenas al núcleo agrario, presumiblemente enviadas por el gobierno del estado y la CFE, se apostaron a la entrada de la Comisaría Ejidal e impidieron el acceso libre a los ejidatarios, permitiendo el paso sólo a aquellos que estuviesen a favor de la presa.

Todas estas irregularidades fueron constatadas por el Tribunal Unitario Agrario al declarar nula la asamblea del Ejido de La Palma, tal como sucedió cuando invalidó las asambleas del Ejido de Dos Arroyos y de los Bienes Comunales de Cacahuatepec, en las que policías del gobierno del estado impidieron por la fuerza la participación de comuneros opositores.

DESACREDITADOS

De acuerdo con el TUA, las y los opositores a La Parota lograron comprobar la nulidad del acta de asamblea, de fecha 27 de diciembre del 2005, en tanto que el Comisariado Ejidal «que ha estado al servicio de la CFE» no acreditó sus defensas ante las evidentes ilegalidades, dice la CECOP.

La nulidad del acta de asamblea implica jurídicamente que no existe anuencia alguna que hayan manifestado las y los ejidatarios de La Palma para perder sus tierras, ya sea mediante la expropiación o la ocupación previa de las mismas.

En suma, la sentencia del TUA corrobora «que ni la CFE ni el gobierno de Guerrero cuentan con acreditación alguna para ingresar a los territorios ejidales de La Palma a efectuar trabajos relacionados con la construcción de presa hidroeléctrica La Parota».

TRES INTENTOS FALLIDOS

A esta sentencia en favor del movimiento opositor a la presa, se suma la sentencia dictada el 30 de marzo del 2007, relativa a los Bienes Comunales Indígenas de Cacahuatepec, en la cual el Tribunal de la misma forma decidió anular el acta de asamblea, de fecha 23 de agosto del 2005.

En aquella reunión, «de la misma forma se pretendía maliciosamente establecer que los campesinos habían expresado su consentimiento para que se expropien sus tierras».

De la misma forma el TUA, el 17 de mayo del 2007, declaró nula el acta de asamblea de fecha 16 de diciembre del 2005, relativa al Ejido de Dos Arroyos, en la que supuestamente las y los campesinos votaron a favor del proyecto.

LA VÍA JURÍDICA

La más reciente sentencia del TUA, afirma la CECOP, «una vez más se deja constancia (de) que las instancia legales han dado la razón a los opositores a la presa». Y que «ha sido la vía jurídica la que ha evidenciado el actuar ilegal del gobierno federal y estatal».

Deja claro, también «que a pesar de ello la CFE y Zeferino Torreblanca Galindo se aferran a imponer el proyecto La Parota a toda costa, dejando de lado el Estado de derecho y, si es necesario, acudiendo a la represión policiaca».

La CECOP exige, «dado que el TUA ha dado la razón al movimiento opositor a la presa», el cese inmediato de este tipo de supuestas asambleas agrarias, que en el fondo «son un mecanismo para imponer el proyecto hidroeléctrico bajo la estafa de que fueron los mismos ejidatarios o comuneros quienes aceptaron la expropiación de sus tierras».

Más aún, dicen las y los campesinos opositores, las supuestas asambleas «son un mecanismo excluyente e inadecuado, pues los padrones de comuneros y ejidatarios no comprenden el universo real del total de la población que se verá afectada».

Exigen también «la salida de la CFE del Ejido de La Palma, Dos Arroyos y de los Bienes Comunales de Cacahuatepec, toda vez que las sentencias emitidas por el TUA confirman que su presencia es ilegal en estos territorios».

Si la CFE insiste en permanecer en los territorios y continúa realizando trabajos relacionados con la construcción de la presa La Parota, «auspiciada por el gobierno del estado y el gobierno federal, estaría una vez más violentando el Estado de derecho al desacatar la sentencia del Tribunal Agrario, además de que sería una clara provocación e incitación a la violencia entre los campesinos», concluyen la CECOP.

07/GG/CV

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