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Aprueba senado reformas a Ley del Consumidor para frenar publicidad denigrante

Por Anayeli García Martínez
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En un intento por defender los derechos de las mexicanas en los medios de comunicación el Senado aprobó reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer que la publicidad engañosa también es aquella donde las mujeres aparecen como ejemplo de sumisión y burla o donde se le excluya y denigra.
 
La iniciativa avalada ayer por 108 votos de las y los legisladores reformó el artículo 1º de esta ley para reconocer que es necesario proteger a la ciudadanía de la publicidad engañosa, abusiva o que muestre estereotipos sexistas, degradantes o peyorativos sobre las mujeres.
 
La Ley Federal de Protección al Consumidor que data de 1992 se creó para regular las relaciones entre proveedores de servicios o productos y consumidores, y al mismo tiempo para promover y proteger los derechos de éstos últimos. Sin embargo no consideraba prácticas como la difusión de publicidad sexista y misógina.
 
Al apoyar el dictamen la senadora por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Diva Hadamira Gastélum dijo que este tema es fundamental porque en breve al Senado tendrá que tocar este punto cuando analice la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones enviada por la Cámara de Diputados.
 
La senadora priista adelantó que uno de los temas a estudiar en la minuta sobre telecomunicaciones es cómo se utiliza la figura femenina con fines publicitarios; y es que –como lo han señalado expertas en el tema– el marco legal del sistema de comunicaciones debe incluir los derechos de las audiencias y la calidad de contenidos. 
 
El tema de la publicidad engañosa fue una propuesta planteada originalmente en 2011 por el entonces senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Carlos Navarrete, después fue dictaminada por las Comisiones para la Igualdad de Género y Estudios Legislativos segunda y ahora aprobada por el Senado.
 
De acuerdo con el dictamen los medios de comunicación, en especial la radio y la televisión, difunden publicidad donde abundan los mensajes que denigran a las mujeres o donde ellas aparecen en una posición subordinada o como personas que deben ser sumisas para obtener el afecto de las figuras masculinas.
 
Si en la pantalla de televisión o en las frecuencias de radio aparecen mujeres inteligentes se les coloca como personas emocionalmente inestables, frívolas o vengativas, lo que –dice el documento– puede fomentar la violencia de género o influenciar el estilo de vida de las personas toda vez que estos mensajes llegan a un número elevado de audiencias.
 
También se reformó el artículo 32 para establecer que la publicidad engañosa es aquella que muestre hechos, acciones,  símbolos o expresiones de exclusión, sumisión, racismo, burla o animadversión hacia las mujeres. 
 
La iniciativa aprobada y enviada a la Cámara de Diputados para su análisis, indica que hay estudios que muestran que en los anuncios publicitarios las mujeres siguen apareciendo como madres o consumidoras, o que no pueden tomar decisiones sobre diversos temas por sí mismas, sino que necesitan del consejo de los varones para hacerlo.
 
Esto indica, según la reforma, que la publicidad que transmiten los medios de comunicación no promueve discursos de igualdad de género ni fomenta la participación de las mujeres en el espacio público, ya que el 80 por ciento de los personajes de autoridad son hombres.
 
Con esta idea y con el argumento de que los medios son susceptibles de transmitir estereotipos de género y fomentar prácticas que las leyes tratan de frenar, se espera que ahora la Procuraduría Federal del Consumidor pueda solicitar la suspensión de este tipo de información o publicidad denigrante.
 
13/AGM/LGL

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