Inicio Agenda Aprueban violencia política, pero no aplica para próximo periodo electoral

Aprueban violencia política, pero no aplica para próximo periodo electoral

Por Anayeli García Martínez
violenciapoliticamorelos_congreso01

En medio del proceso electoral 2018 y del despliegue de las precampañas para ocupar la Presidencia de la República, la Cámara de Diputados aprobó incluir el concepto de “violencia política de género” en cinco leyes generales, modificaciones que no aplicarán en estos comicios porque no se aprobaron en tiempo y forma y porque todavía deben ser avaladas por el Senado.

En el último día del periodo ordinario de sesiones, el pasado 15 de diciembre, la Cámara baja aprobó las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos; la Ley General en Materia de Delitos Electorales; y a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Con un retraso de más de nueve meses desde que el 9 de marzo el Senado aprobó las reformas y envió la minuta al recinto de San Lázaro para su aval, finalmente en la maratónica sesión del viernes –donde también se aprobó la Ley de Seguridad Interior– las y los legisladores avalaron las modificaciones en materia de violencia contra las mujeres en el ámbito político, campañas electorales y ejercicio de cargos públicos.

Desde 2012 se presentó la primera propuesta para prevenir y sancionar los actos de violencia contra políticas, candidatas o mujeres que participaran en política, la cual fue avalada por el Senado en 2013 pero tras la inactividad de diputadas y diputados tuvieron que pasar cinco años para que finalmente el tema volviera a presentarse en el Congreso de la Unión.

Sin embargo, el proceso legislativo no ha concluido porque el dictamen realizado por las Comisiones de Gobernación, presidida por la diputada priista Mercedes del Carmen Guillén, y de Igualdad de Género, encabezada por la también priista Laura Plascencia Pacheco, aprobaron reformas con cambios por lo que, nuevamente, el documento será enviado al Senado para otra revisión y votación.

En una sesión donde estuvieron presentes prácticamente la mitad de las y los diputados, por unanimidad de 263 votos a favor –y en medio de agradecimientos al coordinador de los priistas, César Camacho Quiroz, por hacer posible el dictamen, como lo dijo la diputada Plascencia Pacheco– se celebró el concluir este “complicado” tramo del proceso parlamentario. 

El Artículo 105 de la Constitución federal, en su fracción II, inciso I, indica que las leyes en materia de elecciones deben aprobarse y publicarse por lo menos 90 días antes del inicio de un proceso electoral y durante el mismo no podrá hacerse modificaciones legales fundamentales, por lo que la violencia política no se podrá invocar en las elecciones de 2018.

En San Lázaro, la diputada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y ex candidata a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez, ejemplificó con su caso la violencia que viven las mujeres que buscan cargos de elección popular, recordó los señalamientos y denostaciones que vivió durante su campaña en este año y que incluso atrajo la solidaridad de un sector de las mujeres priistas.

“Viví acciones de misoginia, de gente que lamentablemente ocupa o ha ocupado cargos públicos, como es el caso de (Felipe) Calderón y del propio presidente de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, que yo siento que tendrían que ser los que tenían que poner el ejemplo y que desde aquí digo, qué triste y lamentable para nuestro país tener este tipo de gobernantes”.

La diputada, a quien el expresidente Caldearon tildó de “títere” del líder de Morena, Andrés Manuel López Obrador, dijo que si esta minuta se hubiera aprobado en el periodo ordinario anterior, hubiera sido un logro para todas las mujeres que están en la política.

La minuta enviada por la Cámara de Senadores redefine la violencia política en razón de género como “la acción u omisión que, en el marco del ejercicio de los derechos político-electorales, o bien, en el ejercicio de un cargo público, tenga por objeto o resultado limitar o anular el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de las mujeres, o el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público”.

A partir de la reforma político-electoral de 2014, cuando comenzaron a salir a la luz casos de violencia, desde destituciones arbitrarias, campañas misóginas y hasta asesinatos de aspirantes a cargos de elección, las mujeres han llamado la atención sobre este tema pero ante la falta de una legislación en noviembre las autoridades electorales reeditaron el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género creado en 2016.

17/AGM/LGL

Este Web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las cookies. Sin embargo, el usuario tiene la opción de impedir la generación de cookies y la eliminación de las mismas mediante la selección de la correspondiente opción en su Navegador. En caso de bloquear el uso de cookies en su navegador es posible que algunos servicios o funcionalidades de la página Web no estén disponibles. Acepto Leer más

-
00:00
00:00
Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00
Ir al contenido