Inicio BC, estado emblemático por criminalizar el derecho a decidir

BC, estado emblemático por criminalizar el derecho a decidir

Por Heysel Escamilla, enviada

En 2009, Baja California (estado fronterizo con Estados Unidos) ocupó el lugar 18 de las 32 entidades federativas de la República Mexicana con más casos de muerte materna (MM).

El Consejo Nacional de Población (Conapo) reporta que en BC las mujeres en edad reproductiva tienen tres veces más posibilidades de fallecer por MM que en otras entidades del norte mexicano como Nuevo León, Coahuila o Tamaulipas.

La organización civil IPAS México, cuya tarea es proteger la salud de las mujeres promoviendo el respeto a sus derechos reproductivos, señala que BC forma parte del grupo de las 19 entidades federativas que incrementaron su razón de mortalidad materna por lugar de residencia de 2008 a 2009

Como lo informó Cimacnoticias en su momento, en esta región fronteriza con Estados Unidos 65.7 por ciento de las adolescentes de 12 años o más con vida sexual activa han estado embarazadas.

En 2008 se registraron 65 mil 60 nacimientos, de los cuales 72.3 por ciento fueron de mujeres jóvenes de entre 15 y 29 años de edad; de ese total, 26.5 por ciento correspondió a adolescentes de entre 15 y 19 años.

Esta información se presentó en los trabajos del taller «Por una maternidad libre y voluntaria» con periodistas de BC, como parte de la Campaña que con este nombre se promueve en 18 entidades de México y cuatro países de Centroamérica (Guatemala, Honduras, Nicaragua, El Salvador).

CRIMINALIZACIÓN DEL ABORTO

En este contexto y como parte de las contrarreformas legales en varios estados para «proteger la vida» desde el momento de la concepción-gestación y criminalizar el aborto, el 23 de octubre de 2008 el Congreso de Baja California aprobó una reforma al artículo 7 de la Constitución estatal.

Con la reforma se estipuló que «desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida». La modificación se publicó en el Periódico Oficial el 26 de diciembre de 2008.

A principios de 2009, mediante una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California (PDH-BC) impugnó la reforma (No. 11/2009) que aún está a revisión en el máximo tribunal.

Aún con las modificaciones a la Constitución, el Código Penal permite la interrupción legal del embarazo en algunas causales, según las últimas actualizaciones hechas al Código estatal el 20 de agosto de 1989.

Las causales están consideradas en el artículo 136 y permiten el aborto por violación; en este caso la ley contempla un plazo de 90 días de la gestación y que el hecho haya sido denunciado; otras causales son: cuando el aborto es provocado accidentalmente (o por «conducta culposa») y si el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer.

NOM-046 Y EL CASO PAULINA

El caso Paulina hizo que en BC se volviera emblemática la lucha de las mujeres para exigir su derecho a ejercer una maternidad libre y voluntaria.

El 31 de julio de 1999, Paulina, de 13 años de edad, fue víctima de violación. Quedó embarazada y pese a que el Código Penal permitía interrumpir la gestación, el gobierno estatal, encabezado entonces por el panista Alejandro González Alcocer, le negó ese derecho.

El caso fue denunciado por organizaciones feministas, alcanzó una difusión internacional y al agotarse las instancias nacionales se presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La CIDH recomendó, en marzo del 2006, al Estado mexicano crear una norma oficial para que nunca más ocurrieran casos de violencia institucional como el cometido contra Paulina.

Con retraso y con algunas modificaciones, la Norma Oficial Mexicana se publicó en el Diario Oficial de la Federación (16/abril/2009) como NOM-046-SSA2-2005, la cual garantiza la adecuada atención a víctimas de violencia sexual, con opciones de anticoncepción de emergencia, interrupción legal del embarazo, asesoría jurídica y atención psicológica.

A partir de la controversia constitucional presentada por el gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, contra esta disposición federal, el 27 de mayo del 2010 el pleno de la SCJN confirmó la constitucionalidad de la NOM, la cual obliga a los servicios de salud de todo el país (públicos y privados) a proporcionar la pastilla del día siguiente a mujeres víctimas de un ataque sexual.

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