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Buenos Aires restringe acceso al aborto legal

Por la Redacción

La Secretaría de Salud de Buenos Aires, Argentina, emitió un protocolo para regular el aborto legal, que restringe el acceso a este derecho al plantear requisitos como que la gestación no exceda las 12 semanas y que las menores de edad presenten la autorización de sus padres.

Además amplió la objeción de consciencia para el personal de salud que no desee interrumpir un embarazo (por violación sexual o cuando peligre la vida o salud de la mujer), denunció la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) en un comunicado de prensa.

Por separado, María Elena Naddeo, presidenta de la Comisión Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud de la Legislatura porteña, señaló en un comunicado que el problema es «grave» porque el protocolo propone que a las víctimas de violación se les brinde la opción de tramitar la adopción.

Este hecho preocupa porque «incentiva u orienta la labor del personal en esa dirección», alertó la diputada local.

En tanto, la ADC denunció que con ello la autoridad sanitaria contraviene la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del país, enunciada en marzo pasado, la cual sostiene que el aborto no punible por violación debe practicarse sólo con la petición de la víctima.

De igual modo, la Corte llamó a las jurisdicciones locales y nacionales a emitir protocolos con base en los lineamientos de ese fallo. No obstante, el documento presentado por la Secretaría de Salud de la capital argentina el pasado 6 de septiembre se aleja de las disposiciones del máximo tribunal.

La asociación señaló que el límite de las 12 semanas de gestación restringe el derecho al acceso al aborto no punible, fundado en la Constitución Nacional y los tratados de Derechos Humanos.

En este sentido, Naddeo, legisladora por el Frente Progresista y Popular, señaló que la restricción del aborto es alarmante sobre todo en los casos de violación, pues «hay jóvenes, más cuando tienen algún problema mental, que lo detectan en estado más avanzado y no en las primeras semanas».

La ADC mencionó que también es preocupante que no se reconozca el consentimiento informado de las niñas y adolescentes menores de 18 años para practicarse un aborto por las causales no punibles, y se exija que los padres lo otorguen.

Con ello, el gobierno porteño viola la Convención de Derechos del Niño y la Ley Nacional 26.061, que contiene los principios de la Convención, y plantea que niñas y adolescentes son sujetas de derecho y el «interés superior del niño» que debe regir en cualquier asunto que las involucre.

Este requisito aleja a las menores de edad de los servicios de salud y las expone a abortos inseguros, refirió la asociación.

Al respecto, Naddeo criticó que el protocolo no aclara qué ocurrirá en los casos de controversia entre padres e hija.

Por último, la ADC denunció que el protocolo incluye la objeción de conciencia «de un modo amplio», pues el médico puede objetar practicar el aborto de manera confidencial cada vez que atienda a una paciente.

Esa disposición va en contra del fallo de la Corte, el cual señala que el profesional debe objetar de forma previa (al momento de entrar a trabajar al establecimiento de salud).

Si la mujer desconoce si el profesional que la atiende estará dispuesto o no a realizarle el aborto, la usuaria puede enfrentar «serias demoras» para conseguir el procedimiento.

Por lo anterior, la ADC recordó a la autoridad porteña que el aborto no punible es un derecho de las mujeres, fundado en el derecho a la dignidad, autonomía, salud, integridad y vida, que debe proveerse de forma adecuada y sin dilaciones.

Actualmente, las comisiones de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud y de Justicia de la Legislatura porteña discuten las implicaciones del protocolo, el cual tendría que modificarse, según la asociación.

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