Inicio Delito o práctica cultural privar a una mujer de su libertad

Delito o práctica cultural privar a una mujer de su libertad

Mientras que para Norma Reyes Terán, titular del Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO), es una canallada haber mantenido como delito no grave la privación ilegal de la libertad de una mujer, para el antropólogo Miguel Alberto Bartolomé Bistoletti, la pretensión de sancionar gravemente una práctica cultural representa no sólo un error de desconocimiento sino una injustificable proyección de fantasmas de nuestra propia sociedad hacia las sociedades indígenas.

Luego de que el pasado 19 de marzo el pleno de la 58 legislatura del estado tipificara el delito de rapto como un apartado distinto al secuestro o privación ilegal de la libertad, la directora del IMO, Reyes Terán, reprobó los hechos argumentando que esa decisión condena a las oaxaqueñas –en particular a las que viven en comunidades rurales– no sólo a casarse con sus raptores sino a convertirse en esclavas de un marido a quien no aman.

En una lucha frontal con los legisladores locales, la funcionaria pública sostuvo en ese entonces que el rapto debía ser considerado, desde sus inicios, como una conducta antisocial; razón por la cual se incluyó en el Código Penal, lo que descarta la opinión de quienes alegan que la privación ilegal de la libertad es una costumbre.

En ese sentido Reyes Terán lanzó varias preguntas al aire: ¿cuál es la diferencia entre privar ilegalmente de su libertad a las mujeres y robar mulas o puercos?, ¿es justo que el robo de mulas y pequeños rumiantes se considere de mayor gravedad que el rapto de mujeres?

Sin embargo, algunas opiniones de abogados, antropólogos y diputadas señalan que la reforma aprobada es adecuada a la realidad de Oaxaca y que no lesiona los derechos de las mujeres; primeramente porque el rapto no puede desaparecer del Código Penal, de ser así el raptor tendría la posibilidad de no ser castigado, sobre todo cuando se lleva a una mujer por la fuerza.

LA VOZ DE UN DIPUTADO

Sobre este tema, el diputado local priísta Juan Manuel Cruz Acevedo opina que la intención de una contrarreforma a la reforma del Código Penal en esa materia se debe más bien a la obsesión de la que ahora es titular del IMO; porque «se aferra en una actitud más bien protagónica de tipificar como un delito grave el rapto».

Cierto, señala Cruz Acevedo, raptar a una mujer implica una restricción a su libertad, porque se apoderan, decía la ley, de ella; pero con un propósito distinto, atentaba contra su libertad sexual. Por otro lado, la privación ilegal de la libertad tiene una naturaleza diferente que implica causar un daño físico o moral a la persona, a terceros, con el fin de obtener un lucro: ése es el plagio común o secuestro, que ahora es fuertemente combatido y con mucho acierto en el estado.

HABLA EL ANTROPÓLOGO

A su vez, el antropólogo Miguel Alberto Bartolomé Bistoletti, autor de 14 libros sobre las diferentes culturas indígenas de Oaxaca, sostiene la tesis de que es abrumador el desconocimiento que hay sobre la cultura de los grupos indígenas, cuyas opiniones se basan más en prejuicios que en conocimientos.

El autor de los libros Tierra de la palabra, Historia y etnografía de los chatinos de Oaxaca, y La pluralidad en peligro», entre otros, consideró que la propuesta de la funcionaria del gobierno del estado para sancionar como un delito grave una práctica cultural y tradicional de muchos de los grupos indígenas en la entidad, no sólo es un error de desconocimiento sino una injustificable proyección de fantasmas de nuestra propia sociedad hacia las sociedades indígenas.

El también doctor en sociología aseguró en entrevista para cimacnoticias que toda acción política sobre las sociedades indígenas, o que vislumbre afectarlas, debe partir del conocimiento y no de la valoración apresurada de mundos que no por cercanos son conocidos.

Bartolomé Bistoletti recordó que en el debate referido a la Ley indígena el año pasado se acusó a los indígenas de ser portadores de prácticas sociales que en realidad son propias de la sociedad mexicana.

A manera de ejemplo señaló el machismo que algunos diputados les adjudicaron a los indígenas, lo mismo que la posición de inferior de la mujer muchas veces fue expuesta por funcionarios «que mantienen su casa chica» y cuya relación con el sexo opuesto no puede decirse que es muy igualitaria, como se deriva de muchas opiniones.

Por ello, puntualizó que este tipo de perspectiva que pretende sancionarse, basándose en una práctica cultural diferente a las sociales, es una contradicción con las legislaciones internacionales, nacionales y estatales.

De ahí que, explicó el antropólogo, la Ley de derecho indígena de Oaxaca establezca que tales legislaciones puedan establecer su propio sistema normativo, sus usos y sus costumbres; los cuales deben respetarse puesto que son constituciones propias.

LA VOZ FEMENINA Y OFICIAL

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Equidad y Género en la 58 legislatura del estado, Reyna Vega Hernández, asegura que el trabajo legislativo no se hizo al vapor; lo mismo que las controversias que surgen en torno a la reforma aprobada, pues –dice– probablemente se deben al desconocimiento de lo que se le modifica a la ley en la materia.

También, Vega Hernández aclaró que el Congreso del Estado trabajó con profesionalismo y no a capricho de una persona, además de que sería benéfico que el poder legislativo en coordinación con el Instituto de la Mujer Oaxaqueña se reunieran con expertos y especialistas para explicar a detalle cada una de las reformas y adiciones al Código Penal y el de Procedimientos Penales del Estado.

En tanto la Procuraduría para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia fijó también su postura en el sentido de que la tipificación del delito de rapto les concede a las mujeres la libertad de asumir su propia responsabilidad de denunciar lo que daña su integridad física; mientras que a las instituciones les toca difundir esas reformas recientemente aprobadas.

De igual forma hizo una invitación a todos los sectores, universidades y estudiosos del derecho, para que hagan un análisis consensuado de estas reformas y aporten lo que es benéfico para el respeto a los derechos humanos de las mujeres; al mismo tiempo que hizo un llamado a no anteponer actitudes políticas o situaciones protagónicas.

       
atención
información producida por cimac, comunicación e información de la mujer
disponible para periodistas y medios de comunicación impresos y electrónicos
por favor citen la fuente

Este Web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las cookies. Sin embargo, el usuario tiene la opción de impedir la generación de cookies y la eliminación de las mismas mediante la selección de la correspondiente opción en su Navegador. En caso de bloquear el uso de cookies en su navegador es posible que algunos servicios o funcionalidades de la página Web no estén disponibles. Acepto Leer más

-
00:00
00:00
Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00
Ir al contenido