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Demandan mujeres mejores condiciones sobre salud sexual

Recientemente, sucedieron en esta entidad varios hechos que deben tomarse como el recordatorio de la exigencia para modificar el Código Penal en materia de aborto, cuya Ley establece que comete aborto quien causa la muerte del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez.

¡Qué fácil!, ¡qué sencillo!, la atención siempre estará enfocada hacia la persona que carga consigo ese «producto», puesto que además es la responsable de un buen término del embarazo.

Sin importar sus circunstancias de pobreza, ignorancia, o negligencia por parte de los demás, es ella a quien al final se le pedirán cuentas de ese encargo que debe cumplir.

Igualmente, nadie asegura el bienestar y las condiciones favorables para que esa sentencia de «causa la muerte del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez», no suceda, al menos no por circunstancias ajenas a la voluntad de la embarazada.

Mucho menos se toma en cuenta esa voluntad para saber si ella realmente estuvo de acuerdo con ese embarazo. Por supuesto, tampoco está previsto en caso de que el embarazo llegue a término, quién se hará cargo de la manutención del ser que nacerá sin garantías de nada, sólo de que se castigará a la preñada si se provoca aborto, o a la madre si lo abandona por diversas causas.

TRES CASOS EXIGEN LA REFLEXIÓN

El primero se refiere a un chico que decidió, al más puro estilo del viejo oeste, rescatar a su novia quien estaba detenida por provocarse un aborto.

Rosa Edith Borbón de 21 años enfrentaba en Navojoa un proceso penal por el delito de «homicidio calificado» en el Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Penal por lo que era custodiada por agentes municipales. Su compañero y responsable del embarazo, decidió liberarla del hospital del IMSS.

Otro caso más se refiere a una joven de 15 años de edad que intentó suicidarse con ácido muriático al descubrir que estaba embarazada. El asunto pasó al ámbito legal turnándose al agente del Ministerio Público Especializado en Homicidios y Lesiones Graves Dolosas.

En Hermosillo, la semana pasada una joven de 19 años de edad, sufrió un aborto por falta de atención en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Con dos meses y medio de embarazo y un fuerte dolor en el vientre además de hemorragia, Marina Arroyo Loya acudió al área de urgencias del Hospital Regional Número 2, pero al negársele el servicio médico regresó a casa y minutos después sufrió un aborto.

Ubicado en el capítulo quinto, título décimosexto: Delitos contra la vida y la salud, el Código penal de Sonora especifica escuetamente la falta en que incurre quien provoque o se provoque una interrupción voluntaria del embarazo.

Nada dice de quien por negligencia produzca el mismo resultado. En el artículo 267 se expresa que al que haga abortar a una mujer sin el consentimiento de ésta, se le aplicarán prisión de dos a 10 años y de 20 a 350 días salario mínimo de multa. Si se empleare la violencia física o moral, las sanciones serán de 4 a 12 años de prisión y de 50 a 300 días multa.

¿Habrá moral en el IMSS? ¿cómo se comprueba eso? ¿Quién decide si el caso fue negligencia o una inducción de aborto? Cualquiera que sea la respuesta, las mujeres no deciden sobre sus embarazos.

Según el Consejo Nacional de Población CONAPO el aborto representa un problema social y de salud pública por las serias implicaciones que tiene para la salud materna.

Asume que a pesar de que no se cuenta con información precisa sobre el número de abortos que ocurren en el país, se estima, con base en las encuestas sociodemográficas, que la incidencia del aborto en México ha venido descendiendo de 230 mil abortos anuales, durante el periodo 1985-1987 a 220 mil entre 1990-1992 y 196 mil para el periodo 1995-1997.

El propio CONAPO informa que en Sonora, los datos de las encuestas sociodemográficas indican que la experiencia del aborto se ha mantenido sin cambios en los últimos años. En 1992 y 1997, cerca de una de cada cinco mujeres alguna vez embarazadas había experimentado un aborto (19.6 por ciento en ambos años).

Al CONAPO, al INMUJERES, al Congreso de la Unión, y en general a quienes tienen la capacidad para decidir sobre nuestro destino reproductivo, debería interesarles más la opinión y voluntad de las mujeres.

Los hechos descritos constituyen sólo una muestra del catálogo tan amplio de atropellos que las mujeres recibimos en la vida pública cuando de salud sexual y reproductiva se trata.

Las mujeres mexicanas no queremos más hospitales para ir a parir, lo que necesitamos son mejores condiciones para ejercer plenamente nuestra ciudadanía, y entre esas, el respeto a nuestro derecho a decidir.

06/SNE/LR

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