Inicio Estado laico, condición para que mujeres ejerzan su ciudadanía

Estado laico, condición para que mujeres ejerzan su ciudadanía

Por Gladis Torres Ruiz

Legisladoras y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) coinciden en la necesidad de elevar a rango constitucional la iniciativa de Ley sobre el Estado laico, presentada en noviembre de 2007 por la diputada federal Elsa Conde.

«La preservación del carácter laico del Estado mexicano es lo único que garantizará el acceso de la mujeres a la salud sexual y reproductiva como un derecho humano», señala Aidé García Hernández, de Católicas por el Derecho a Decidir (CDD).

García Hernández explica que, en un contexto de crecientes intentos hegemónicos por parte de representantes de los fundamentalismos de derecha, es indispensable que el Estado laico proteja los derechos humanos de las mujeres y que no admita ninguna posición que los vulnere.

«La conservación del carácter laico del Estado es la condición imprescindible para la protección de las garantías individuales y para el pleno ejercicio de la ciudadanía de las mujeres», reiteró durante el Foro la Consolidación de la Laicidad en el Estado Mexicano, llevado a cabo en el marco del Foro Social Mundial, que se realizó el mes pasado en la capital de la República.

Por ello y reconociendo que la separación entre el Estado y las iglesias fue una medida política importante aunque no suficiente para la autonomía de las decisiones políticas del Estado frente a las doctrinas religiosas y convicciones filosóficas específicas, es que se propuso al Congreso de la Unión adiciones al articulado constitucional para establecer la laicidad del Estado mexicano, opina la representante de CDD.

PRINCIPIOS DE LA LAICIDAD

Para la diputada feminista Elsa Conde el concepto de laicidad en dicha iniciativa se entiende bajo tres principios: el respeto a la libertad de conciencia y a su práctica individual y colectiva; la laicidad referida a la autonomía de lo político y de la sociedad civil frente a las normas religiosas y filosóficas particulares, así como la igualdad ante la ley y la no discriminación directa e indirecta hacia las personas.

«La iniciativa reconoce que todas y todos tenemos el derecho de contar con un Estado laico que proteja la pluralidad de todas las adscripciones religiosas, así como todas las expresiones de la sociedad que no formen parte de ellas», explica.

LAICIDAD Y MUJERES

Por su parte, la diputada federal Rosario Ortiz detalla que parte del debate del Estado laico del siglo XXI se centra en los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, ante lo cual hay una constante respuesta de los grupos conservadores para negar el derecho a decidir de las mujeres sobre sus cuerpos.

La disputa política de estos derechos, que también se da en el marco de las organizaciones sociales, muestran que es necesario replantear el concepto de laicidad. «De esta forma, la mención del Estado laico no sólo tiene que estar en el Artículo Tercero constitucional, en donde dice que la educación es laica, sino que tenemos que hacer una reflexión para que esté desde la parte conceptual del Estado», opina Ortiz.

Es decir, la Constitución debe señalar que el Estado mexicano es una república, es popular y es laica, y a partir de ahí la garantía que tienen las mujeres es el ejercicio de sus derechos, de sus libertades y de sus propias creencias, enfatizó la legisladora.

LA INICIATIVA

Sobre la iniciativa, Aidé García Hernández explica que ésta pretende incorporar al texto del Artículo 40 constitucional el carácter de laico, estableciendo la laicidad como uno de los cinco principios rectores de toda la organización del orden constituido: republicanismo, democracia, representatividad, federalismo y laicidad.

Así, la laicidad será una obligación de las autoridades públicas, señalada en los artículos 108 y 109 constitucionales, para respetar escrupulosamente el Estado laico y la separación entre la Iglesia y el Estado. De no cumplirse, derivará en responsabilidad para los servidores públicos.

Al Artículo 130 le agrega dos párrafos, donde se establece de manera explícita la sujeción a la ley de las iglesias y demás agrupaciones religiosas. También indica que en el Estado laico no podrá haber preferencia sobre alguna religión o convicción filosófica. «Contrariamente a lo que se teme en ciertas sociedades, la laicidad no significa la abolición de la religión sino la libertad de decisión en materia de religión, al mismo tiempo que se vigila que la laicidad no tome aspectos de religión civil, o se sacralice de alguna forma. El aprendizaje de sus principios inherentes puede contribuir a una cultura de paz civil», señala García Hernández.

De aquí se desprende la libertad de decisión sobre el propio cuerpo y el derecho a decidir en todas las esferas de la vida privada. El dominio corporal es un principio de libertad sin el cual son imposibles el ejercicio de la ciudadanía y la democracia, concluye García Hernández.

08/GT/GG/CV

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