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Guatemala: despiden a estudiante de radiología embarazada

Por Claudia Palma/corresponsal

Una residente del hospital Roosevelt -el segundo de referencia en Guatemala- fue separada de sus funciones porque está embarazada y sus estudios ponen en peligro la vida de su hijo. Pero ella exige continuar con su formación y trabajo. La joven perdió sus derechos estudiantiles pero no los laborales, dicen expertos.

El bebé de Karen Bolaños Grandos tiene 14 semanas. Sus orejas se han situado en su posición definitiva aunque todavía deberán crecer mucho más. Puede mover la cabeza de un lado a otro. Probablemente mida como máximo 4 pulgadas y pese casi una onza.

La residente salvadoreña de segundo año de radiología recibió una carta de suspensión que la retira del Programa de Entrenamiento. Las autoridades hospitalarias argumentan que se debe privilegiar la vida del bebé.

Sin embargo, ella quiere continuar su carrera y trabajar en el hospital. Fue contratada bajo el renglón 182/029, el cual no reconoce prestaciones, y la Universidad de San Carlos le exige cierto número de horas de práctica que ella no debe cumplir.

EMBARAZOSO DILEMA

«Embarazo sin excepción», es la primera causa, según el reglamento interno del departamento de Radiología para retirar a una estudiante del programa de entrenamiento.

La falta es tan grave como omitir la notificación del embarazo, beber en el departamento, dar trato inadecuado a un paciente o perder una materia con menos de 70 puntos.

El 7 de mayo Karen recibió una carta de suspensión firmada por María Fonseca de Chacón, su jefa inmediata, en donde le comunicaba que por encontrarse en un período fetal temprano, debajo de las 18 semanas, debía retirarse.

La condición, le aclara Fonseca en la misiva, se mantiene hasta finalizar su embarazo. En el segundo año de la carrera está expuesta a una gran cantidad de radiación ionizante, le recuerda.

Los directores del hospital, Gustavo Batres y Oscar Morales, coinciden en que la medida fue tomada para preservar la vida del bebé, pero para Karen este argumento no es suficiente. Ella insiste en que tiene derecho a continuar sus estudios de radiología, no frente a las máquinas sino en la consulta externa.

El Artículo 83 de la Ley para Control Uso y Aplicación de radioisótopos y radiaciones ionizantes vigente en el país que rige a esta clase de trabajadores, establece la obligatoriedad de la empleada de notificar a la o el titular (jefe) su estado «para que éste adapte sus condiciones de trabajo».

De acuerdo con el abogado Roberto Rivera, del departamento jurídico del Roosevelt, la residente tiene un contrato que no supone una relación de dependencia como el personal de planta.

DESPIDO INDIRECTO

Carlos Peña, abogado laboralista del Bufete Popular de la Universidad estatal de San Carlos, admite que Karen perdió sus derechos estudiantiles al quebrantar el reglamento, pero no los laborales. «No importa la clase de contrato, siempre se debe respetar la inamovilidad de la mujer embarazada».

Para el abogado laboralista, Guillermo Maldonado Castellanos, la contratación 029 es una «simulación que se apoya en una norma válida pero persigue un resultado prohibido como no otorgar ninguna clase de prestación», detalla.

«En este caso debe aplicarse el Artículo 151 del Código de Trabajo, que protege a la madre trabajadora en contra del despido cuando se encuentra en estado de gravidez», agrega.

Los convenios de la OIT de los que Guatemala es signataria, al igual que la Constitución, protegen a la mujer grávida. Karen asegura que interpondrá en los tribunales una demanda para hacer valer sus derechos.

07/CP/GG

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