Inicio La CNDH y los Asuntos de la Mujer, el Niño y la Familia

La CNDH y los Asuntos de la Mujer, el Niño y la Familia

Por Gladis Torres Ruiz

La Coordinadora del Programa de Asuntos de la Mujer, el Niño y la Familia, de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Victoria Adato Green, encargada de velar por los derechos humanos de las mujeres y menores de edad de este país, años atrás justificó la violación dentro del matrimonio bajo el supuesto de que es el «ejercicio indebido de un derecho», como lo reportó Cimacnoticias en mayo 2001.

De tal forma, con el disgusto del movimiento amplio de mujeres y las mujeres feministas, en mayo del 2001 la exprocuradora y exmagistrada del Distrito Federal fue nombrada titular del Programa de Asuntos de la Mujer, el Niño y la Familia, manteniéndose en dicho puesto hasta el día de hoy, gracias a que el 1 de enero del 2005, José Luis Soberanes, presidente de la CNDH la ratificó en el cargo.

La pesadumbre de las organizaciones de mujeres sobre el nombramiento de Adato Green fue en su momento documentada por los medios de comunicación.

Patricia Olamendi, impulsora desde la década pasada de leyes contra la violencia de género, se manifestó entonces indignada por el nombramiento, durante su participación en las Jornadas de Trabajo de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), realizadas en mayo de ese mismo año, según reseñaron los medios.

Además Olamendi, quien formaba parte de la Comisión Ciudadana contra la Discriminación, propuso a las participantes en las Jornadas enviar un escrito a la CNDH impugnando dicha designación.

En entrevista a Cimacnoticias indicó que ese nuevo cargo constituía una afrenta para las mujeres en México y aseguró no entender la posición de Soberanes, «porque las mujeres estamos esperanzadas en la defensa de nuestro derechos humanos, y que nos manden un mensaje de esta magnitud».

En este contexto la nueva Coordinadora de la CNDH, dentro de sus primeras declaraciones en el cargo, ratificó lo que siete años atrás expuso para la jurisprudencia mexicana: la violación en el matrimonio no es un delito, es simplemente el uso indebido de un derecho, (Cimacnoticias, 22 de mayo, 2001).

TORTURADORA

Los antecedentes de Victoria Adato como funcionaria, como testimonia la prensa, no son fáciles de olvidar, por dos razones: la primera es que durante su periodo como procuradora capitalina (1982-1985) fue señalada como torturadora.

En 1985, de entre los escombros que dejó el terremoto de lo que era la Procuraduría capitalina se encontraron a tres colombianos encajuelados en automóviles oficiales de la dependencia, y con señales claras de tortura.

Se recordará también que en diciembre de 1994, Adato fue una de las magistradas ponentes de la tesis jurisprudencial que justifica la violación dentro del matrimonio. Criterio emitido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el 11 de mayo de 1994, por tres votos contra dos.

Dos de los tres ministros que lo aprobaron eran mujeres: Victoria Adato Green y Clementina Gil de Lester quienes, junto con Luis Fernández Doblado, sentaron esta tesis de jurisprudencia.

Sobre este tema, Adato Green puntualizó a Cimacnoticias que el matrimonio es un contrato donde se establecen una serie de deberes entre los contratantes en el matrimonio, y entre esos deberes está el «débito» conyugal.

ASUNTOS DE LA MUJER, EL NIÑO Y LA FAMILIA

El Programa de Asuntos de la Mujer el Niño y la Familia fue creado por la CNDH en julio de 1993, comprendiendo a su inicio solo la atención de asuntos para la mujer, para ampliarse posteriormente al conocimiento de asuntos relativos a la Niñez y la Familia.

Según información de la CNDH, la coordinación del programa tiene como objetivo fundamental divulgar el conocimiento de los derechos humanos de las mujeres, la niñez y la familia desde una perspectiva de género y del interés superior que representa la infancia.

Asimismo desarrolla estudios de investigación sobre los derechos humanos de género para formular «estrategias de prevención y respeto a los mismos», contribuyendo al mejoramiento del marco jurídico que los protege, a través de propuestas de reformas legislativas que propicien condiciones de equidad y difundir tanto las normas internacionales como nacionales que permitan la armonización de la legislación local a estos instrumentos de protección.

Sin embargo, esto parece ser ignorado por Victoria Adato, ya que la prensa nacional e internacional ha documentado las diversas violaciones de los derechos humanos que el Ejercito Nacional Mexicano ha cometido en contra de mujeres, niñas y niños del país.

Entre ellos destaca el caso emblemático de doña Ernestina Ascencio Rosario, de 73 años de edad, habitante de Soledad Atzompa, Veracruz, quien el 25 de febrero de 2007 murió a causa de lesiones en diversos órganos vitales, originados por una violación múltiple, cometida presuntamente por 4 elementos del Ejército Mexicano en la comunidad de Tetlacinga, municipio de Soledad Atzompa, en la sierra de Zongolica, Veracruz.

El 13 de marzo del 2007, Felipe Calderón aseguró ?en una entrevista al diario La Jornada- que la indígena murió de una úlcera gástrica, en un velado deslinde a la Sedena, antes de que la CNDH presentara los resultados de la exhumación.

Dos días más tarde -16 de marzo del 2007- el presidente de la CNDH, José Luis Soberanes, dijo que la muerte se habría debido a causas naturales y que no se podía asegurar que haya habido violación.

Igualmente están los abusos sexuales de parte de militares que fueron denunciados por cuatro menores de edad del municipio de Nocupétaro, Michoacán y lo ocurrido el 11 de julio del 2006 en el municipio de Castaños, Coahuila, donde un grupo aproximado de 20 soldados violaron a dos sexoservidoras de Las Playas y a 11 más del Pérsico, los dos centros nocturnos que se ubican en la zona de tolerancia del municipio.

Estos casos denunciados por los medios de comunicación parecen replicarse por todo el país en la medida que el Ejército participa como parte de la estrategia de combate frontal al narcotráfico desarrollada por el Gobierno Federal.

07/GT/GG

Este Web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las cookies. Sin embargo, el usuario tiene la opción de impedir la generación de cookies y la eliminación de las mismas mediante la selección de la correspondiente opción en su Navegador. En caso de bloquear el uso de cookies en su navegador es posible que algunos servicios o funcionalidades de la página Web no estén disponibles. Acepto Leer más

-
00:00
00:00
Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00
Ir al contenido