Inicio Legalmente, no prescribe pensión a familias de Pasta de Conchos

Legalmente, no prescribe pensión a familias de Pasta de Conchos

Por la Redacción

El derecho de gozar de una pensión derivada de una indemnización por muerte es inextinguible, señala un documento elaborado por los responsables de la Pastoral Laboral, de la iglesia católica en Coahuila, en respuesta a diversas versiones periodísticas que señalaron que este derecho prescribiría el 19 de febrero próximo para los familiares de los mineros muertos en Pasta de Conchos.

Explica el documento que, de acuerdo con el artículo 301 de la Ley del Seguro Social, es inextinguible el derecho a una pensión, por lo cual las 65 familias de los muertos no tienen por qué ser privadas de una pensión que legalmente les corresponde.

«De este modo, los beneficiarios, en este caso las esposas, concubinas, hijos menores de 16 años, o hasta los 25 años, si siguen estudiando, o padres que hayan dependido económicamente del trabajador, pueden reclamar en cualquier tiempo su pensión ante el IMSS, una vez que acrediten su calidad de beneficiarios», dice el documento.

Agrega que el Código Civil de Coahuila establece en su Artículo 142 que la prescripción no puede comenzar en perjuicio de los familiares sino hasta que aparezca el cuerpo del trabajador minero o cuando se declare legalmente la presunción por muerte por un juez de lo civil.

El documento de la Pastoral Laboral explica también que el trámite se puede iniciar una vez transcurridos seis meses, a partir de la fecha en la que ocurrió el evento, por el que se presume la muerte de la persona, que lega el beneficio de una pensión a la familia.

Iniciados los trámites, tienen que transcurrir seis meses para que el juez declare la presunción de ausencia, y a partir de ahí, deberá transcurrir un año todavía, para que el juez declare la presunción por muerte.

«Sólo a partir de esta declaración legal de la muerte, empieza a correr para los beneficiarios el tiempo de la prescripción para reclamar sus derechos. El tiempo de prescripción es de dos años, según el Artículo 519 de la Ley Federal del Trabajo, y de un año según el Artículo 300 de la ley del IMSS».

Los familiares de los 65 mineros de Pasta de Conchos, hasta la fecha, no han iniciado este trámite y, por tanto, no puede correr la prescripción en su contra, cita la explicación de Pastoral Laboral.

Aclara que las supuestas actas de defunción que llegó a expedir el Registro Civil del estado de Coahuila, pueden ser cuestionadas en su validez, ante las autoridades correspondientes, porque el médico Jorge A. Blanco Cepeda, dio fe de la muerte de los mineros, sin tener a la vista los cuerpos.

VIGILARÁN POR LA JUSTICIA

Por otra parte, aclaran que los cheques que se encuentran depositados en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje desde el 24 de junio de 2006, y que no han sido reclamados, tampoco prescriben de acuerdo a lo establecido en el Artículo 521 de la Ley Federal del Trabajo.

La empresa Industrial Minera México ha reconocido los derechos para los familiares de los mineros atrapados al interior de la mina Pasta de Conchos ante la propia autoridad laboral, por lo que sus derechos se encuentran asegurados hasta que decidan cobrar los propios interesados, pues el reconocimiento de los derechos de los trabajadores que se hace al depositar esa suma de parte de la empresa interrumpe cualquier prescripción.

Por otra parte, el comunicado señala que la iglesia y cada uno de sus miembros velarán para que se restituya la justicia cuando ésta no existe, además de cuidar que la vida de cada persona sea respetada con dignidad.

«Suponemos que entre los empresarios hay respeto y un compromiso social, dice el comunicado de Pastoral Laboral, sobre todo ahora que ven que los alcances de su irresponsabilidad han llegado lejos, y que no permitiremos que vuelvan a arriesgar la vida de seres humanos, por sus ambiciones económicas».

Señala también que la empresa depositó de manera unilateral los finiquitos ante la autoridad laboral, en beneficio de los familiares acreditados, sin embargo, no serán retirados sino respetados como ellos lo reconocieron. Creemos también concluye el comunicado, que los diferentes niveles de gobierno dejarán a un lado su imagen e intereses políticos momentáneos por hacer cumplir la ley, sin diferenciar a unos por encima de otros, sino con base en la justicia que debe prevalecer en todo el trabajo minero, incluyendo no sólo minas, sino tajos y pocitos; recordando que la sociedad no permitirá una actuación que no beneficie a la larga, la vida laboral en la región.

07/GG

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