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Medievales leyes sobre aborto en América Latina

Por Martha Martínez

Como un recordatorio de que cada año seis mil mujeres mueren por abortos mal practicados, en 1990, durante el Quinto Encuentro Feminista de América Latina y el Caribe se acordó establecer el 28 de septiembre como el Día por la Despenalización del Aborto en la región.

A partir de 1993, las organizaciones feministas y de mujeres realizan cada año una campaña con el objetivo de lograr cambios en la legislación de los países de América Latina y el Caribe en materia de aborto.

Otro objetivo del Día Latinoamericano por la Despenalización del Aborto como también se le conoce, es pugnar porque las causales reconocidas como motivos de aborto en la leyes de cada país de la región, sean respetadas tanto por las instancias de salud como por las encargadas de la impartición de justicia.

A nivel mundial, por cada siete nacimientos se practica un aborto inseguro; en América latina de cada tres muertes maternas una es por aborto.

En México, el aborto es un problema de salud pública no sólo por el índice de muertes, sino por las consecuencias (muchas veces irreparables) que tiene en la vida y en la salud de las mujeres.

Las organizaciones feministas y de mujeres establecen que además de ser un problema de salud pública, el aborto es un asunto de derechos humanos ya que está ligado al ejercicio libre de la maternidad voluntaria y la autodeterminación de la propia vida.

En el país, el aborto representa la cuarta causa de muerte en las mujeres, ya que la clandestinidad en la que se practica provoca la muerte de más de mil mujeres cada año, de acuerdo a cifras del grupo de Trabajo sobre Derechos Sexuales y Reproductivos (Desyr).

En México, son siete las razones oficiales por las que la ley no considera el aborto como delito: cuando el embarazo es producto de una violación, cuando el aborto es accidental, cuando a juicio del médico el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer o cuando el producto tiene malformaciones genéticas (eugenésicas).

Cuando la continuación del embarazo amenace con dañar la salud de la madre y cuando el embarazo sea producto de una inseminación artificial no deseada. Sólo en el estado de Yucatán la ley reconoce como una causal de aborto la falta de recursos económicos para la manutención del menor.

A pesar de que estas causales dependen del Código Penal de cada estado de la república, el aborto por violación es un derecho que tenemos todas las mujeres, independientemente del lugar de residencia.

2003/MM/MEL

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