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Miles de demandas; sólo 29 deudores alimenticios en el DF

Por Anayeli García Martínez

En casi dos años se sumaron 29 personas al Registro de Deudores Alimenticios Morosos (Redam), una base de datos que se creó en agosto de 2011 para exhibir a los padres que adeudan tres o más meses de pensión alimenticia para sus hijas o hijos.
 
En 2011 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) reformó el Código Civil para el Distrito Federal con lo que se creó un registro a cargo del Registro Civil, que sirve de apoyo y como una forma de hacer cumplir los procedimientos jurídicos por alimentos.
 
Sin embargo, hasta ahora poco se sabe sobre el funcionamiento del Redam pues aunque el director general de Servicios Legales de la Consejería Jurídica del Gobierno del Distrito Federal, Jesús Rodríguez Núñez, afirma que es público y se puede consultar, no hay indicios de la base de datos en la página web del Registro Civil.
 
El funcionario explica que este registro es útil porque funciona como una exhibición moral de los padres que incumplen su obligación de brindar alimentos a sus hijos. Agrega que a largo plazo puede crear un efecto negativo y disminuir el número de padres morosos. 
 
Según la ley, a petición del Juez de lo Familiar, o en su caso de una sentencia o un acuerdo conciliatorio, los jueces del Registro Civil deben anotar a las personas en esta lista cuando hayan incurrido en morosidad o en el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.
 
El espíritu de las reformas aprobadas por la ALDF fue obligar a los padres a cumplir con la pensión alimenticia. La idea era que una vez que la persona estuviera inscrita en el registro, los patrones del deudor informaran al juez sobre la relación laboral, el sueldo y el puesto.
 
Con esos datos se tendrían elementos para que los jueces verificaran si no se estaba dando el pago de la pensión por una causa justificada, o de lo contrario, llamar a los padres para hacerlos cumplir su responsabilidad.
 
Además, de inmediato el Registro Civil inhabilitaría a los deudores alimentarios para desempeñar el cargo de tutores, albaceas, síndicos, así como para adoptar hijas o hijos, y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) iniciaría una investigación para hacer una denuncia penal contra el deudor.
 
Una vez que el deudor alimentario moroso volviera a cumplir con sus obligaciones, debería solicitar la cancelación de su registro. No obstante, hasta ahora la Consejería Jurídica informa que hay 29 personas registradas sin especificar el monto adeudado.
 
Tampoco se sabe cuántas personas han sido encarceladas por adeudar la pensión alimenticia, pues también se reformó el Código Penal del DF para castigar esta conducta con uno a seis años de prisión y de 100 a 400 días multa.
 
13/AGM/RMB

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