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Niegan Estados financiamiento a defensoras de DH

Por la Redacción
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El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), y la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), publicaron en su informe anual de 2013 un análisis global de las violaciones al derecho de las organizaciones civiles a recibir financiamiento internacional.
 
El informe “Violaciones del derecho de las ONG a la financiación: del hostigamiento a la criminalización”, también denuncia la estigmatización que sufren las organizaciones en defensa de los Derechos Humanos (DH) por parte de los Estados.
 
La crisis económica global reduce las posibilidades de financiación de las asociaciones a nivel nacional, donde las subvenciones son poco significativas.
 
Por esta razón, las organizaciones buscan el financiamiento de donantes extranjeros. Sin embargo, la prohibición gubernamental de recepción de este tipo de apoyo ha propiciado la limitación de actividad de las ONG.
 
La restricción a la financiación extranjera se suma a otras formas de represión más directas: la detención, la tortura y la ejecución extrajudicial. La negativa al acceso de recursos es una forma de hostigamiento administrativo.
 
Una de las estrategias para criminalizar las labores de las ONG es atribuirles a las y los defensores de DH connotaciones negativas como “subversivos”, “terroristas” o “agentes extranjeros”, aunque el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “nadie podrá ser objeto (…) de ataques a su honra o a su reputación”.
 
Según el informe, hay dos formas de difamación para deslegitimar las actividades de las ONG: la injerencia extranjera, basada en la “teoría de la conspiración” que puede ser sostenida con el financiamiento internacional, y la que apela a la “amenaza de subversión interna”.
 
El artículo 13 de la Declaración de los Defensores de Derechos Humanos estipula que “toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a solicitar, recibir y utilizar recursos con el objeto expreso de promover y proteger, por medios pacíficos, los Derechos Humanos y las libertades fundamentales, en concordancia con el artículo 3 de la presente Declaración”.
 
Así, se sustenta en el reporte, la obligación de los gobiernos no es sólo permitir la libre financiación de las organizaciones civiles, sino la construcción de normas que permitan su desempeño.
 
EL CASO MÉXICO
 
Las trabas legales, como los procedimientos burocráticos minuciosos, limitan la conformación de organizaciones civiles defensoras de los DH.
 
En México el procedimiento es de varios meses: la ONG debe registrarse como asociación civil ante el Registro Público de personas morales, dar su nombre y razón social, y depositar sus estatutos ante un notario público, antes de ir a registrarse a la Cámara de Comercio del Distrito Federal.
 
Luego debe darse de alta como persona jurídica en la Secretaría de Hacienda, la cual expide una Clave Única de Inscripción (Cluni), para incluir a la organización en el Registro Federal de Contribuyentes.
 
La Cluni no es obligatoria para las ONG, pero sí para acceder a financiamiento de cualquier índole.
 
El informe coloca a México junto con Azerbaiyán, Belarús y Rusia como ejemplos en donde el sistema tributario se utiliza como arma para reprimir a las organizaciones.
 
La Ley de Impuesto sobre la Renta establece una extensión fiscal a favor de las organizaciones no lucrativas, así como reducciones de impuestos sobre donaciones, pero el régimen fiscal complejo y contradictorio las obliga a rodearse de expertos fiscales de tiempo completo.
 
Esta complejidad perjudica principalmente a las ONG pequeñas o de reciente formación.
 
Por otra parte, en México ocurre –según el reporte– un ejemplo de “amenaza de subversión interna”, ya que con la militarización como estrategia contra el crimen organizado se han desatado las detenciones arbitrarias y ejecuciones extrajudiciales, y se criminalizó la acción social.
 
Incluso instituciones del Estado y medios de comunicación han difundido la idea de que las ONG protegen a criminales o son financiadas por ellos.
 
El informe del Observatorio cita que el “Programa de estudios estratégicos 2010”, del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), clasifica a las actividades de las ONG a la par de la corrupción, la migración y “naturalmente” el crimen organizado, por lo que serían un riesgo para la estabilidad.
 
Estas estrategias para disuadir la acción social dejan vulnerables a las organizaciones de defensoras y defensores de DH para realizar una labor de la que debería ser garante el mismo Estado.
 
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